Segundo tratado sobre gobierno civil. John Locke
Enviado por Lidia Rojas • 23 de Noviembre de 2017 • Tarea • 1.052 Palabras (5 Páginas) • 395 Visitas
Segundo tratado sobre gobierno civil. John Locke
- Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores sean a todos los hombres comunes, cada hombre, empero, tiene una "propiedad" en su misma "persona". A ella nadie tiene derecho alguno, salvo él mismo. El "trabajo" de su cuerpo y la "obra" de sus manos podemos decir que son propiamente suyos. Cualquier cosa, pues, que él remueva del estado en que la naturaleza le pusiera y dejara, con su trabajo se combina y, por tanto, queda unida a algo que de él es, y así se constituye en su propiedad. (cap V De la propiedad)
La propuesta que Locke hace en este apartado, va a brindar y defender el valor de la propiedad natural y el de la propiedad adquirida que desde ya hace bastante tiempo se ve protegida por el estado. Parece ser una afirmación válida para su tiempo.
- 95. Siendo todos los hombres, cual se dijo, por naturaleza libres, iguales e independientes, nadie podrá ser sustraído a ese estado y sometido al poder político de otro sin su consentimiento, el cual se declara conviniendo con otros hombres juntarse y unirse en comunidad para vivir cómoda, resguardada y pacíficamente, linos con otros, en el afianzado disfrute de sus propiedades, y con mayor seguridad contra los que fueren ajenos al acuerdo. (Cap. VIII Comienzo de las sociedades)
Supone una norma real y necesaria para el buen funcionamiento de una sociedad.
- 97. Y así cada hombre, al consentir con otros en la formación de un cuerpo político bajo un gobierno, asume la obligación hacia cuantos tal sociedad constituyeren, de someterse a la determinación de la mayoría, y a ser por ella restringido; pues de otra suerte el pacto fundamental, que a él y a los demás incorporara en una sociedad, nada significaría; y no existiera tal pacto si cada uno anduviera suelto y sin más sujeción que la que antes tuviera en estado de naturaleza. (Cap. VIII Comienzo de las sociedades)
De la misma forma que la anterior esta es necesaria pues centra su atención sobre los derechos de los individuos, pero sin dejar de lado sus deberes a los cuales se halla comprometido.
- 124. El fin, pues, mayor y principal de los hombres que se unen en comunidades políticas y se ponen bajo el gobierno de ellas, es la preservación de su propiedad (Cap. IX. De los fines de la sociedad y gobiernos políticos)
El reunirse en grupos sociales, además de cumplir la vocación del hombre como hombre, no es más que para la preservación de la propiedad. Debemos tener en cuenta que, aún siendo este punto muy importante, no es lo central en la formación de comunidades.
- 137. Ni el poder arbitrario absoluto ni el gobierno sin leyes fijas y permanentes pueden ser compatibles con los fines de la sociedad y gobierno, pues los hombres no abandonarían la libertad del estado de naturaleza, ni se sujetarían a la sociedad política si no fuera para preservar sus vidas, libertades y fortunas, mediante promulgadas normas de derecho y propiedad que aseguraran su fácil sosiego. (Cap. XI. De la extensión del poder legislativo)
El bienestar de las personas se halla por demás entendida como el elemento central de la unión social, pues el ser humano poseedor de un libertad no pretende perderla sin asegurar antes su vida, etc.
El Leviatán. Thomas Hobbes
- La ley fundamental de naturaleza. La condición del hombre (tal como se ha manifestado en el capítulo precedente) es una condición de guerra de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado por su propia razón, no existiendo nada, de lo que pueda hacer uso, que no le sirva de instrumento para proteger su vida contra sus enemigos. (Leviatán, pág. Cap XIV)
Hobbes no hace nada más que describir una realidad humana que a pesar de haber transcurrido muchos años continua presente en medio de nosotros, pues el hombre en cuanto tenga la posibilidad arremeterá contra el que tiene delante en busca de su bienestar. Lo importante es su vida.
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