CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL
Conste por el presente documento el Contrato de Arrendamiento de Local Comercial que celebran de una parte ...., Provincia y Departamento de Lima, a quien en adelante se le llamará LA ARRENDADORA, y de la otra parte la empresa ... de Lima, debidamente representada por su gerente general don ..., según poderes inscritos en la Partida N° ... del Registro de Personas Jurídicas De Lima; a quienes en adelante se les denominará LOS ARRENDATARIOS, según los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- LA ARRENDADORA es propietaria del inmueble ubicado en Calle Santa Cecilia N° 575, Urb. Los Sauces, Distrito de Ate Vitarte, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 44974657 del Registro de Predios de Lima, cuya área, linderos y medidas perimétricas se hayan consignados en el referido documento registral.
SEGUNDA.- Por el presente documento LA ARRENDADORA expresa su interés de arrendar parte del inmueble descrito en la cláusula primera, correspondiente a un área de 499 mt2 y las edificaciones contenidas dentro de este perímetro, declarando LA ARRENDADORA que la mencionada área a la fecha de celebración de este contrato se encuentra desocupado y en buen estado de conservación.
OBJETO DEL CONTRATO:
TERCERA.- Por el presente contrato LA ARRENDADORA se obliga a ceder en uso un área de 499 mt2 correspondientes al inmueble descrito en la cláusula primera a favor de LOS ARRENDATARIOS, a título de arrendamiento. Por su parte, LOS ARRENDATARIOS se obligan a pagar a LA ARRENDADORA el monto de la renta pactada en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas.
RENTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
CUARTA.- Las partes acuerdan que el monto de la renta que pagaran LOS ARRENDATARIOS en calidad de contraprestación por el uso de un área de 499 mt2 del inmueble descrito en la cláusula primera, durante la vigencia del presente contrato será el siguiente:
• Por el periodo comprendido entre el 01/08/14 al 31/12/14, la renta mensual ascenderá a la suma de S/.7,478.00 (SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES);
• Por el periodo comprendido entre el 01/01/15 al 31/12/15, la renta mensual ascenderá a la suma de S/.10,469.00 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES); y
• Por el periodo comprendido entre el 01/01/16 al 31/07/17, la renta mensual ascenderá a la suma de S/.13,959.00 (TRECE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES).
La cancelación de la renta será por mensualidades adelantadas que LOS ARRENDATARIOS pagaran en el domicilio de LA ARRENDADORA el primer día de cada mes.
En caso que LOS ARRENDATARIOS no efectúen el pago de la renta en el plazo indicado, estos incurrirán automáticamente en mora, devengándose desde el día siguiente el interés moratorio máximo legal, el cual deberá ser pagado a LA ARRENDADORA automáticamente y sin requerimiento alguno.
PLAZO DEL CONTRATO:
QUINTA.- Las partes convienen en fijar un plazo de duración determinada para el presente contrato, el cual será de tres años forzosos sólo para LOS ARRENDATARIOS, plazo que se computará desde el 01/08/14 al 31/07/17, fecha en que LOS ARRENDATARIOS están obligados a desocupar y devolver el local arrendado en las mismas condiciones en que la recibieron.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
SEXTA.- LA ARRENDADORA se obliga a entregar la posesión del bien objeto de la prestación a su cargo en la fecha de suscripción de este documento, sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él. Esta obligación se verifica con la entrega de las llaves de las instalaciones del local.
SEPTIMA.- LOS ARRENDATARIOS se obligan a pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados, con sujeción a lo convenido en la cláusula cuarta.
OCTAVA.- Asimismo, LOS ARRENDATARIOS están obligados a pagar puntualmente el importe que le corresponda de todos los servicios públicos, tales como agua y desagüe, energía eléctrica y otros suministrados en beneficio del bien. Esta obligación incluye el pago de los tributos municipales de parques y jardines, relleno sanitario, serenazgo y otros que graven al bien arrendado, con excepción del impuesto al patrimonio predial el cual corresponde exclusivamente a LA ARRENDADORA.
NOVENA.- LOS ARRENDATARIOS se obliga a destinar el bien arrendado única y exclusivamente para la instalación de oficinas administrativas, almacén y taller de vehículos, y otros relacionadas a la actividad comercial desarrollada por LOS ARRENDATARIOS no pudiendo emplear ninguna de las partes del bien como casa-habitación ni para el ejercicio de otra actividad comercial, profesional o industrial, salvo autorización expresa de LA ARRENDADORA, bajo penalidad de inmediata resolución del presente contrato y a exigir el pago de la indemnización correspondiente.
DECIMA.- De otro lado, LOS ARRENDATARIOS están obligados a permitir la inspección del bien arrendado por parte de LA ARRENDADORA, para cuyo efecto éstos
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