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TRAMITES CONSTITUCIÓN EMPRESA


Enviado por   •  2 de Mayo de 2022  •  Apuntes  •  12.346 Palabras (50 Páginas)  •  94 Visitas

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  1. TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN PARA LOS DIFERENTES TIPOS DE EMPRESA.

Los trámites de puesta en marcha son los que la empresa debe realizar una vez que ha obtenido la personalidad jurídica.

VER CUADRO EN APUNTES

ALTA CENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y RETENEDORES.

Hay que comunicar a la Administración el tipo de actividad, comienzo, modificación o cese de la misma. Se realiza en la Agencia tributaria, antes del inicio de la actividad (administración hacienda del domicilio fiscal). Estan obligados a hacerlo los empresarios individuales, sociedades y profesionales. Modelo 036 ó 037, deben consignarse en un plazo de un mes. El modelo 36 es el más completo y el 037 el simplificado.

ALTA EN EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS (IAE)

Es un impuesto local que afecta a todas aquellas personas que inicien una actividad empresarial. El alta es obligatoria para todas las personas, el pago esta exento para las cifra de negocios inferior a un millón. Se tramita en la Agencia tributaria. Hay que seleccionar el epígrafe según la actividad o actividades. El plazo es diez días antes del inicio de la actividad, están obligados a hacerlo empresarios individuales, sociedades y profesionales. Se necesita, Impreso 840, alta en el censo de empresarios y NIF.

ALTA EN EL REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS

El trabajador autónomo deberá elegir su base de cotización entre la mínima y la máxima. Modelo TA.051.

El responsable de la cotización es el trabajador autónomo, que debe realizar el ingreso mensualmente. Se puede ingresar en cualquier banco o caja de ahorros.

Los modelos de boletines de cotización son el RNT y RLC.

RNT, relación Nominal de Trabajadores relación de afiliados a una cuenta de cotización.

RLT, Recibo de Liquidacion de Cotizaciones es el documento mediante el cual una empresa liquida sus cuotas a la seguridad social.

EL SISTEMA RED

Es un servicio que ofrece la seguridad social a las empresas y profesionales cuyo objetivo es permitir intercambio de información y documentación. Se necesita certificado digital que es expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y timbre a través del CERES. Es obligatorio para las empresas incorporarse al sistema RED. Se utiliza para la cotización a la Seguridad Social, afiliación de trabajadores y partes de incapacidad temporal.

Existen dos modalidades:

-SISTEMA RED y RED Directo.

INSCRIPCION DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL

La inscripción  asignará un número para identificar y controlar las obligaciones en el Sistema de la Seguridad Social, se denomina Codigo de cuenta de cotización. Se debe solicitar un código por cada una de las provincias donde se ejerza la actividad empresarial. Se debe solicitar en la Tesorería de la Seguridad Social más próxima a tu domicilio.

La documentación si eres empresario individual es modelo TA.6 y NIF O CIF.

Las sociedades: modelo de solicitud, NIF  ó CIF, escritura de constitución, Fotocopia del NIF.

Para darse de baja TA.7

AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES

Si es la primera vez que trabaja hay que afiliarlo a la Seguridad Social. Se asignara un número único y vitalicio, se efcetua con el modelo TA.1

Se hace en la dirección provincial de la Tesoreria general de la seguridad social, se debe realizar antes de que el trabajador comience a prestar sus servicios en la empresa.

ALTA DE LOS TRABAJADORES EN EL RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El alta se produce cada que se inicia una relación laboral con una empresa.

La obligación de cotizar finaliza cuando termina la prestación de trabajo, lo debe comunicar mediante un parte de baja dentro de los seis días siguientes al fin del contrato. La solicitud de alta debe presentarse antes del inicio pero nunca con mas de 60 dias.

Se necesita el modelo TA.2/S. Se realiza en la Tesoreria Genera de la Seguridad social, aunque el sistema RED facilta la remisión telemática.

COMUNICACIÓN APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO

Se debe comunicar la apertura a la administración laboral para que pueda comprobar las condiciones de seguridad y salud laboral, en las consejerías de trabajo o en la dirección provincial del Ministerio de empleo. La documentación es el formulario oficial que se facilita, dentro de los 30 dias siguientes a la apertura del centro de trabajo.

Documentación requerida comunicación previa

Documento de comunicación previa de actividad.

Datos de las personas solicitantes: personas físicas dni, personas jurídicas: dni, escritura de constitución y estatutos.

Documento de disponibilidad de local.

Memoria de actividad (descripción actividad y maquinaria)

Planos acotados de planta, alzado y sección del local.

Certificación expedida por facultativo que acredite que el local es apto para el nuevo uso.

Reportaje fotográfico del local.

Declaración o certificado colegial de técnico competente.

ADQUISICIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE VISITAS

Ya no es obligatorio tener libro de visitas.

LEGALIZACIÓN LIBRO ACTAS

A partir de este instante la sociedad tiene personalidad jurídica, por lo tanto tiene capacidad para actuar y realizar actos y contratos validos. También es preciso informarlo a la entidad bancaria. Con la copia de la escritura se acredita que la sociedad esta legalmente constituida.

Las Cooperativas o sociedades laborales tienen que calificar el proyecto de sus estatutos como cooperativa o sociedad laboral, solicitar las bonificaciones fiscales que le corresponde. Inscripcion en el registro mercantil, legalizar los libros (libros de aportaciones al capital, libro de comité de recursos…)

SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRAS

Se solicita en el ayuntamiento, sea para alquiler o comprado, para poder realizar obras. La puede solicitar cualquier persona física o jurídica. Una vez se haya solicitado se dispone de 6 meses para iniciar obras, en el departamento de urbanismo.

-Licencia para obras menores, obras para acondicionar los locales, no necesitan de arquitecto.

-Licencia para obras mayores, tienen que realizarse con un facultativo titulado.

Comunicar previamente al inicio de la activad en los locales que no necesitan obras de adpatcion los requisitos exigibles, tiene que comunicarlo cualquier persona física o jurídica. Las actividades sujetas a comunicación previa son: comercio (productos alimenticios y bebidas, tiendas de ropa, boutiques, mercería..) otras actividades de  servicios (produtos químicos, farmacéuticos, combustibles..) talleres de reparación de relojes, talleres artesanales, oficinas bancarias, axencias de viaxes, tintorerías, lavanderías, servicios fotográficos, servicios de copistería, salones de peinado..

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