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Validez Legal De Colación, Sindicato Y Huelga


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  2.382 Palabras (10 Páginas)  •  402 Visitas

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La ley general de educación es aquella que nos rige a todos los mexicanos y es aquella que de igual manera nos da el derecho a la educación a cada uno de los pobladores sin excepción alguna, sin importar el color de piel, la forma de hablar ni mucho menos por su forma de ser; todo eso regido por el artículo 3° de la constitución política mexicana.

La preocupación del país por tratar de eliminar el rezago educativo que padecía, buscando el apoyo del gobierno para poder evitarlo, todo esto con la finalidad de que su pueblo tuviera un desarrollo humano atraves de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; aunque supuestamente ya se contaba con el articulo 3 de la constitución que establece que la educación básica es un derecho fundamental para todos, no todos tienen acceso a la educación o bien truncan sus estudios ante la necesidad de no contar con ingresos adicionales para su subsistencias, y la de sus familias. La educación primaria es la puerta de entrada en la educación en general y por lo tanto un factor esencial para el desarrollo humano, por lo que constituye un derecho humano, el rezago en materia de educación que se presenta en nuestro país se debe en gran parte a la deshidratación escolar por falta de recursos para subsistir.

Por otra parte las tecnologías de la información y comunicación constituyen una herramienta de gran valor en el ámbito educativo pero sobre todo la posibilidad del acceso a sectores de la población, que no lo tendrían de manera formal o de manera presencial; igualmente permite la interacción de alumnos a un acceso ilimitado de información y facilita la realización del proceso educativo a favor de quienes por cuestiones laborales se han visto imposibilitados de iniciar o continuar sus estudios, por ello estamos obligados a buscar alternativas viables para su cumplimientos y de ahí que con la presente iniciativa se propone introducir el uso de las tecnologías de la información y comunicación como una herramienta para enfrentar y disminuir el rezago educativo que presenta nuestro país.

La educación es un proceso que permite al individuo obtener un aprendizaje para un cambio en su persona y en la sociedad, por ello, su importancia resulta indiscutible, ya que el ser humano se convierte en dependiente de ella todos los días de su vida. Así mismo existen muchas maneras de ver y estudiar a la educación, cuyo análisis puede encargarse desde las perspectivas sociológica, biológica, psicológica y filosófica.

De manera que la educación es un medio para transmitir y adquirir herencias culturales, donde el ser humano se ve envuelto en una cadena, debido a que a lo largo de su vida desempeña dos papeles esenciales, la de educando y educador. Por ello se le considera a la educación como la generadora principal de la producción de cultura del grupo.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares. Es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

Artículo 2o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional.

“La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social”.

Artículo 3o.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

Artículo 4o.- Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

Artículo 5o.- La educación que el Estado imparta será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

Artículo 6o.- La educación que el Estado imparta será gratuita.

Artículo 7o.- La educación que imparta el estado deberá:

I.- Contribuir al desarrollo integral del individuo

II.- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y reflexión críticos.

III.- Fortalecer la nacionalidad y la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país.

IV.- Promover el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.

*Los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la educación en su propia lengua y español.

V.- Infundir la democracia como la forma de gobierno y convivencia.

VI.- Promover la justicia, la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos, así como el desarrollo de la paz y la no violencia, y propiciar el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos.

VII.- Estimular la investigación y la innovación científica y tecnológica.

VIII.- Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores de la cultura universal.

IX.- Estimular la educación física y la práctica del deporte.

X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos, la preservación de la salud, planeación familiar y la paternidad responsable, así como el rechazo a los vicios y adicciones.

XI.- Inculcar la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable así como la protección y conservación del medio ambiente.

XII.- Fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general.

XIII.- Fomentar valores y principios del cooperativismo.

XIV.- Fomentar la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas, así como el conocimiento en los educandos de su derecho al acceso a la información pública.

XIV Bis.- Promover y fomentar la lectura y el libro.

XV. Difundir los derechos y deberes de niños, niñas y adolescentes.

Articulo. 8º.- La educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal se basarán en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, fanatismos, los prejuicios, estereotipos, discriminación y la violencia.

I.- Será democrático

II.- Será nacional,

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