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Riesgos De Trabajo


Enviado por   •  24 de Agosto de 2012  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  488 Visitas

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RIESGOS DE TRABAJO

Riesgos de Trabajo, son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

Se clasifican en:

1. Accidentes de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél; y

2. Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios y estan consignadas en la tabla del artículo 513 de manera enunciativa, mas no limitativa.

Los riesgos pueden producir: Incapacidad temporal; Incapacidad permanente parcial y permanente total; y La muerte.

Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.

Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

La existencia de estados anteriores tales como idiosincrasias, taras, discrasias, intoxicaciones, o enfermedades crónicas, no es causa para disminuir el grado de la incapacidad, ni las prestaciones que correspondan al trabajador.

A quienes de deben pagar las indemnizaciones?: se pagarán directamente al trabajador. En los casos de incapacidad mental, se pagará a la viuda (o), ascendientes, hijos menores de dieciséis años y mayores con incapacidad de 50%, concubina o concubinario, o con la que tuvo hijos, o las personas que dependían económicamente del trabajador a cuyo cuidado quede; en los casos de muerte del trabajador, a los beneficiarios del trabajador fallecido

Sueldo base para determinar las indemnizaciones: el salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba, hasta que se determine el grado de la incapacidad, el de la fecha en que se produzca la muerte o el que percibía al momento de su separación de la empresa. Cantidad que no podrá ser inferior al salario mínimo, ni exceder del doble del salario mínimo del área geográfica, si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo será el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos.

Derechos de los trabajadores que sufran un riesgo

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