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CONTRATOS INFORMATICOS


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2014  •  2.498 Palabras (10 Páginas)  •  1.896 Visitas

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INTRODUCCION

Actualmente la tecnología ha creado una serie de nuevas relaciones sociales, algunas se tenían desde la antigüedad como hablar, escribir, etc., pero a la luz de la tecnología de punta todas estas formas de convivencia se automatizaron y crearon una necesidad inminente de la intervención del Derecho para su regularización.

El derecho informático está orientado a la regulación legal de la informática en todas sus manifestaciones, esta tarea no ha sido fácil, pues la informática evoluciona con pasos agigantados y continuos lo que vuelve todo un reto para el jurista que no quiere quedarse en lo obsoleto, actualizarse y descubrir las ventajas y desventajas que ofrece la informática moderna.

CONTRATOS INFORMATICOS

Un contrato consiste en un acuerdo de voluntades y el concepto informático señala que las obligaciones que se adquieren se encuentran relacionadas con algún bien o derecho que surja de la informática. Es aquel cuyo objeto sea un bien o un servicio informático o ambos o que una de las prestaciones de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informático.

Definición:

El profesor DAVARA RODRÍGUEZ define el contrato informático como: “aquél cuyo objeto sea un bien o un servicio informático -o ambos- o que una de las prestaciones de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informático.

En definitiva, la contratación electrónica o por medios electrónicos se puede definir como aquélla que, con independencia de cuál sea su objeto, que puede también ser la informática -aunque no necesariamente-, se realiza a través o con ayuda de medios electrónicos que no tienen por qué ser siempre ordenadores. En esta categoría de contratos, las partes manifiestan o expresan su consentimiento en forma digital, salvo que la ley exija una determinada forma para éstos, en cuyo caso el contrato no podrá celebrarse por medios informáticos pues se correrá el riesgo de que sea nulo (si la forma contractual es solemne absoluta) o de no poder probarlo. La formación de este contrato consensual (pues basta el mero acuerdo de voluntades) no difiere de la formación de los contratos en general; esto es, requiere de una oferta y una aceptación, que serán manifestaciones de voluntad expresadas por medios digitales entre personas que están comunicadas a través de sistemas informáticos interconectados.

La manifestación se realiza mediante un simple "clic" del mouse. Este contrato podrá ser juzgado como celebrado entre ausentes o presentes según las circunstancias del caso. Así, si el negocio se concreta por operaciones on line (comunicación interactiva o simultánea), se entenderá que es un contrato entre presentes pues la aceptación es inmediatamente conocida; en cambio, será entre ausentes si la aceptación no es emitida online o requiere de una confirmación por el oferente posterior enviada por otro medio (sea fax, teléfono o correo electrónico).

Esta contratación a través de medios informáticos ha dado lugar a lo que se llama el negocio virtual que consiste en "la producción, distribución, comercialización, venta o entrega de bienes y servicios por medios electrónicos”.

Características de los Contratos Informáticos:

Escritura pública, documento privado, por correspondencia y verbalmente, o por la vía informática que se toma como un contrato de correspondencia

El objeto puede ser múltiple, en virtud de que se puede manejar bienes informáticos como hardware o el software, como bienes informáticos de apoyo como el diseño, análisis, mantenimiento

Existe pluralidad de las partes (proveedores y usuarios)

Diferentes tipos legales como ejemplo: compraventa, de locación o de obra de servicios

Limitan la forma de pactar el contrato por los productos informáticos que se manejan.

Forma de celebración

Tomando en cuenta la idea fundamental de que los contratos informáticos atienden al objeto y no a la forma, los mismos pueden celebrarse en las formas establecidas como lo son utilizando el formato papel mediante la escritura pública con un documento privado, o bien en formatos electrónicos a través de la contratación electrónica.

Partes

En los contratos informáticos se le denomina a las partes proveedor y usuario.

Proveedor:

Se le llama proveedor a la persona jurídica o individual que se obliga a proveer los bienes informáticos y los servicios que se relacionan directamente con los sistemas de información automatizada.

Usuario:

El usuario es la persona colectiva o individual de derecho público o privado, que utiliza los bienes de carácter informático y los servicios que se derivan de los sistemas.

OBJETIVOS PERSEGUIDOS POR LAS PARTES

El usuario pretende satisfacer sus propias exigencias y que el proveedor garantice la funcionalidad del equipamiento en abstracto.

El vendedor persigue la remuneración a cambio de prestar un servicio.

Clasificación:

a) Contrato de hardware (la parte física del sistema informático).

b) Contrato de software (debiendo diferenciarse si se trata de un software de base o sistema o si se trata de un software de utilidad o de aplicación para el usuario).

c) Contrato de instalación llave en mano (aquí se incluyen tanto el hardware como el software, así como determinados servicios de mantenimiento y de formación del usuario).

d) Contrato de servicios auxiliares (el mantenimiento de equipos o la información de personas que van a utilizar la aplicación).

POR EL NEGOCIO JURIDICO:

a) De venta (el vendedor se obliga a entregar una cosa determinada, un bien informático y la otra parte a pagar un precio cierto, incluyéndose también a los servicios en esta categoría).

b) De alquiler (el arrendamiento sobre los bienes informáticos es un arrendamiento tipo de los regulados en el Código Civil, caracterizado porque el suministrador se obliga a dar al usuario el goce o uso del bien durante un tiempo determinado y por un precio cierto.

c) De mantenimiento (puede ser tanto de equipos como de programas o inclusive, mantenimiento integral en el que se puede incluir un servicio de formación, asesoramiento y consulta).

d) De prestación de servicios (se incluye análisis, especificaciones, horas máquina, tiempo compartido, programas, etc.).

e) De préstamo (caracterizado porque una parte entrega a otra el bien informático para que lo use durante un tiempo determinado y lo devuelva una vez cumplido ese

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