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Socialismo


Enviado por   •  5 de Febrero de 2013  •  340 Palabras (2 Páginas)  •  318 Visitas

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El convencionalismo social. Tiene por objeto hacer más llevadera la convivencia en sociedad, limar asperezas, evitar situaciones bochornosas, etc. Son de diversa índole, ya que se refieren a la urbanidad, el decoro, a la cortesía, etc.

Las reglas de trato social son las reglas de cortesía, de etiqueta, también llamadas convencionalismos sociales. Estas nos permiten llevar a cabo una ciertas reglas establecidas para circunstancias y momentos determinados; dar preferencia a las damas, no interrumpir la conversación de los demás, comportarnos con recato durante una ceremonia o funeral, etc.

Si no respetamos esas reglas tendremos una sanción: que la saciedad nos margine, pero tal sanción no tiene las características señaladas en el caso de las normas jurídicas, por eso sea dicho que los convencionalismos sociales son reglas de conducta exterior, incoercibles, heterónomas y unilaterales.

Atributos:

Carácter social

Exterioridad

Pretensión de la validez

La norma jurídica tiene como objeto la regulación de la conducta para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando bases para su solución. IMPERATIVO-ATRIBUTIVAS, imponen deberes y conceden facultades.

La norma moral. Tiene por finalidad el orientar al hombre hacia el bien, hacia la pureza, invitándole a practicar el bien y a evitar el mal. IMPERATIVAS, imponen deberes mas no conceden derechos.

Morales:

Unilateralidad no hay otra persona autorizada para exigirle el cumplimiento de sus deberes.

Interioridad, lo que da valor al acto no es el hecho aparente, la manifestación que puede ser captada por los sentidos, sino el móvil recóndito, la rectitud del propósito.

Incoercibilidad: su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontánea.

Autonomía: auto legislación, reconocimiento espontáneo de un imperativo creado por la propia conciencia.

Jurídicas:

Bilaterales por que imponen deberes correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones.

Exterioridad: Se determina tomando en cuenta únicamente la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido, prescindiendo de la intención o convicción del obligado.

Coercibles: posibilidad de que la norma sea cumplida en forma no espontánea e incluso en contra de la voluntad del obligado.

Heterónomia: sujeción a un querer ajeno, renuncia a la facultad de autodeterminación normativa.

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