Todo Lo Que Debes Saber Sobre La Reforma Agraria
Enviado por 73597359 • 12 de Diciembre de 2012 • 7.559 Palabras (31 Páginas) • 838 Visitas
Reforma agraria
el conjunto de medidas políticas, económicas, sociales y legislativas cuyo fin es modificar la estructura de la propiedad y producción de la tierra. Las reformas agrarias buscan solucionar dos problemas interrelacionados, la concentración de la propiedad de la tierra en pocos dueños (latifundismo) y la baja productividad agrícola debido al no empleo de tecnologías o a la especulación con los precios de la tierra que impide o desestima su uso productivo.
Las formas de cambiar la tenencia de la tierra son por medio de la expropiación de la tierra sin indemnización o mediante algún mecanismo de compensación a los antiguos propietarios. Generalmente los resultados sociales son la creación de una clase de pequeños y medianos agricultores que desplazan la hegemonía de los latifundistas.
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Situación actual.
El proceso de reforma agraria fue producto de un consenso nacional donde se consagró un modelo de propiedad con una función social y la expropiación se contempló como castigo para los absentistas y rentistas. La reforma se concibió como un medio de transformación social democrática para evitar la violencia en las áreas rurales, dando lugar a un nuevo movimientocampesino fuerte y extendido nacionalmente. La aplicación de este modelo canalizó las aspiraciones de campesinado y existen pocas dudas que fue el principal frente antigerrillero y la causa de la formación de una clase media campesina. Los indicadores agrarios, ambientales y económicos señalan a la reforma como parte del crecimiento agrario de los sesentas y setentas. Asimismo, se le atribuye a la distribución de tierras en los planes de reforma agraria el aumento de la pequeña propiedad en números absolutos y relativos. Aunque no existe un catastro confiable, se estima que la reforma ha afectado a 12 millones de hectáreas, entre 1960 y el 2000, período en el cual se han dotado o entregado alrededor de 8 millones de hectáreas. No obstante, a partir de los ochentas, se observa que el diseño de los planes de reforma agraria se desviaron de la concepción integral de la reforma y de la planificación nacional. Esto ha creado una demanda potencial de unos 400.000 productores que actualmente explotan menos de 100 has. Y que ocupan alrededor de 17% de la superficie total aprovechable. Parte de esta demanda se podría satisfacer con la disponibilidad de unos 3,3 millones de has que posee el Instituto Agrario Nacional. Asimismo, se calcula en 120.000 los ocupantes de tierras del referido Instituto o que explotan bajo arrendamiento tierras municipales, todos los cuales deben regularizar la tenencia de sus explotaciones.
La Reforma Agraria hoy.
Cuando han transcurrido 25 años de esa primera evaluación, es decir, a 35 años de iniciada la Reforma Agraria, la situación parece no haber cambiado substancialmente. El Informe Anual de Provea sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela, correspondiente al período octubre 1994 - septiembre 1995 hacía la siguiente reseña:
La ausencia de títulos de propiedad sigue siendo el principal problema que afecta a los medianos y pequeños productores, sin que se observen medidas claras tendientes a resolver esta situación.
De acuerdo a los resultados obtenidos por la Comisión Presidencial de Evaluación y Seguimiento de la Reforma Agraria, que evaluó los 35 años de implementación de la misma, solo una minoría de los campesinos sujetos a ella han obtenido sus títulos de propiedad definitivos.
En este sentido, el mencionado informe afirma que "... si apenas el 27% reportó disponer de este documento, no cabe duda de que aún existe una gran precariedad jurídica en el campo" (MAC: Evaluación de la Reforma Agraria. Caracas, 1995).
La actuación del Instituto Agrario Nacional (IAN), organismo rector de la reforma agraria y por ende poseedor de una ineludible responsabilidad en la regularización de la situación de la tenencia de la tierra de miles de campesinos, merece particular atención.
Establece el informe de la Comisión Presidencial: "La ocupación de tierras adscritas al IAN ha sido la vía para acceder a su posesión por muchos de los actuales productores, en tanto que, el reconocimiento de esta situación y su regularización ha sido lenta y ha carecido de continuidad".
En el caso de la reforma agraria, es obvio que ésta fue acometida sin tener la base que ofrece el catastro, aunque ello no constituía legalmente un impedimento para su implementación. Sin embargo, era de esperarse que el proceso de levantamiento de registros y control de tierras fuera paralelo al desarrollo de la reforma agraria. A 35 años de su implantación todavía existe ese gran vacío.
En 35 años la situación no ha cambiado demasiado, al punto que el Informe de Provea coincide con el del Cendes al señalar que una de las causas que explican los escasos logros en materia de reforma agraria es "la poca importancia que el sector agropecuario ha tenido y sigue teniendo en el país"6. Tanto el Cendes como Provea, en momentos históricos diferentes, concuerdan en señalar a la marginalidad del sector y a la ausencia de una política que rescate la prioridad de la reforma agraria, como factores que han obstaculizado la realización efectiva de medidas destinadas a asegurar el derecho a la propiedad de la tierra y de la seguridad jurídica de la tenencia.
Premisas – Principios de la Ley de Tierras
• Principios Expuestos en la Ley
Según la introducción, la Ley pretende lograr una distribución más justa de las tierras rurales y aumentar la productividad del sector agrario. Se pretende eliminar el latifundio. Se pretende mejorar el uso de la tierra evitando la acumulación o tenencia de tierras ociosas que no cumplan una función social determinada, principalmente la seguridad agroalimentaria.
• Principios que deberían estar incluidos.
El principio de "banco de suelos" sería conveniente para el desarrollo sustentable rural. Se trata de reconocer el hecho que los suelos de vocación agraria pueden ser conservados bajo uso forestal, bien de vegetación natural o plantaciones con fines de producción. En este último caso una plantación con turno de por lo menos cinco años, constituye una modalidad de mínima labranza, pues el suelo se altera solamente una vez cada cinco años y el uso de pesticidas puede ser evitado y el uso de fertilizantes puede producirse una vez por turno. Lógicamente, entre más largo el turno, mejor la conservación del suelo. En cualquier momento estos suelos puede ser reconvertidos al uso agrícola. Un monitoreo permanente de los suelos permitiría conocer los efectos reales sean éstos positivos o negativos,
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