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Una nueva Demanda reconvencion


Enviado por   •  26 de Enero de 2018  •  Apuntes  •  2.611 Palabras (11 Páginas)  •  211 Visitas

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Contrato de Arrendamiento que celebra por una parte Ricardo Drago Quero, como la Arrendadora y por otra parte__________________________________, como Arrendataria, representado por______________________________.

Declaraciones

I.- DECLARA LA ARRENDADORA:

Estar legalmente autorizada para celebrar contrato con el establecimiento “Cuatri-Rent”, por medio de su propietario Señor Ricardo Drago Quero, quien está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, con clave DAQR790112MR2  como consta en folio RF201020563628 y fecha de inscripción 03-03-2010 del Servicio de Administración Tributaria, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con domicilio en Calle Cuadrante número 8 ocho de esta Ciudad de San Miguel de Allende, Estado de Guanajuato; así como su representante legal Lic. Juan José Bautista Garza, con número de Cedula Profesional 8407244 expedida por la Dirección General de Profesiones y en pleno uso de su ejercicio.

II.- DECLARA LA ARRENDATARIA:

Ser_____________________________________________, quien con Identificación de fotografía,   _________________________________, expedida por:________________________ la cual está vigente ya que concuerda con firma y características físicas.

II.- Ambos declaran voluntariamente al termino las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA: “LA ARRENDADORA”, entrega en arrendamientos a la Arrendataria, cuyo nombre aparece en el anverso de este documento, marcado con el número II y dicha Arrendataria, recibe con el carácter el vehículo automotor denominado (Cuatrimoto) objeto de este contrato en perfectas condiciones, mecánicas, de carrocería y en condiciones normales de uso, encontrándose descrito Arrendado en los apartados XXXX  y XXX, del anverso de este documento. “LA ARRENDATARIA”, recibe salvo defectos ocultos a su entera satisfacción el vehículo de referencia y se obliga a pagar a la ARRENDADORA a la terminación del Contrato y a precio de mercado el o los faltantes de accesorios y parte del vehículo que recibe en el momento de la entrega del mismo.

SEGUNDA: El término forzoso de este contrato de Arrendamiento esta señalado en el apartado número ___ del anverso de este documento y nunca se considerara prorrogado por parte de la Arrendadora sin que aparezca constante la voluntad de la misma en tal sentido, en una anotación que al efecto haga ella en la copia en poder del ARRENDATARIO de este contrato. En caso de que la ARRENDATARIA tenga la intención de dar por terminado este Contrato en fecha y hora anterior a la que corresponde el vencimiento del término forzoso pactado en esta clausula, deberá dar aviso a la ARRENDADORA, quien tomando en cuenta causas justificadas que impide a la ARRENDATARIA el uso de vehículo automotor denominado (Cuatrimoto), en los términos del contrato, decidirá en todo caso tomando en consideración las razones aducidas por la ARRENDADORA, si efectivamente se da por terminado con anterioridad a su vencimiento, o solo hasta esta fecha.

TERCERA: “LA ARRENDATARIA”, pagará como precio del Arrendamiento al contado y precisamente en el lugar donde fue celebrado este contrato, las cantidades estipulados en el anverso de este documento, independientemente de las demás prestaciones, sanciones o intereses previstos en este contrato. La renta correrá desde el momento en que se firma este documento, en virtud de esta, “LA ARRENDATARIA” toma posesión del vehículo automotor denominado (Cuatrimoto), hasta la fecha en que lo reciba, a su entera satisfacción.

CUARTA: “LA ARRENDATARIA”, se obliga a entregar el vehículo automotor denominado (Cuatrimoto), precisamente en la fecha y hora convenida y en el establecimiento de la ARRENDADORA, apareciendo ese dato en el apartado número ___ del anverso de este contrato. En el caso de que la ARRENDATARI, no devolviera el vehículo automotor denominado “Cuatrimoto” en el lugar señalado en este contrato, deberá obtener previamente a esa devolución, la autorización de la Arrendadora y, en todo caso pagará la cuanta que corresponda al tiempo de traslado del lugar en donde la Arrendataria haya dejado el vehículo a la oficina donde debió entregarlo, de acuerdo a este contrato, aplicándose, en todo caso, las tarifas señaladas para tiempo en este documento aumentadas en un 50% que corresponderá al costo a cargo de la Arrendataria del traslado del vehículo a su lugar  de origen, estableciéndose que dicho aumento solo se aplicara en el caso que aquí se alude.

QUINTA.- La Arrendataria se obliga a entregar el vehículo arrendado al término de este contrato, precisamente en la fecha convenida y señalado en el apartado número _____ del anverso de este documento y en el lugar estipulado, tal como ha quedado establecido. En el caso de que el vehículo no sea entregado al termino de este contrato, la Arrendadora podrá ejercer, los derechos que existan a su favor, derivados de la posesión ilegal del vehículo.

SEXTA.- La falta de entrega puntual del vehículo arrendado obliga al Arrendatario, el pago de una pena convencional del 30% sobre tarifa de tiempo, hasta la devolución del vehículo a satisfacción de la Arrendadora, cantidad que se pagará independiente de las sumas que la Arrendataria debe cubrir por concepto de renta del vehículo en cuestión y de los demás prestaciones a su cargo que se señalen en este contrato. La falta de la devolución puntual del vehículo por la Arrendataria, no será imputable cuando sea por causa de caso fortuito o de fuerza mayor.

SÉPTIMA.- En caso de que la Arrendadora tuviera que ejercer algún derecho judicialmente para obtener el pago de las prestaciones debida por la Arrendataria, o bien obtener la devolución del vehículo cuando legalmente así proceda, la propia Arrendadora podrá optar por seguir el procedimiento señalado en los Arts. 443, Fracc. IV, 449, 451 y 452 del Código Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y demás relativos, a efectos de obtener dentro de la vía ejecutiva, el pago de las prestaciones a que se hace referencia anteriormente, o la devolución del vehículo, o por el procedimiento que proceda en contra de la Arrendataria, en la vía penal, en caso de relación o disposición indebida del vehículo Arrendado.  

OCTAVA.- La Arrendataria entregará en las oficinas de la Arrendadora un deposito en efectivo por la suma indicada en el cuadro anverso de este documento marcado como depósito en garantía del cumplimiento fiel y puntual de todas y cada una de las clausulas de este contrato. La Arrendataria faculta de manera expresa a la Arrendadora para que se disponga total o parcialmente del depósito antes mencionado, para cobrarse las prestaciones estipuladas, incluyendo la pena convencional pactada en clausula Sexta, la reposición de faltantes y la reparación de desperfectos en la inteligencia de que si el depósito resultase insuficiente para cubrir las sumas adecuadas a la Arrendadora, ésta podrá reclamar el pago personal judicialmente. El pagare que se firma al anverso y que contiene la referencia de que se deriva de este contrato, es para garantizar la devolución del vehículo, el buen uso, el cumplimiento de las leyes de tránsito de las estipulaciones de este documento y de las condiciones que, en su caso, señale el seguro.  

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