TEORIA DEL DELITO
Enviado por adipooh • 3 de Septiembre de 2014 • 2.046 Palabras (9 Páginas) • 261 Visitas
ASPECTOS GENERALES DEL DELITO:
1. TIPO PENAL. Contenido eminentemente descriptivo de la norma penal, es la previsión legal que individualiza la conducta humana penalmente relevante.
2. SUJETOS. Aquellos que intervienen en la ejecución del delito
a) Intelectual. Acuerda o prepare su realización
b) Material. El que lo realiza
c) Coautor. Lo realizan conjuntamente
d) Autor Inmediato. Llevan acabo sirviéndose de otro
e) Instigador. Los que instiguen dolosamente a otro para cometerlo.
f) Cómplice. Los que con posterioridad ayuden al delincuente al cumplimiento de una promesa anterior.
3. OBJETO
a) Jurídico. Conocido como bien Jurídicamente tutelado, son derechos y garantías protegidas por la ley penal.
b) Material. Es la cosa o persona en que recae la acción delictiva.
4. RESULTADO TÍPICO. (Tipicidad)
Conocida como la consumación delictiva o la ejecución de la conducta provocando la lesión del bien jurídico.
Principales Teorías del delito.
TEORÍAS POSTULADOS
Teoría Causalista El delito es una relación causal entre la conducta y la lesión del bien jurídico.
Teoría Finalista El delito se convierte en un acto consciente, el sujeto activo al realizar la conducta prevé el resultado
Teoría Piscologista Existe un nexo psíquico entre el sujeto, la conducta y el resultado.
Teoría Normativa La sanción del delito es producto del reproche social.
Teoría Lógica Matemática Los elementos de tipo se reducen a un algoritmo matemático.
Teoría Sociológica El delito es un fenómeno social
5. CONDUCTA.
Comportamiento humano de acción u omisión encaminado a producir un resultado delictivo.
Calidad de garante: Omisión de la conducta cuando era su obligación intervenir.
Conducta: Juicio o dictamen del entendimiento práctico que califica la bondad o la malicia de un acto hecho o por hacer.
Elementos de la Conducta:
1. Un acto positivo o negativo
2. Un resultado.
3. Un nexo causal.
Acción y sus elementos:
Acción: Actividad que realiza el sujeto produciendo consecuencias de derecho.
a) Movimiento Externo. Consiste en una actividad corporal externa, que al ser exteriorizada pone en riesgo o afectan derechos de terceros.
b) Voluntad. Actividad o el hacer involuntario dirigidos a la producción de un resultado típico (intención delictiva o culpabilidad)
c) Resultado típico. Consecuencia de la conducta.
d) Consumación. Se presenta cuando se logra el objetivo de la realización de la conducta.
e) Tentativa. Se da cuando el bien no se lesionó solo se pone en riesgo el bien jurídico tutelado.
f) Delito imposible. Cuando los medios de ejecución no son los óptimos para realizar la conducta.
g) Delito Imaginario. Cuando el S. Activo considera falsamente que realizó una conducta típica.
h) Nexo Causal. Es el ligamen material que une la conducta con el resultado.
Omisión y sus elementos:
Omisión . Inactividad voluntaria cuando existe deber jurídico de obrar.
1. Simple. El no hacer voluntario o involuntario- solo viola una norma preceptiva.
2. Comisión por omisión. El no hacer voluntario o involuntario- viola una norma prohibitiva.
a) Manifestación de la Voluntad
b) La conducta de no hacer
c) La existencia de un deber jurídico
d) Resultado Típico nexo Causal.}
Ausencia de Conducta.
I. Vía absoluta. El sujeto actúa involuntariamente debido a una fuerza exterior que obliga su movimiento corporal. (metro- multitud- empujan)
II. Vis Maior. Es la fuerza exterior proveniente de la naturaleza.
III. Movimientos Reflejos. Excitaciones no percibidas por la conciencia ya que derivan de la transmisión nerviosa del SNC. (dejan de ser ausencia si se pueden prever, retardar o controlar)
IV. Sueño. Movimientos involuntarios con resultados dañosos.
V. Sonambulismo. La persona tiene cierta aptitud para realizar movimientos corporales de forma inconsciente, sin que al despertar pueda recordarlos.
VI. Hipnotismo. Supresión artificial de la consciencia y la conducta delictiva carece de toda voluntad del agente.
ASPECTO POSITIVO ASPECTO NEGATIVO CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN
CONDUCTA
Comportamiento humano de acción u omisión generando un delito
Ausencia de conducta
• Vis absoluta
• Vis maior
• Actos reflejos
• Sueño
• Sonambulismo
• hipnotismo
TIPICIDAD
Adecuación de la conducta al tipo penal
ATICIPIDAD
No adecuación de la conducta al Tipo Penal o Ley penal.
ANTIJURICIDAD
Contrariedad al derecho
Causas de Justificación • legítima defensa
• Estado de Necesidad
• Cumplimiento de un deber
• Ejercicio de un derecho
• Consentimiento del tutelar
IMPUTABILIDAD
Capacidad de entender y querer el delito
Causas de Inimputabilidad • Minoría de edad
• Miedo grave
• Desarrollo intelectual
• Retardado
• Trastorno mental
CULPABILIDAD
Reproche penal grados, dolo, intención y culpa, no intención, imprudencia.
Causas de Inculpabilidad
• Error
• Hecho
• No exigibilidad de otra conducta
• Temor fundado
• Caso fortutio
PUNIBILIDAD
Amenaza legal de una pena.
Excusas Absolutorias
• Las previstas en cada tipo penal
6. TIPO, ATIPICIDAD Y ERROR DE TIPO.
Tipo penal. Descripción del comportamiento consideración como delictivo, consistente en una acción u omisión que lesiona bienes jurídicos protegidos, dentro de la normatividad penal.
Tipo delictivo. Se refiere a la conducta previamente considerada antijurídico por el legislador.
Cuerpo del delito. Para que pueda haber cuerpo del delito deberá existir previamente el tipo delictivo correspondiente.
Distinción entre atipicidad y Ausencia de tipo.
Atipicidad. Existe la conducta
...