Criminalistica De Laboratorio
Enviado por avatar25 • 21 de Junio de 2014 • 3.451 Palabras (14 Páginas) • 581 Visitas
CRIMINALÍSTICA DE LABORATORIO
Laboratorios de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del D.F.
Los Servicios Periciales desarrollan y aplican técnicas de laboratorio o de gabinete, destinadas al estudio, identificación y comprobación por medios científicos, de los indicios del delito, del delincuente y de la víctima.
HISTORIA
La conformación de los Servicios Periciales dependientes de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal se remonta hacia el año de 1929 cuando en la Ley Orgánica del Ministerio Público, elaborada durante la gestión del Procurador Licenciado José Aguilar y Maya, se señala en su Capítulo V, artículo 33, que la Procuraduría General de Justicia contará con un Laboratorio Científico de Investigaciones compuesto de las siguientes secciones: Dactiloscópica, Criptográfica, Balística, Caligráfica y Bioquímica y Médico Forense, correspondiendo a dicho laboratorio la investigación técnico policíaca de los delitos.
Esta ley se encuentra inmersa en la reforma jurídica llevada a cabo durante el periodo presidencial del Licenciado Emilio Portes Gil, observándose hasta entonces una real concordancia entre dicha ley y los artículos 21 y 102 consagrados en la Constitución de 1917.
La intervención pericial de la Procuraduría se complementaba con la solicitud de dictámenes a la Oficina de Peritajes adscrita a la Oficina de Licencias e Inspección dependiente del Departamento del Distrito Federal.
Dicha Oficina de Peritajes es anexada a principios del año 1933 a la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales.
Ya en el Presupuesto de Egresos vigente se señalaba el siguiente personal: Un Inspector de Primera, Jefe del Servicio, un oficial Tercero, dos Peritos en Balística, dos Inspectores, auxiliares de los peritos ingenieros, tres Inspectores de 3ª, peritos Contadores y Valuadores, tres peritos calígrafos, tres Inspectores interventores y auxiliares de los Peritos Contadores.
Dada la demanda de servicios y el limitado personal que autorizaba el presupuesto, se imponía la necesidad de ocupar eventualmente los servicios de empleados de otras oficinas y de expertos particulares, a quienes se les remuneraba bajo tarifa oficial y con cargo a una partida que para tales efectos existía.
Las solicitudes para expertos y peritos que con más frecuencia se recibían, en orden de importancia, eran las siguientes: Calígrafos, Contadores, Ingenieros, Joyeros, Balísticos, Químicos, Mecánicos, Electricistas, Valuadores, Traductores e Interpretes, Tipógrafos e Impresores, Pintores y Peritos en Incendios, entre otros.
Hacia el año de 1939 la Oficina de Peritos, que con el Laboratorio, la Sección Dactiloscópica y la fotográfica, integran el Laboratorio Científico de Investigaciones formuló su propio reglamento interno, en el cual se definen las correspondientes jurisdicciones de cada uno de sus servicios, al mismo tiempo que se establecen la cantidad y la calidad de los peritos que en ella actúan con especificación de sus obligaciones según la especialidad que desempeñan. Las especialidades para ese entonces eran las siguientes: Caligrafía, Valuación, Balística, Mecánico-valuación, Ingeniería, Traducción, Incendio, Diversos, Tránsito, Contabilidad y Ampliaciones.
Durante la segunda mitad de los años cuarentas la Oficina de Peritos auxiliando al Departamento de Investigaciones en la averiguación de delitos y a los tribunales penales en la instrucción de procesos llevó a cabo los estudios periciales siguientes: Grafoscopia, Balística, Contabilidad, Ingeniería, Valuación, Mecánica eléctrica, Incendio, Química, traducción e interpretación, Dactiloscopia, Ampliaciones a dictámenes, Tránsito, Médicos Legistas. Además contaba con las Secciones de Dactiloscopia y Fotografía.
En la década de los cincuentas, el entonces Presidente de la República, Lic. Adolfo Ruiz Cortines designo al Lic. Guillermo Aguilar y Maya, Procurador General de Justicia del Distrito y Territorios Federales.
Durante el primer año del sexenio presidencial la Procuraduría estudió la Ley Orgánica del Ministerio Público Común vigente desde 1929, aún cuando fue excelente para el momento histórico en que fue expedida, necesitaba de revisiones para ponerla en concordancia con los nuevos ordenamientos legales.
El resultado de este estudio fue el anteproyecto de una nueva Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios Federales que, una vez aprobado por el presidente, se convirtió en proyecto del Ejecutivo Federal, hasta que fue promulgada con fecha 29 de diciembre de 1954.
La nueva Ley Orgánica del Ministerio Público en su Título Quinto señala la existencia de un Departamento de Servicios Periciales, mismo que se compondría de las siguientes secciones: Laboratorio de Criminalística y Casillero Judicial, Dactiloscópico y Descriptivo, Psicometría, Bioquímica, Ingeniería, Documentología, Idiomas, Balística, Valuación, Mecánica y electricidad, Incendio, Tránsito de vehículos, Médico forense en el Sector Central y Agencias Investigadoras y las demás que sean necesarias.
De igual forma en su Artículo 31 se señala que los Servicios Periciales se prestarán a pedimento de las autoridades judiciales penales del Distrito y Territorios Federales, del Ministerio Público en el Distrito y Territorios Federales y de la Policía Judicial del Distrito y Territorios Federales.
Cabe mencionar que el Departamento de Servicios Periciales fue motivo de constantes mejoras, en la medida que lo permitieron las posibilidades presupuestales, con el propósito de que en la investigación de los delitos se diera mayor intervención a la técnica y aportar a los tribunales los elementos que aseguraran la cereza en las decisiones.
INVESTIGADOR PERICIAL
Dentro de la investigación tenemos que algunos son verdaderos investigadores, por lo que desprendemos que la palabra,…” investigador proviene del vocablo latín que significa: investigator y quiere dar a entender el que aplica con método la inteligencia para descubrir la causa, la explicación de algo. Aumentar sistemáticamente los conocimientos sobre una materia.”
“Técnico proviene del vocablo griego tejnikos, que se refiere a la aplicación de ciencias o artes, como oficio. Además, refiere a los conocimientos que se dominan a través de la constante aplicación que se tiene de los mismos.”
Sabemos que todo personal que realiza una investigación, tiene la facultad y habilidad de desarrollarlo conforme a los elementos que se tengan, a la búsqueda de indicios que se recolectaron a las evidencias que se seleccionaron y sobre todo conforme a los alcances de una investigación
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