TRABAJO GRUPAL: AJUSTE DE FACHADA
Enviado por jhan0923 • 29 de Noviembre de 2021 • Trabajo • 2.762 Palabras (12 Páginas) • 148 Visitas
Asignatura | Datos del Alumno | Fecha |
Seguridad e Higiene Industrial | Apellidos: AREVALO ALVAREZ | Agosto 30 de 2021 |
Nombre: JHANCARLO |
TRABAJO GRUPAL: AJUSTE DE FACHADA
- PROPUESTA DE LISTA DE COMPROBACION PARA IDENTIFICAR RIESGOS Y FACTORES DE RIESGO:
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- BASE NORMATIVA Y MEDIDAS PREVENTIVAS
NORMATIVIDAD | DESCRIPCION |
Ley 9 de 1979 | Por la cual se dictan medidas sanitarias. En título III Salud Ocupacional en el Art 122 a 124establece los elementos de protección personal |
Decreto 0723 de 2013 | Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones. |
Resolución 1248 de 2020 | Establece las medidas transitorias frene a los procesos de capacitación y entrenamiento para trabajo seguro en alturas, durante la emergencia sanitaria del Covid 19 |
Resolución 1409 de 2012 | Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas |
Resolución 1903 de 2013 | Por el cual se modifica el numeral 5° del Art 10 de la Resolución 1409 de 2012, el cual establece la formación y certificación en nivel avanzado de trabajo seguro en alturas para aprendices de las instituciones de formación SENA, y el parágrafo 4° del Art 11 de la Resolución 109 de 2012, por el cual se define que las instituciones autorizadas para capacitación en trabajo en alturas deben implementar programas de formación para trabajadores analfabetas |
Resolución 3368 de 2014 | Por la cual modifica la Resolución 1409 de 2012 el numeral 15° del Art. 2, establece que el coordinador de trabajo en alturas deberá ser designado por el empleador capaz de identificar peligros en el sitio para aplicar medidas correctivas inmediatas y controlar los riesgos asociados; en el numeral 18 del Art. 2 establece que el entrenador en trabajo seguro en alturas debe ser la persona certificada para capacitar y formar trabajadores coordinadores en trabajo y a su vez modifica el literal C del Art.12 donde establece requisitos para la certificación como entrenador de trabajo seguro en alturas y se dictan otras disposiciones |
ICONTEC NTC 2234 | Higiene y seguridad Andamios colgantes: Clasificación, dimensiones y usos |
ICONTEC 2021 | Higiene y seguridad: Cinturones de seguridad |
ICONTEC 2271 | Higiene y seguridad: Mallas para seguridad industrial |
OSHA 1926.500 Subparte ANSI Z359.1 | Protección contra caídas en la construcción. Requerimientos de seguridad de los sistemas de protección contra caída |
Se toma como base normativa la resolución 1409 de 2012 donde contempla la realización de un programa de prevención y protección contra caídas en altura, el cual debe ser parte de las medidas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), en el artículo 8, al indica que <Dentro de las medidas de prevención contra caídas de trabajo en alturas están la capacitación, los sistemas de ingeniería para prevención de caídas, medidas colectivas de prevención, permiso de trabajo en alturas, sistemas de acceso para trabajo en alturas y trabajos en suspensión> <Se debe elaborar y establecer los procedimientos para el trabajo seguro en alturas los cuales deben ser fácilmente entendibles y comunicados a los trabajadores desde los procesos de inducción, capacitación, entrenamiento y reentrenamiento con el soporte del coordinador de trabajo en alturas o de una persona calificada>
MEDIDAS PREVENTIVAS
A. CAPACITACION: art 9 al 11. Todos los trabajadores que laboren en las condiciones de riesgo que establece el artículo 1o de la presente resolución deben tener su respectivo certificado para trabajo seguro en alturas, el cual podrán obtener mediante capacitación o por certificación en la competencia laboral. Los contenidos de la capacitación para trabajadores que desarrollan actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo seguro en alturas están contenidos en el art. 11.
* El trabajador experto y su asistente deberán contar con una capacitación certificada. apartado 3, en el parágrafo 2 nos define la intensidad horaria de acuerdo con los diferentes niveles de formación operativa, de tal forma:
Nivel básico: 8 horas; 3 teóricas y 5 de entrenamiento práctico;
Nivel Avanzado: 40 horas; de las cuales mínimo 16 serán teóricas y 24 de entrenamiento práctico.
* Jefe de Área: apartado 1, Los programas de capacitación para las personas que tomen decisiones administrativas en relación con la aplicación de este reglamento en empresas en las que se haya identificado como prioritario el riesgo de caída por trabajo en altura, deben desarrollar los siguientes temas, con una intensidad mínima de 8 horas certificadas.
B. SISTEMAS DE INGENIERIA: art 15. Son aquellos sistemas relacionados con el diseño, montaje, construcción, instalación, puesta en funcionamiento, para eliminar o mitigar el riesgo de caída.
* El andamio tubular Tipo 4: Para trabajos de albañilería, donde puede existir acopio de material y carga considerable. Les son de aplicación las normas UNE–EN 12810–1, UNE–EN 12810–2, UNE–EN 12811–1, UNE–EN 12811–2, UNE–EN 12811–3
- Deberá estar certificado
- Tener instrucciones de uso (Montaje, durante y desmontaje)
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