Caso Practico Calor
Enviado por cpv64 • 11 de Junio de 2013 • 763 Palabras (4 Páginas) • 614 Visitas
1.- RESUMEN EJECUTIVO:
Los resultados obtenidos para la evaluación ambiental para el agente de riesgo CALOR, realizado el mes de Junio de 2013, utilizando para tales efectos un medidor de estrés térmico en dos ambientes de trabajo, se obtuvieron los siguientes resultados:
2.- ANTECEDENTES CASO 1:
Con fecha 01 de Junio, los expertos en prevención de riesgos, Christian Prado y Victor Ortíz, efectuaron un muestreo de exposición al calor de un trabajador de la empresa Cemento Melón, ubicada en la ciudad de La Calera. Los resultados fueron los siguientes:
Actividad TG (ºC) Tbs (ºC) Tbh (ºC) Tiempo (Horas) Costo de trabajo (kcal/h)
Mantención de hornos 42 40 38 2 450
Mantención de Molinos 39 37 34 3 320
Mantención de Enfriadores 31 29 28 3 226
Como el trabajador desempeña sus funciones bajo carga solar y con las mediciones resultantes, se pudo determinar el TGBH promedio mediante la siguiente fórmula:
TGBH: 0.7 TBH + 0.2 TG + 0.1 TBS
TGBH 1 = 0.7 x 38+0.2 x 42+0.1 x 40=39 x 2 (corresponde a las horas en el puesto de trabajo)
TGBH 2 =0.7 x 34+0.2 x 39+0.1 x 37=35.3 x 3
TGBH 3 = 0.7 x 28+0.2 x 31+0.1 x 29=28.7 x 3
TGBH/PROMEDIO = (78 + 105.9+86.1)/8=33.75 °C
Carga Calórica (M)
M = (450 x 2+320 x 3+226 x 3 )/8=317.25 Kcal/H
Como la labor que desempeña el trabajador es de tipo trabajo continuo con carga liviana y con un desgaste inferior a 375 Kcal/H, según la tabla del DS 594, esta nos indica que el operario no debe trabajar a una temperatura mayor a 30°C, situación que no se cumple ya que la temperatura promedio a la cual está expuesto es de 33.75°C.
3.- CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS:
Según el decreto supremo 594 en sus artículos 96 y 98, estos nos indican lo siguiente.
Artículo 96: Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por carga calórica ambiental el efecto de cualquier combinación de temperatura, humedad y velocidad del aire y calor radiante, que determine el índice de temperatura de globo y bulbo húmedo (TGBH).
Artículo 98: Para determinar la carga de trabajo se deberá calcular el costo energético ponderado en el tiempo, considerando la tabla de costo energético según tipo de trabajo.
Como sugerencia, se pueden aplicar tres tipos de medidas para mitigar la temperatura a la cual está expuesto el operario: Ingenieriles, administrativas y proteger directamente al receptor.
Se recomienda una medida de tipo administrativa que consiste en la rotación de los trabajadores de la empresa para disminuir el tiempo de exposición al calor y así no sobrepasar los 30°C. Además es importante resaltar el uso de mascarillas ya que los trabajadores, además del calor, están expuestos a polvo.
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