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Riesgo Y Prevencion Social


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  5.909 Palabras (24 Páginas)  •  562 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Universidad de Oriente, Núcleo Sucre – Carúpano.

Escuela de Administración y Contaduría.

Cátedra: Derecho Laboral

Profesor: Bachiller :

Ángel G. Marcano .

ENERO, 2013

Seguridad social:

La Seguridad Social es una institución compuesta de normas jurídicas, instrumentos y financiamiento estatal regulados por un ordenamiento jurídico para la protección de la salud física, psíquica, social y económica del capital humano, desde que nace hasta que muere sea extranjero o nacional.

En modo alguno se trata de mejorar el nivel de vida de las clases desvalidas, sino de auxiliar a cuantos tengan que sufrir situaciones adversas en lo personal, en lo familiar, en lo económico.

En medio de un bagaje amplio que conceptúan a la Seguridad Social, tal vez la que nos lleva a admitir como válida hasta ahora es la consideración de que la seguridad social es un sistema de protección contra las contingencias humanas, que procura a la vez la elevación del nivel de vida y el bienestar colectivo, en base a la redistribución de la renta.

Estas instituciones se enfoca fundamentalmente en las 3 causantes de estados de necesidad en las personas,:

o Pérdida de la salud como consecuencia de enfermedad o accidente cualquiera sea su origen.

o Pérdida o reducción de los medios de vida (ingresos económicos) como consecuencia de la muerte, discapacidad, jubilación y vejez.

o Pérdida del empleo por causas no atribuibles al trabajador.

“Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que , de no ser así, ocasionarían l desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también

la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos..”

Cálculo del Seguro Social Obligatorio en Venezuela

Ejemplo:

Sueldo básico: Bs.F 2.000,00

2000 x 12 / 52= 461,53 x 4% = 18,46 x 4 (lunes del mes pueden ser 4 o 5) = Bs.F 73,84 a descontar al trabajador.

Principios fundamentales de la seguridad social

Los principios son los cimientos que sostienen y conforman una organización, una institución, un ideal, sin los cuales perdería identidad y razón de ser; son la base de un sistema de seguridad social. En términos generales, los principios fundamentales en seguridad social, de mayor reconocimiento en el ámbito internacional, son los siguientes:

Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida; Está referido al núcleo de personas protegidas, esto es, al campo de aplicación de la Seguridad Social.

El principio de Universalidad establece que toda persona tiene derecho a vivir con salud aún con medios económicos mínimos y exenta del temor de que, produciéndose un infortunio, no pueda disponer de los medios proyectivos. señala que todos los estantes y habitantes de un país deben estar en el alcance del Sistema de Seguridad Social.

Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema; El Principio de Solidaridad tiene doble alcance: Social, es la integración de grupos etarios; y económico, orientado al financiamiento por el trabajador y el empleador de acuerdo a sus posibilidades.

La solidaridad significa toda persona debe contribuir a establecer y sostener el fondo patrimonial, de tal manera que para unos y otros no represente una exacción y merma absoluta de sus recursos, ni tampoco que la cuota sea tan mínima que no grave en modo alguno a la renta personal. No se puede privar a unos de su reducido salario, ni dejar a otros intocadas cuantiosas rentas. Ambos deben sentirse igualmente gravados.

Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema. establece que la protección de un ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su vida, y en casos necesarios, los límites de una cobertura activen otra. El Principio de Integridad de la Seguridad Social establece que la protección de un ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su vida, y en casos necesarios, los límites de una cobertura activen otra.

Por ejemplo en el Seguro De Enfermedad, el tratamiento médico puede llegar a extenderse sólo durante un año, luego de ese período, la cobertura de la persona pasa del Seguro De Enfermedad al Seguro De Invalidez que le otorgará una pensión de invalidez y también atención médica.

Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.El principio de unidad auspicia una administración suficiente bajo la dirección rectora de una base legal, aprovechando al máximo de los recursos personales y materiales, sin que, por esto, unidad quiera decir que no puedan existir varios órganos gestores, sino, antes bien, la coordinación, la sistematización, y la integración lógica de las estructuras de los mismos dentro de las coordenadas generales establecidas para un sistema nacional

Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral; La sociedad debe involucrarse en la administración y dirección de la seguridad social a través de sus organizaciones representativas, y también de su financiamiento. Participación en un sentido amplio implica que deben poder hacer sentir su opinión todos quienes de una forma u otra están alcanzados por la seguridad social Hay participaciones informativas, consultivas, asesoras, directivas.

Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible.

Obligatoriedad es la prohibición de acordar cualquier afectación, disminución, alteración o supresión del deber de solicitar y el derecho de recibir la protección del Seguro General Obligatorio.

Este principio se convalida con el in dubio pro operario del Derecho

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