Contabilidad Agricola
Enviado por more.rozza • 21 de Marzo de 2013 • 4.577 Palabras (19 Páginas) • 498 Visitas
ASPECTOS FISCALES DE LA AGRICULTURA
Ley del Impuesto sobre la renta
Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
Ley del Impuesto al Valor Agregado
Ley del impuesto especial sobre producción y servicios.
---Impuesto sobre la renta (AGAPES)------------------------------------------------------
La ISR establece que las personas morales deben cumplir sus obligaciones fiscales, conforme al régimen simplificado, que son las siguientes:
• Las dedicadas al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros, siempre que no presten sus servicios a otra persona moral que se considere parte relacionada
• Las de derecho agrario que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas
• Se dediquen exclusivamente a la pesca
• Empresas integradoras
• Sociedades cooperativas de auto transportistas exclusivamente de carga o de pasajeros
Definición AGAPES:
AGRICULTURA. La siembra, el cultivo, la cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos que no hayan sido objeto de transformación industrial.
SILVICULTURA. El cultivo de los bosques o montes, así como la cría, la conservación, la restauración, el fomento y el aprovechamiento de su vegetación y la primera enajenación de sus productos que no hayan sido objeto de transformación industrial
GANADERIA. La cría y engorda de ganado, aves de corral y otros animales, así como la primera enajenación de sus productos que no hayan sido objeto de transformación industrial.
PESCA. La cría, el cultivo, el fomento y el cuidado de la reproducción de toda clase de especies marina y de agua dulce, incluida la acuicultura, así como su captura y extracción y la primera enajenación de esos productos que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Limitaciones para tributar en el régimen
• No se aplicara a las personas morales que consoliden sus resultados fiscales
• Ni presten servicios de naturaleza previa o auxiliar para el desarrollo de las actividades de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros
Liquidación de quien tributa en el régimen
• En liquidación las personas morales presentaran la declaración final dentro del mes siguiente a aquel en el que termine la liquidación
Obligaciones
• Sera en los mismos términos de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales
a) SOLICITAR SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
Según el CFF, las personas morales y físicas que deban presentar declaraciones periódicas, o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, se solicitara al RFC y proporcionaran información relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal. Requisitos:
• Original y fotocopia del acta constitutiva; si es persona física, acta de nacimiento en lugar del acta constitutiva
• Original y fotocopia del comprobante de domicilio fiscal
• Original y fotocopia de identificación oficial del contribuyente o representante legal y del poder notarial
• En caso de representante legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial
b) LLEVAR CONTABILIDAD.
El CFF señala que las personas que, de acuerdo con las disposiciones fiscales, están obligadas a llevar contabilidad deben observar las siguientes reglas:
• Llevar los sistemas y registros contables
• Los asientos de contabilidad serán analíticos
• Llevar la contabilidad en su domicilio
• Llevaran un control en sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados.
• Mantener la contabilidad en su poder y conservarse durante un plazo de 5 años.
• Las personas que dictaminen sus estados financieros podrán microfilmar o grabar o cualquier otro medio que autorice el SAT para conservar la contabilidad y tendrán el mismo valor que los originales
• Los contribuyentes que realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas o de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros cuyos ingresos no hayan excedido de $10’000,000.00, podrán cumplir con la obligación con solo llevar un libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones.
c) EXPEDIR Y CONSERVAR COMPROBANTES REQUISITADOS QUE ACREDITEN LOS INGRESOS QUE PERCIBAN.
Deberá de indicar el importe total de la operación. Si se cobró en parcialidades, deberá indicar también el importe de la parcialidad.
El comprobante llevara nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, clave del registro federal de contribuyentes, de quien lo expida; número de folio, lugar y fecha de expedición y la clave federal de contribuyentes de quien se expida; además del importe, forma de pago, número y fecha del documento expedido.
d) ACREDITAR QUE SE HAN CUMPLIDO CON LAS OBLIGACIONES FISCALES
e) FORMULAR ESTADOS FINANCIEROS Y LEVANTAR INVENTARIOS DE EXISTENCIAS AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO
f) DECLARACION ANUAL CON UTILIDAD FISCAL Y PTU
Operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
Se debe de demostrar la documentación con el monto de sus ingresos y deducciones que se efectuaron de acuerdo con los precios o montos de contraprestaciones que hubieran pactado o utilizado.
El documento debe de llevar:
Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal de las personas relacionadas con las que celebran las operaciones, así como demuestran la participación directa o indirecta entre las partes.
Información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por el contribuyente en cada tipo de operación.
Información y documentación sobre las operaciones con las partes relacionadas y sus montos, con cada operación así como con cada parte relacionada.
No aplica para contribuyentes con ingresos menores a $13,000,000 en ejercicio inmediato anterior
Registro de inversiones con deducción inmediata.
P.M. del régimen simplificado
o Pagos provisionales
o AGAPES podrán ser semestrales
o Impuesto y declaración anual P.M.(Marzo) y P.F. (Abril)
o Los rendimientos de las sociedades cooperativas serán asimilables a salarios
o Demás disposiciones
Beneficios de los contribuyentes
Contribuyentes con ingresos menores a $10,000,000
Un solo libro de ingresos, egresos y registro de inversiones y deducciones
Pago en parcialidades
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