Sociedad Colectiva
Enviado por andreacosme • 21 de Noviembre de 2014 • 3.663 Palabras (15 Páginas) • 426 Visitas
SOCIEDAD COLECTIVA
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene la intención de mostrar e informar sobre un tipo de Sociedad Mercantil cuya denominación o razón social es “Sociedad Colectiva” o por su abreviación “S.C”. Se encuentra presente en el código de Comercio de 1902, Ley de sociedades Mercantiles, Ley de sociedades N° 26887.
La sociedad colectiva es una de las formas societarias más antigua. Si bien es cierto que ahora en día es la menos utilizada, pero es necesario conservar su carácter organizacional basada en la confianza. Los socios ponen en común sus bienes o industria, con el fin de realizar toda clase de operaciones de comercio, respondiendo a las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada bajo disposición del derecho común con las modificaciones y restricciones del Código del comercio".
La sociedad Colectiva nace en la Edad Media como forma evolutiva de las comunidades hereditarias familiares. Surge, por tanto, como comunidad de trabajo entre personas ligadas por vínculos de sangre, aunque, posteriormente, pasa a admitir a personas extrañas al círculo familiar con las que se mantiene una relación de confianza.
Culminando esta introducción, mencionar que las distintas actividades mercantiles han ido tomando forma con el correr de los años debido a la formación de sociedades mercantiles y la participación del estado en el comercio.
DEFINICION
Es conocida también como sociedad mercantil, de carácter personalista, en la que todos los socios en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar en la producción que establezcan de los mismos derechos y obligaciones.
DENOMINACIÓN Si la sociedad está conformada por los socios Juan Pérez y Jaime Solís, su denominación podría ser:
FABRICA DE TEJIDOS “CALIDAD” S.C.
RAZÓN SOCIAL FABRICA DE TEJIDOS “PEREZ Y SOLIZ” Sociedad Colectiva
COMBINACIÓN DE AMBOS FABRICA DE TEJIDOS PEREZ Y SOLIZ “CALIDAD” S.C.
ESCRITURA Y ESTATUTOS
La constitución de la sociedad se formaliza a través de escritura pública, que será inscrita en el Registro Mercantil, momento en el que ésta adquiere su personalidad jurídica.
En la escritura de constitución de la sociedad colectiva se deberá expresar:
• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.
• La razón social.
• El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social.
• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.
• La duración de la sociedad.
• Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.
• Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.
CARACTERISTICAS DE LAS SOCIEDADES COLECTIVAS
Se rige por las disposiciones del Código de Comercio, es decir, se guían y se dirigen de las ordenanzas del Código de Comercio.
Tiene autonomía patrimonial y los socios responden sus deudas de manera personal, es decir, esta sociedad en independiente en cuanto a sus bienes.
Tienes responsabilidad ilimitada, es decir, todos los socios responden con sus obligaciones de manera muy solidaria e ilimitada.
Son negocios comparativamente pequeños, es decir, no les está permitido constituirse en entidades de financiamiento, bancos seguros, etc., no quieren mayor capital que el que pueden aportar unos cuantos socios.
ADMINISTRACION DE LOS SOCIEDADES COLECTIVAS
Se establecerá en la escritura de constitución, puede ser uno o dos de los socios, e incluso puede ser una tercera persona pero mediante autorización a través de un Mandato legal establecido por los socios.
TIPOS DE SOCIOS
Industriales: Son los socios que solo aportan trabajo personal y no pueden participar en la gestión de la sociedad, ya que participan en las ganancias de la sociedad.
Capitalistas:son los socios que aportan trabajo y capital, gestionan la sociedad.
PATRIMONIO
Podemos definir e patrimonio como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tiene una persona o empresa,además el patrimonio originario de la sociedad puede incrementar o disminuir con el desenvolvimiento de los negocios sociales.
Bienes: son los elementos materiales e inmateriales con que cuenta la sociedad. Por ejemplo su infraestructura, el dinero que tenga en caja, la existencia de mercadería, locales que posee.
Derechos: permite a la empresa ejercer una faculta. Por ejemplo el cobro de las cantidades adeudadas por sus clientes.
Obligaciones: representan responsabilidades a las que debe hacer frente a la empresa. Por ejemplo las deudas contraídas que tenga la empresa con los bancos, o con sus trabajadores.
CAPITAL SOCIAL MINIMO
No existe mínimo legal, ya que el capital social se integra con los aportes de los socios en forma monetaria o en trabajo que pueden hacer en el momento en que la sociedad se constituye o posteriormente.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
Ser partícipes de la gestión de la sociedad, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen de gestión.
Revisar y examinar en todo momento el estado de la administración y la contabilidad.
Participar en los beneficios.
DEBERES DE LOS SOCIOS
Contribuir con la aportación comprometida en el momento de constitución, es decir, el socio está en la obligación de ser responsable con las aportaciones que se hayan pactado durando el tiempo adecuado.
Abstenerse de hacer competencia a la sociedad, esto indica que ningún socio debe estar vinculado o relacionado a otra empresa ya que puede ocasionar competencia y esto sería perjudicable para la compañía en la cual ya cuenta con cierto capital.
RESPONSABILIDAD
...