Actividades Agropecuarias Y Pesqueras
Enviado por expro456 • 12 de Mayo de 2015 • 1.610 Palabras (7 Páginas) • 627 Visitas
1-EL ESPACIO AGRÍCOLA VENEZOLANO:
Se denomina espacio geográfico a las superficies aptas para la práctica y desarrollo de las actividades del agro y la ganadería. Desde el punto de vista de su conformación, el espacio agrícola comprende, tanto las tierras destinadas o aptas para el pastoreo como aquellas dedicadas a los cultivos vegetales. Al momento de aprovechar económicamente el espacio agrícola existen factores que pueden propiciar o limitar el desarrollo de la actividad agrícola; en este sentido poseen especial importancia los factores climáticos (temperatura, régimen de lluvias, etc.)
2-TAMAÑO DE LAS EXPLOTACIONES
Las explotaciones agrarias, según su tamaño, pueden ser latifundios, si son demasiado grandes (se consideran así en España los que superan las 100 hectáreas) o minifundios, si son demasiado pequeñas (10 hectáreas en España); aunque, dependiendo de la calidad de la tierra y su ubicación, una explotación menor de 10 hectáreas puede ser perfectamente viable (por ejemplo, un naranjal en la huerta valenciana). Aunque en la mayor parte de los casos suele hacerlo, no siempre coincide gran propiedad con latifundio, ni pequeña propiedad con minifundio: la gran propiedad puede estar dividida en cesiones de uso para su cultivo a muchos pequeños agricultores en múltiples explotaciones indirectas del tamaño de minifundios; mientras que una pluralidad de pequeñas propiedades puede ser gestionada por un único arrendatario, cuya explotación sea un verdadero latifundio. No obstante ambos extremos suelen quedar obsoletos y tienden a no ser funcionales. Además, tienen diferentes consecuencias económicas, sociales y políticas (propietario absentista, caciquismo, atraso rural, éxodo rural, conflictividad agraria). Los desequilibrios han propiciado, en todos los países, reformas agrarias técnicas (concentración parcelaria) y políticas (la propiamente denominada reforma agraria, que implica cambios en la estructura de la propiedad, habitualmente ligada a procesos revolucionarios -por ejemplo, la revolución mexicana-
3-Latifundio es una propiedad agraria de gran extensión que pertenece a una sola persona y que se caracteriza por la mala explotación de sus recursos. La extensión necesaria para considerar una explotación latifundista depende del contexto: en Europa un latifundio puede tener algunos cientos de hectáreas. En Latinoamérica puede superar fácilmente las diez mil.
3-Minifundio es una finca rústica de extensión tan reducida que dificulta su explotación. Más que con el concepto de parcela (terreno agrario dentro de una linde) o con el de propiedad agraria (totalidad de parcelas pertenecientes al mismo propietario), se relaciona con el de explotación agraria (parcelas explotadas por el mismo responsable de gestión, sea o no su propietario). La extensión mínima de una explotación para permitir una gestión adecuada es diferente según la calidad de la tierra, el cultivo, el trabajo, el capital y las técnicas utilizadas, y el espacio geográfico en el que se encuentre. En España suele utilizarse la cifra de 10 hectáreas, que puede ser una cifra indicativa para que una explotación cerealista de secano en la Meseta Central sea considerada pequeña; pero no lo sería para una huerta valenciana, que con ese tamaño es perfectamente rentable (una explotación de más de 100 ha. sería considerada un latifundio, siendo las demás una explotación media)
4-Finca de tamaño intermedio: Se denomina finca a un determinado tipo de establecimiento que tiene lugar en el ámbito rural y que se dedica a la producción de algún tipo de elemento agrícola o ganadero.
Las fincas suelen ser establecimientos ubicados en terrenos más bien amplios, con un centro habitable, grandes extensiones de tierra y otros establecimientos relacionados con la producción como tambos, molinos, silos, etc. La finca también puede ser un tipo de propiedad inmueble que no se dedica a la producción y que es más que nada un tipo de propiedad lujosa de los sectores más altos de la sociedad.
5-LA PROPIEDAD TERRITORIAL
Es un fenómeno desarrollado en el contexto de la conquista de estos territorios por los colonizadores europeos.
Arranca del inicio de la conquista; el fundamento de la propiedad territorial en la americe hispana según los conceptos jurídicos, tienen su origen en la bula el 3 de mayo de 1493 emanada del papa Alejandro vi en la cual el vicario de Cristo en la tierra concedía y asignaba las tierras descubiertas al señorío perpetuo de la corona castellana.
En este Periodo se establece las confirmaciones y remates. conjuntamente con la aplicación de estas figuras jurídicas, que justifica la posesión de la tierra y otorgan título en formas, se configuran dos tipos de mano de obra conectado con explotación del suelo y esos tipos de mano de obra están representados por indígenas y negros sometidas a las relaciones económicas sociales y de servidumbres.
6-Sistema agrario
1-Hacienda: Se denomina hacienda a una finca agrícola, de gran tamaño, generalmente una explotación de carácter latifundista, con un núcleo de viviendas, normalmente de alto valor arquitectónico. Sistema de propiedad de origen español, concretamente andaluz, el modelo fue exportado a América durante la época.
2-Plantación: En sentido general, se denomina plantación a la acción de plantar y al conjunto de todo lo plantado. Es un sistema agrario latifundista desarrollado principalmente en la Zona Intertropical
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