ANALISIS DEL ARTICULO 162 DEL CODIGO CIVL DE VERACRUZ
Enviado por licstg2012 • 9 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 16.138 Palabras (65 Páginas) • 353 Visitas
“ANALISIS DEL ARTICULO 162 DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ EN CUANTO A LA INTERPRETACION JURIDICA DE LAS OBLIGACIONES ALIMENTICIAS SUBSISTENTE ENTRE LOS CONYUGES EN LOS CASOS DE DIVORCIO NECESARIO PREVISTO POR EL ARTICULO 141 FRACCION XVII”
T E S I N A
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LICENCIADO EN DERECHO
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DIRECTOR DE TESINA:
MINATITLAN, VER. 2015
INDICE PAG.
CAPITULO I
MATRIMONIO
Introducción. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
1.1. Antecedentes del Matrimonio. . . . . . . . . . . . . 12
1.2. Definiciones del Matrimonio. . . . . . . . . . . . . . 14
1.3. Elementos de existencia y validez del matri-
monio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
1.4. Impedimentos para la celebración del matri-
Monio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
1.5. Efectos del Matrimonio. . . . . . . . . . . . . . . . . 17
1.6 Análisis . . . . . . . . . . . . . .
CAPITULO II
ALIMENTOS
2.1. Antecedentes de los alimentos. . . . . . . . . . . . 20
2.2. Los alimentos en el Derecho Romano. . . . . . 20
2.3. Definición de los alimentos. . . . . . . . . . . . . . . 21
2.4. Características de la obligación alimentaria. . 21
2.5 Dualidad de Vía para ejercitar la acción de -
alimentos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
2.6. Obligaciones alimenticias. . . . . . . . . . . . . . . . 27
2.7. Sujetos considerados como acreedores alimen-
tarios según la Legislación Civil Veracruzana. . 28
2.8 Análisis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CAPITULO III
DIVORCIO
3.1. Antecedentes del divorcio. . . . . . . . . . . . . . . . 31
3.2. Definiciones del divorcio. . . . . . . . . . . . . . . . . 33
3.3. Clases de divorcio y su procedimiento. . . . . . 34
3.4 Características de la acción de divorcio. . . . . 40
3.5. Derechos y obligaciones que se derivan del –
divorcio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41
3.6 Análisis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CAPITULO IV
OBLIGACIONES SUBSISTENTES EN EL DIVORCIO NECESARIO PREVISTO EN EL ARTICULO 141 FRACCION XVII DEL CODIGO CIVIL
4.1. Presupuestos procesales necesarios para ejerci
tar una acción civil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
4.2. Supuestos jurídicos que se dan para ejercitar la
Acción de divorcio necesario y alimentos. . . . . . . . 47
4.3. Causal de divorcio necesario prevista en el -
articulo 141 fracción XVII del Código Civil pa-
ra el Estado de Veracruz, en relación con la -
obligación alimentaria entre los exconyuges. . . . . 48
4.4. Interpretación jurídica del artículo 162 del -
Código Civil para el Estado de Veracruz. . . . . . . . 55
Conclusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
Notas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I N T R O D U C C I O N
Hoy en día, los problemas humanos van adquiriendo una dimensión más allá de toda frontera, por lo que requieren soluciones que vengan a reformar la realidad social. En el campo del derecho, las soluciones se dan con la aplicación de las leyes previamente establecidas y que han sido analizadas para determinar el proceder de los entes de derecho en cuanto a su conducta y costumbres; por lo que, cuando se dicta una sentencia, la misma se da conforme a la letra de la ley, a la interpretación jurídica o a los principios generales del derecho; sin embargo, éstas dos últimas aplicaciones jurídicas, crean un sin fin de controversias y criterios opuestos, ya que en ocasiones las interpretaciones que se hacen resultan ambiguas, obscuras o contradictorias a todo razonamiento, por lo que si se trata de dar soluciones, las leyes deben irse moldeando conforme a las necesidades que surgen y a la realidad que se vive.
El objetivo que se tata de exponer y solucionar con la elaboración del presente trabajo de tesis, es la aplicación gramatical de la ley, la cual facilite y cubra las necesidades de los gobernados y permita a la vez, la mejor impartición de justicia, ya que las partes en juicio tendrían un derecho perfectamente definido para ejercitar su acción o para oponer sus excepciones de una manera particular en materia civil, sin que tuviesen qué recurrir a la interpretación jurídica la cual queda a criterio del Juzgador quien al no tener los preceptos legales perfectamente definidos para resolver la controversia, suscita otra, como se ha llevado a cabo en los casos de cuando se demanda el divorcio necesario previsto en el artículo 141 fracción XVII del Código Civil, y la parte demandada contesta la demanda y reconviene alimentos.
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