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 FACTORAJE FINANCIERO. CONCEPTO, TIPOS. OBLIGACIONES.


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2011  •  2.198 Palabras (9 Páginas)  •  17.886 Visitas

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Contenido

FACTORAJE 3

Concepto 3

Sujetos 3

Características 4

Tipos de factoraje 4

¿Para qué sirve el factoraje financiero? 6

Obligaciónes 6

Mapa de factoraje 7

CARTA DE CREDITO 9

CONCEPTO 9

TIPOS 9

1- De acuerdo a la naturaleza de los documentos requeridos por el crédito: 9

a) Créditos Simples: 9

b) Créditos Documentarios: 9

2- De acuerdo con la tenencia de los giros: 10

a) A la vista: 10

Sujetos 10

Dador: 10

Destinatario: 10

Caracteristicas 10

Requisitos necesarios para girar una carta de crédito. 11

Vigencia 11

Mapa 12

Ejemplo 13

BIBLIOGRAFIAS 14

FACTORAJE

Concepto

Consiste en la adquisición de créditos provenientes de ventas de bienes muebles, de prestación de servicios o de realización de obras, otorgando anticipos sobre tales créditos, asumiendo o no sus riesgos. Por medio del contrato de factoraje un comerciante o fabricante cede una factura u otro documento de crédito a una empresa de factoraje a cambio de un anticipo financiero total o parcial. La empresa de factoraje deduce del importe del crédito comprado la comisión, el interés y otros gastos.

Herramienta de financiamiento, mediante el cual, una empresa vende sus cuentas por cobrar a descuento a una institución financiera generalmente no bancaria, denominada factor, para reducir su ciclo de flujo de efectivo, mediante la conversión de sus cuantas por cobrar en dinero.

Artículo 419 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: Por virtud del contrato de factoraje, el factorante conviene con el factorado, quien podrá ser persona física o moral, en adquirir derechos de crédito que este último tenga a su favor por un precio determinado o determinable, en moneda nacional o extranjera, independientemente de la fecha y la forma en que se pague, siendo posible pactar cualquiera de las modalidades siguientes:

I. Que el factorado no quede obligado a responder por el pago de los derechos de crédito transmitidos al factorante; o

II. Que el factorado quede obligado solidariamente con el deudor, a responder del pago puntual y oportuno de los derechos de crédito transmitidos al factorante.

Sujetos

En el factoraje suelen participar tres partes:

• Vendedor, cliente o cedente

• Empresa de factoraje, factor o cesionario

• Deudor o cedido

En algunas modalidades de factoraje (principalmente en el factoraje de exportación) pueden participar otras partes, como compañías aseguradoras o terceros encargados de gestiones de cobranza.

Características

Artículo 425 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: En las operaciones de factoraje financiero la transmisión de los derechos de crédito comprende la de todos los derechos accesorios a ellos, salvo pacto en contrario.

Artículo 426 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: La transmisión de derechos de crédito efectuada con motivo de una operación de factoraje financiero surtirá efectos frente a terceros, desde la fecha en que haya sido notificada al deudor.

Artículo 427 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: El factorante deberá notificar al deudor respectivo la transmisión de los derechos de crédito objeto de un contrato de factoraje financiero, excepto en el caso de factoraje en el que se otorgue al factorado mandato de cobranza o se conceda a este último la facultad de llevar a cabo la cobranza del crédito correspondiente. La notificación deberá hacerse a través de cualquiera de las formas siguientes:

I. Entrega del documento o documentos comprobatorios del derecho de crédito en los que conste el sello o leyenda relativa a la transmisión y acuse de recibo por el deudor mediante contraseña, contrarrecibo o cualquier otro signo inequívoco de recepción;

II. Comunicación por correo certificado con acuse de recibo, telegrama, télex o telefacsímil, contraseñados que deje evidencia de su recepción por parte del deudor;

III. Notificación realizada por fedatario público; y

IV. Mensajes de datos, en los términos del Título Segundo del Libro Segundo del Código de Comercio.

Tipos de factoraje

 Factoraje sin garantía o sin recurso. El factoraje sin recurso implica la compraventa de facturas por el 100% del valor de las mismas menos un porcentaje o diferencia de precio, sin requerir la firma de avales o garantías de ningún tipo. La empresa de factoring asume totalmente el riesgo de incobrabilidad del deudor.

 Factoraje con garantía o con recurso. El factoraje con garantía o con recurso implica la compraventa de facturas, recibiendo el cliente un anticipo financiero por una parte del valor de dichas facturas. Las empresas que desarrollan esta modalidad de factoraje no asumen el riesgo de incobrabilidad del deudor y, por ello, solicitan al cliente la firma de un vale, de un aval o de una fianza como garantía del adelanto recibido

 El factoraje con recurso se asemeja a lo que comúnmente se conoce como cesión de crédito en garantía.

 Factoraje doméstico. El factoraje doméstico es el realizado con documentos de crédito representativos de compraventas dentro de un país.

 Factoraje de exportación. El factoraje de exportación corresponde a la compra de documentos de crédito que documentan ventas al exterior. Habitualmente la compañía que realiza el factoraje se asegura la cobrabilidad mediante un seguro de crédito con una compañía aseguradora o con otra compañía de factoraje del país del importador.

 Factoraje de importación. El factoraje de importación es el aseguramiento de créditos que exportadores de un país otorgaron a importadores de otro país. Es el complemento del factoraje de importación y suele incluir los servicios de gestión de cobranza y transferencia de los fondos al país del exportador.

 Factoraje corporativo. El factoring corporativo es la cesión global de las cuentas a cobrar de una empresa. La compañía de factoraje suele encargarse de realizar adelantos financieros a los proveedores, así como el pago de cuentas a cobrar o salarios.

 Factoraje de créditos por ventas ya realizadas. El factoraje de créditos por ventas ya realizadas es la forma más habitual de factoraje. Los créditos adquiridos corresponden a mercadería o servicios ya recibidos por el comprador.

 Factoraje de créditos por ventas futuras. En algunas legislaciones se permite ceder créditos a cobrar de ventas a realizar. Esta modalidad suele ser habitual cuando existen flujos a compradores habituales o créditos a cobrar

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