Según La Sentencia C-577 Del 2011
Enviado por cristianmora44 • 5 de Mayo de 2013 • 411 Palabras (2 Páginas) • 432 Visitas
Luego de 10 meses de espera, la Corte Constitucional publicó el texto del fallo de constitucionalidad que ordenó legislar acerca de una institución contractual que les permita a las parejas homosexuales constituir una familia, como alternativa a la unión de hecho.
El alto tribunal dio a conocer las razones para declarar exequible la expresión “un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 113 del Código Civil, que define la institución del matrimonio. Según la Sentencia C-577 del 2011, el constituyente de 1991 no previó el matrimonio para las parejas homosexuales.
Familia homosexual
La Corte recordó que entre las variadas formas de familia, se encuentra la familia homosexual.
El concepto de familia, aclaró, no puede ser entendido de manera aislada, circunscrito al vínculo matrimonial, sino en concordancia con el principio de pluralismo.
La sentencia reconoce que en los últimos años ha cambiado la interpretación tradicional del primer inciso del artículo 42 de la Constitución, que instituye a la familia como núcleo esencial de la sociedad.
Así las cosas, no es admisible que el único vínculo jurídico que da lugar a la familia sea el matrimonio entre heterosexuales, pues la voluntad responsable de conformarla también tiene la capacidad de formar vínculos familiares jurídicos o naturales.
Institución contractual
De acuerdo con la Corte, la Constitución de 1991 no concibió el vínculo matrimonial para las parejas homosexuales, pues, para ese momento, no existía una reivindicación de los derechos de esta comunidad.
Sin embargo, aclaró que la Carta no prohíbe la existencia de una institución alterna a la unión de hecho que permita formalizar la voluntad responsable de conformar una familia homosexual.
Según el alto tribunal, la unión marital de hecho es insuficiente para superar la deficitaria protección que tienen estas parejas frente a las heterosexuales, que pueden escoger entre dicha unión y el matrimonio.
Exhorto al Congreso
La Corte exhortó al Congreso de la República para que regule la institución contractual llamada a remediar esa situación, con un amplio margen para determinar su denominación, naturaleza y alcance.
El parlamento, explicó la corporación, es el escenario que debe regular la familia y el matrimonio, pues se trata del foro democrático por excelencia.
De otra parte, señaló que la vigencia permanente de los derechos constitucionales fundamentales obliga a fijar el 20 de junio del 2013 como fecha límite para expedir la legislación correspondiente.
Si se supera ese término, los notarios o jueces deberán formalizar y solemnizar un vínculo contractual que les permita constituir una familia a las parejas homosexuales.
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