Conclusion
Enviado por freyes24 • 19 de Julio de 2012 • 391 Palabras (2 Páginas) • 1.713 Visitas
Por Derecho Procesal debemos de entender "al conjunto de disposiciones que regulan la sucesión concatenada de los actos jurídicos realizados por el Juez, las partes y otros sujetos procesales, con el objeto de resolver las controversias que se suscitan con aplicación de las normas de derecho sustantivo.
Ahora bien, el Derecho Procesal del Trabajo es, señala el maestro Francisco Ramírez Fonseca, "el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado, a través de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y cuya actividad tiende a buscar la conciliación en los conflictos de trabajo, y, de no ser ésta posible, a resolverlos por la vía jurisdiccional o emitiendo el derecho aplicable al caso concreto, siempre dentro de su propia órbita de facultades".
También puede afirmarse acertadamente que el derecho procesal del trabajo es el conjunto de normas legales que regulan los procedimientos a seguir ante las autoridades del Trabajo que deciden sobre las solicitudes y controversias que se suscitan por o entre el capital y el trabajo y que tienden a darle efectividad al derecho laboral sustantivo, especialmente cuando éste es violado por los dos factores de la producción o por uno solo de ellos.
Como en todos los temas de la administración pública, en el tratamiento de las cuestiones laborales las autoridades a quienes la Ley Orgánica de la Administración Pública les señala facultades y obligaciones en la materia las encontraremos vinculadas con el tema; sin embargo, como veremos con una somera revisión, en algunas no imaginamos por qué se relacionan, de modo que es necesario puntualizar las atribuciones y el alcance de su intervención en los temas laborales.
El art 523 de la Ley Federal del Trabajo indica que la aplicación de las normas de trabajo compete, en sus respectivas jurisdicciones, a las autoridades siguientes:
1. Secretaría del Trabajo y Previsión Social con las atribuciones que les señale su ley orgánica y las disposiciones del trabajo (art 524, LFT).
2. Secretaría de Hacienda y Crédito Público a quien compete la intervención que establece el Título Tercero, Capítulo VIII, de la LFT en materia de reparto de utilidades (art 526).
3. Secretaría de Educación Pública, a quien compete la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que impone a los patrones la LFT en materia educativa y le faculta para intervenir coordinadamente con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la capacitación y adiestramiento de los trabajadores ...
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