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Análisis: LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA


Enviado por   •  15 de Marzo de 2014  •  2.400 Palabras (10 Páginas)  •  602 Visitas

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Esta ley primeramente como objeto tiene el de promover y garantizar el derecho que tienen todas las mujeres a una vida libre de violencia, creando así condiciones no solo para sancionar, sino además para evitar y prevenir dicha violencia en cualquiera de sus manifestaciones.

Algunos de los fines de esta ley son tanto garantizar a las mujeres que han sido objetos de violencia basada en género, exigir sus derechos antes los órganos competentes, establecer políticas que ayuden a prevenir dicha violencia contra las mujeres, coordinar los recursos de las instituciones de la administración pública para otorgar una prevención y erradicación de los hechos violentos, y determinar unas sanciones adecuadas para los culpables de dichos hechos.

El objetivo de esta ley no solo proteger el derecho a la vida sino otros como lo son la protección a la integridad tanto física, moral y sexual, la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y el derecho que tiene toda mujer a que una vez siendo víctima de violencia de género, pueda obtener tanto información como el asesoramiento necesario por medio de todos los organismos de la administración publica en los distintos niveles.

Esta abarca a todas las mujeres sin importar su nacionalidad, situación personal, económica, entre otros, existen ciertos principios que se deben tomar en cuenta tanto para la aplicación como para la interpretación de dicha ley, estos son la gratitud, ya que las solicitudes, copias, estampillas, y demás actuaciones relativas al proceso, serán tramitadas y procederán si cobro alguno. la celeridad, ya que los órganos que reciban denuncias acerca de violencia de genera, así como los tribunales competentes deben dar preferencia tanto al conocimiento como tramites de dichos casos. inmediación puesto que el juez a cargo debe presenciar la audiencia y la incorporación de las pruebas, confidencialidad debido a que como es un tema personal, y que a veces resulta difícil hablarlo los funcionarios deben tratar y guardar con total confidencialidad dichos asuntos, oralidad porque los procedimientos son orales, concentración por el hecho de que iniciada la audiencia esta debe intentar concluir el mismo día, así como publicidad, ya que el juicio es público y protección de las victimas ya que dichas víctimas tienen el derecho de acceder a los órganos tanto de justicia penal y civil de manera gratuita.

Destacan las medidas cautelares las cuales no son más que aquellas las cuales son impuestas por una autoridad competente tanto para salvaguardar la vida así como proteger la integridad de la mujer, o sus bienes.

Por su carácter especial tiene una aplicación preferente a la ordinaria, además se habla de la intervención de un equipo interdisciplinario que se encarga de ciertas cosas como, recibir las denuncias y hasta en la investigación procesal, en las cuales estará a cargo personas concientizadas y capacitadas en el ámbito de violencia de género.

La violencia a la mujer a la que nos referimos es todo aquel acto violento y sexista que se basa en la discriminación y relaciones de desigualdad entre los sexos que subordinan a la mujer, la cual puede dar como resultado ya sea un daño tanto corporal como moral, así como aquellos actos que amenacen o pongan en peligro los derechos de las mujeres, algunas de las violencias que se consideran contra la mujer son:

Violencia domestica: que es la conducta activa u omisiva del tipo corporal o moral, se puede presentar en forma de amenaza o intimidación y suele ser por parte del cónyuge, novio, concubino, ascendientes, descendientes, entre otros.

Violencia física: toda acción u omisión con la intención de causar un daño del tipo corporal sobre la mujer, pueden ser quemaduras, moretones, empujones, entre otros.

Violencia psicológica: estas acciones no ocasionan un daño corporal si no que van dirigidas a atacar el desarrollo pleno de la mujer, por lo general pueden ser comparaciones destructivas, insultos, vigilancia, asilamiento, entre otros.

Violencia sexual: aquellos hechos que atentan o amenazan el derecho que tiene una mujer a decidir sobre su libertad sexual

Acceso carnal violento: actos a través de violencia o intimidación, obliga a una mujer a la realización un acto carnal.

Acoso sexual: es genéricamente la manifestación de una serie de conductas compulsivas de solicitud de favores sexuales con distintas formas de proceder.

Acoso u hostigamiento: molestia causada por la insistencia de alguien con sus peticiones y pregunta, que puedan atentar contra su personalidad, la dignidad, el honor, el prestigio o la integridad física o psíquica de la mujer, o que puedan poner en peligro su empleo.

Amenaza: actos violentos con el fin de intimidar a la mujer, sus seres queridos o sus bienes.

Prostitución forzada: consiste en obligar a una mujer a realizar actos de procedencia sexual.

Esterilización forzada: todos aquellos actos que tienen como objetivo la esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva realizados sin consentimiento de la mujer.

Esclavitud sexual: la cual no debe confundirse con la prostitución forzada, se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, que viene dada por su venta, compra, préstamo o trueque y la misma se acompaña de la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.

Violencia laboral: es la discriminación hacia la mujer en los centros de trabajo públicos o privados que obstaculicen el acceso al empleo, o la estabilidad en el mismo.

Otra mención importante son las políticas de protección y los programas, las primeras por su parte son conocidas como aquellas directrices de carácter público con el fin de asegurar los derechos de las mujeres, mientras que los programas son acciones desarrolladas por personas naturales o jurídicas con el fin de atender, prevenir y erradicar la violencia en contra de las mujeres. Al ente que le corresponde formular dichas políticas y programas es al instituto nacional de la mujer, estos pueden ser de prevención, apoyo y orientación, de abrigo, comunicaciones, culturales y otros.

Este órgano es el encargado de formular y orientar las políticas de protección y los programas, así como coordinar estos a nivel nacional, estadal y municipal, diseñar los planes en conjunto con otros órganos para la capacitación de los funcionarios públicos, registrar las organizaciones especializadas en materia de violencia de género, elaborar el proyecto de reglamento de esta ley. además este se relacionara con otros órganos como el Tribunal Supremo de Justicia el cual ejecutara ciertos programas, planes y ayudara a capacitar a los funcionarios de la administración de justicia, con el Ministerio Público para ejecutar planes y proyectos, con

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