Ingenieria
Enviado por antoniosanmarco • 24 de Octubre de 2012 • 835 Palabras (4 Páginas) • 224 Visitas
Contrato de trabajo
Contratar a un trabajador o ser contratado como empleado es un procedimiento que implica concretar una serie de formalidades, principalmente, constituir un contrato de trabajo. Sin embargo, no todos los trabajadores ni los contratos son iguales.
Tipos de trabajadores
Trabajador independiente: es aquél que presta sus servicios a una o más personas sin que lo vincule un contrato de trabajo, ya que no se configura una relación de subordinación y dependencia, y donde predomina el trabajo intelectual por sobre el material.
Por ejemplo, un abogado puede ejercer como trabajador independiente prestando sus servicios, específicamente sus conocimientos de las leyes, a una persona determinada sin necesidad de vincularse a través de un contrato de trabajo.
Trabajador dependiente: será aquel que presta servicios a un empleador bajo contrato de trabajo –cualquiera que éste sea-, a partir del cual nace una serie de obligaciones para ambas partes. En este caso, se configura un vínculo de subordinación y dependencia, por lo que corresponde suscribir un contrato de trabajo.
Tipos de contrato
En la formalización del contrato debe quedar claramente establecido qué tipo de contrato se trata. La ley contempla tres tipos de contratos: a plazo fijo, por obra o faena e indefinidos.
1- Indefinido
Es el contrato “de planta”, ya que por su carácter solo se le puede poner término por renuncia, despido o muerte del trabajador. La ley exige que una vez al año dicho contrato se actualice.
2- Contrato a plazo fijo
Como su nombre lo indica, es aquel que se define porque, independientemente de la naturaleza del trabajo, tiene un plazo máximo de extensión, es decir, existe certeza respecto de la fecha de término.
Al respecto, la norma general dice que:
Estos contratos duran como máximo 1 año.
La causa por la que expiran es por el cumplimiento del plazo máximo (el empleador puede poner fin anticipado, pero deberá pagar el total de las remuneraciones hasta la fecha original del vencimiento)
Admiten una sola renovación, pero ésta debe ser dentro del año, es decir, incluida la renovación no puede en total superar un año de extensión.
Si hay una segunda renovación, o la persona sigue desempeñando sus tareas con el conocimiento del empleador más allá del año, automáticamente pasa a ser un contrato indefinido.
Hay excepciones, y se refieren a aquellos trabajadores que ocupan cargos ejecutivos (gerentes, por ejemplo) o bien tienen un título profesional o técnico. Para ellos, este contrato permite una duración máxima de dos años.
Pero igual que en la norma general, en estos casos se admite una sola renovación. La segunda da origen a un contrato indefinido
En muchas empresas se da la modalidad de contratar a tres meses plazo fijo con una segunda renovación
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