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CUADRO COMPARATIVO FACULTADES CONGRESO DE LA UNION


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  419 Palabras (2 Páginas)  •  879 Visitas

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IN DUBIO PRO REO. implica que la convicción del tribunal respecto de la culpabilidad del imputado debe superar cualquier duda razonable, de manera que cualquiera que exista obliga a fallar a su favor. El respeto debido a este principio capital comporta, además, la obligación del juez de prepararse, y de todo el sistema judicial de ayudarlo a prepararse sicológica, espiritual y socialmente para mirar en el reo al ser humano en desgracia, merecedero, no sólo de justicia, sino también de comprensión y compasión.

GARANTE HIPOTECARIO. ES OBLIGADO SOLIDARIO DEL DEUDOR PRINCIPAL Y

LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL ES PROCEDENTE PARA EXIGIR EL PAGO DE

LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA EL LÍMITE DEL VALOR DE LA

HIPOTECA. La garantía hipotecaria es el instrumento por el cual se asegura el eficaz y

debido cumplimiento de una obligación principal, cuando el deudor principal deja de cumplir

en los términos pactados, de manera que el acreedor ante el incumplimiento de su deudor

puede hacer efectiva la garantía en la vía privilegiada hipotecaria o en la ordinaria mercantil,

porque en esta última el garante hipotecario también tiene oportunidad de ser oído con las

formalidades esenciales del procedimiento y no se restringe su derecho de defensa; por ello,

aun cuando la garantía hipotecaria es una obligación accesoria respecto de la obligación

principal, el garante hipotecario también es un deudor principal frente al acreedor porque se

trata de una obligación solidaria y responde del pago de la obligación principal, a partir de

que sea exigible y hasta el valor total del inmueble con el que garantizó el pago.

DELITOS POR QUERELLA:

ARTÍCULO 130.- Al que cause a otro un daño o alteración en su salud.

Se perseguirán por querellas las lesiones culposas, cualquiera que sea su naturaleza, salvo que sean con motivo de tránsito de vehículos, en los siguientes casos:

I. Que el conductor hubiese realizado la acción u omisión en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o de cualquier otra sustancia que produzca efectos similares;

II. Que el conductor haya abandonado a la víctima,

ROBO:

ABUSO DE CONFIANZA:

FRAUDE:

ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA:

INSOLVENCIA FRAUDULENTA EN PERJUICIO DE ACREEDORES:

DESPOJO:

DAÑO A LA PROPIEDAD:

PROCREACIÓN ASISTIDA E INSEMINACIÓN ARTIFICIAL:

PELIGRO DE CONTAGIO:

PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD CON FINES SEXUALES:

ABUSO SEXUAL COMETIDO SIN VIOLENCIA:

ACOSO SEXUAL:

ESTUPRO:

DELITOS QUE ATENTAN CONTRA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA:

VIOLENCIA FAMILIAR:

DISCRIMINACIÓN:

AMENAZAS:

ALLANAMIENTO DE MORADA, DESPACHO, OFICINA O ESTABLECIMIENTO MERCANTIL:

VIOLACIÓN

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