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CONTRIBUCIONES FEDREALES


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  434 Palabras (2 Páginas)  •  202 Visitas

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La expulsión:

Es sancionar a una persona de un país, se aplica a los extranjeros y que consiste en la devolución a su país de origen y prohibición de regresar al territorio del Estado.

Se aplica sobre todo a los extranjeros en situación de inmigrante (sin papeles de residencia), pero también se puede aplicar a inmigrantes que residan regularmente en el país pero que hayan cometido algún delito en el cual se contemple esa posibilidad. Igualmente, es generalmente motivo de expulsión la injerencia en asuntos políticos internos por parte de un extranjero.

A los nacionales normalmente no cabe aplicarles dicha sanción debido a las prohibiciones de tratados o declaraciones internacionales de protección de los derechos humanos. No obstante, cabe la posibilidad de que los nacionales que adquirieron la nacionalidad después de su nacimiento puedan ser privados de la misma por algún motivo.

También puede referirse a la expulsión de un colectivo concreto. En ese caso se suele tratar de sanciones administrativas o internas que dependen de la regulación de dicho colectivo.

Muchas de las expulsiones contienen amplios componentes de limpieza étnica, racismo y/o xenofobia.

Deportación:

Es la acción de destierro del que son víctimas individuos o grupos de personas usualmente por razones políticas, como por ejemplo la expulsión de un país a extranjeros que se encuentren en estado de inmigración ilegal.

Se ha aplicado como castigo, con fines aislacionistas o esclavistas. En algunos casos la deportación de comunidades tiene como causa diferencias étnicas o religiosas.

En todo caso, las causales que han llevado históricamente a la deportación de cualquier grupo es considerada como un acto segregacionista y ha conllevado en diversas oportunidades graves abusos e incluso el exterminio o genocidio de poblaciones enteras.

La extradición es el procedimiento jurídico (penal-administrativo) por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada o para que cumpla la pena ya impuesta.

Si bien existe una cooperación internacional muy activa para la represión de los delitos, continúa existiendo la regla de que un Estado está obligado a conceder la extradición de un delincuente extranjero, solamente si existe tratado internacional con el Estado requirente o Convención Internacional sobre ex tradición, de la que ambos estados sean firmantes. Cuando no hay tratado o convención internacional, el Estado requerido está facultado para acordar la ex tradición, pero no está obligado a concederla. Sin embargo la obligación señalada no es absoluta pues siempre el estado requerido conserva la facultad soberana de no conceder la ex-tradición si de acuerdo a su legislación interna no se cumplen los requisitos establecidos para tal efecto.

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