Regulación y contrato de transporte
Enviado por luisgranda91 • 5 de Noviembre de 2022 • Apuntes • 1.042 Palabras (5 Páginas) • 88 Visitas
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA.
Modalidad Abierta y a Distancia.
TRANSPORTE AEREO
Nombre: Augusto Marín
Actividad: Actividad suplementaria B2
Tema: Regulación y contrato de transporte.
Regulación y contrato de transporte.
El contrato de transporte aéreo de carga internacional es aquel acuerdo celebrado entre el usuario de la mercancía y una aerolínea, en virtud del cual la aerolínea se obliga a efectuar el traslado de la mercancía del usuario de un país a otro, entregándola a su respectivo destinatario
Luego de varios intentos se dio inicio a la creación de un marco jurídico homogéneo y aplicable a todos los contratos de transporte internacional de mercancías por vía aérea; entre los que figurando el Convenio de Varsovia y el de Montreal.
Convenio de Varsovia
El Fue el primer convenio internacional regulador del contrato de transporte aéreo internacional de mercancías; convenio de Varsovia del 12 de octubre de 1929, mismo que entró en vigor el 13 de febrero de 1933 (Cabrera, 2016). Fecha importante ya que marcó un hito en la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional (condiciones, documentación, responsabilidad), además de la vigencia que ha alcanzado hasta la actualidad en el ámbito internacional.
Este Convenio, ha tenido modificaciones y actualizaciones a lo largo del siglo XX, como es el caso del Protocolo de La Haya, firmado el 28 de septiembre de 1955, posterior a este evento, el convenio se comenzó a denominar “Convenio de Varsovia y Protocolo de La Haya”. Convenio de Montreal
El Convenio de Montreal, aprobado en la OACl, el 28 de mayo de 1999, surgió como una necesidad de establecer un marco legal más unificado y sencillo; así como de actualizar y
modernizar el sistema de responsabilidades del transporte aéreo internacional establecido en el Convenio de Varsovia.
La finalidad es la progresiva sustitución de los instrumentos legales que conforman el denominado “Sistema Varsovia”.
Este Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo internacional” entró en vigencia el 4 de noviembre de 2003 (Cabrera, 2016). Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo internacional”, establece ciertos derechos y responsabilidades para las partes que intervienen en el transporte aéreo. Entre los aspectos más relevantes tenemos:
∙ Al expedidor podrá exigírsele, si es necesario, la entrega de un documento que indique la naturaleza de la carga, sin crear para el transportista ningún deber, obligación, ni responsabilidad.
∙ En el transporte de envíos postales el transportista será responsable únicamente frente a la administración postal correspondiente, de conformidad con las normas aplicables a las relaciones entre los transportistas y las administraciones postales.
∙ El expedidor es responsable de la exactitud de las indicaciones y declaraciones concernientes a la carga inscritas por él o en su nombre en la carta de porte aéreo. ∙ El derecho del expedidor cesa en el momento en que comienza el del destinatario. Sin embargo, si el destinatario rehúsa aceptar la carga o si no es hallado, el expedidor recobrará su derecho de disposición.
Carta de porte aéreo
La carta de porte aéreo, Air Waybill (AWB) o conocimiento de embarque aéreo; es un documento de transporte no negociable y, por tanto, no endosable.
Todo transporte aéreo de mercancía debe ser realizado bajo una carta de porte aéreo, que puede ser emitido por la propia compañía transportista o por sus agentes de carga autorizados. La validez del contrato de transporte comienza cuando se formaliza la carta de porte aéreo, por su parte, la validez expira cuando se entrega el envío al destinatario que figura en el
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