Compraventa, concepto y sujetos. Obligaciones de las partes
Enviado por alexalara524 • 25 de Abril de 2015 • Tutorial • 5.005 Palabras (21 Páginas) • 476 Visitas
4.1 Compraventa, concepto y sujetos. Obligaciones de las partes.
Concepto:
Contrato mediante el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador, y este a su vez, se obliga a pagar su precio en dinero.
En el contrato de compra venta no puede ser confundido con la traslación de dominio y nada impide que dicha traslación de dominio se pueda dar en un momento distinto, conforme sucede con la tradición o entrega posterior de los bienes muebles o con la compra venta de inmuebles con " pacto de reserva de propiedad”.
Sujetos:
Vendedor: Es la persona (física o jurídica) que pone a disposición del comprador productos o servicios para su consumo final
Comprador: Es una persona física o persona jurídica (sociedad) que adquiere un bien o servicio a cambio de un pago, (efectivo, cheque propio, tarjeta de crédito, tarjeta de debito, deposito bancario), etc.
Obligaciones de las partes:
Obligaciones del Vendedor:
* Perfeccionar la transferencia de la propiedad del bien.
* Entregar el bien y sus accesorios en el estado en que se encuentra en el momento de celebrarse el contrato.
* Entregar los documentos y títulos relativos a la propiedad o el uso del bien vendido, salvo pacto distinto.
* Entregar el bien inmediatamente después de celebrado el contrato, salvo la demora que resulte de su naturaleza o de acuerdo distinto.
* Entregar el bien en el lugar en que encuentre en el momento de celebrarse el contrato, salvo que sea bien incierto, el
cuyo caso la entrega se efectuara en el domicilio del vendedor.
Obligaciones del Comprador:
* Pagar el precio, en el momento, modo y lugar pactados.
* Devolver la parte del precio pagado, deducido los tributos y gastos del contrato cuando se resolvió el contrato por incumplimiento de pago del saldo.
* Cuando el contrato se resuelve por no haberse otorgado, en el plazo convenido, la garantía debida por el saldo del precio.
* Pagar inmediatamente el saldo deudor dándose x vencidas las cuotas que estuvieran pendiente, cuando dejo de pagar 3 cuotas sucesivas o no.
4.1.1 INCOTERMS
(Acrónimo del ingles international commercial terms,“términos internacionales de comercio”) Son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el trasporte internacional de mercancías.
El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional
Los incoterms regulan cuatro aspectos básicos del contrato de compraventa internacional:
1. La entrega de las mercancías: es la primera de las obligaciones del vendedor. La entrega puede ser directa, cuando el incoterm define que la mercancía se entregue al
comprador; o indirecta, cuando la mercancía se entrega a un intermediario del comprador, un transportista o un transitario.
2. La transmisión de los riesgos: es un aspecto esencial de los incoterms y no se debe confundir con la transmisión de la propiedad, que queda regulada por la ley que rige el contrato. Se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que definen el contrato y el incoterm establecido. El punto geográfico puede ser la fábrica, el muelle, la borda del buque, etc.; mientras que el momento cronológico está definido por el plazo de entrega de la mercancía. Por ejemplo, en una entrega FAS (Free Alongside Ship, Franco al costado del buque), acordada en Valencia entre el 1 y el 15 de abril, si la mercancía queda depositada el 27 de marzo y se siniestra el 28, los riesgos son por cuenta del vendedor; en cambio, si se siniestra el 2 de abril, los riesgos son por cuenta del comprador aunque el barco contratado por éste no haya llegado.
3. La distribución de los gastos: lo habitual es que el vendedor corra con los gastos estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y que el comprador corra con los demás gastos.
4. Los trámites de documentos aduaneros: en general, la exportación es responsabilidad del vendedor; sólo existe un incoterm sin despacho aduanero de exportación: EXW (Ex Works, En fábrica) donde el comprador es responsable de la exportación y suele contratar los servicios de un transitario o un agente de aduanas en
el país de expedición de la mercancía. Los restantes incoterms son «con despacho»; es decir, la exportación es responsabilidad del vendedor,
Categorización de los INCOTERMS:
GRUPO | REFERENCIA |
E: EXW | El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida. |
F: FCA, FAS y FOB | Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal. |
C: CFR, CIF, CPT y CIP | El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal. |
D: DAF, DES, DEQ, DDU y DDP | El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F. |
INCOTERM | DEFINICIÓN |
EXW | Ex Works → ‘en fábrica (lugar convenido)’.El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones: fábrica, almacén, etc. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador. Se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos. |
FCA | Free Carrier → ‘franco transportista (lugar convenido)’.El
vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden ser los locales de untransitario, una estación ferroviaria. Se puede utilizar con cualquier tipo de transporte. |
FCA | Free Alongside Ship → ‘franco al costado del buque (puerto de carga convenido)’.El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación (en las versiones anteriores a Incoterms 2000, el comprador organizaba
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