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SUSTENTACIÓN LEGAL Y ACADEMICA DE LA CAPACIDAD INVESTIGATIVA DE LA ESAP
MARCO NORMATIVO INSTITUCIONAL
Decreto 219 2004 – Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Acuerdo 012 de 2002 – Por el cual se adopta el Proyecto Universitario de la ESAP – PUE.
Acuerdo 014 de 2004 – Por el cual se expide el Régimen Académico de la ESAP.
Acuerdo No. 04 de 2004 – Por el cual se adopta la Política Institucional de la Investigación en la ESAP.
Plan de Desarrollo Institucional 2004 a 2007 - Aprobado por el Consejo Directivo Acta 629 del 29 de Julio de 2004.
Propuesta de Reglamento de Investigación en la ESAP.
LEY 30 DE 1992
Actualmente y atendiendo los principios formulados en la Ley 30 de 1992 y de sus decretos reglamentarios, en especial los correspondientes a los estándares de calidad y condiciones académicas para los registros calificados de los programas de educación superior, en la ESAP, el desarrollo de la capacidad investigativa se sustenta desde una doble perspectiva, legal y académica:
• LEGAL
DECRETO 219. ARTÍCULO 22 DE 2004
Por medio del cual se reestructura la ESAP, y se crea una unidad académico-administrativa a la cual se le asignan unas funciones dirigidas específicamente a fomentar, desarrollar y gestionar institucionalmente la actividad investigativa a nivel nacional.
La nueva reestructuración plantea la formación investigativa desde su naturaleza, objeto y funciones, así como de modo específico para la Facultad de Investigaciones. Los artículos relacionados directamente con la formación investigativa son: Art. 1, 2, 3 -3-5-6-7, 19 -6-8, 20-1, 22, 33-3, 34-1, los cuales se transcriben a continuación:
CAPÍTULO III: Estructura
Artículo 22. Facultad de Investigaciones. Corresponde a la Facultad de Investigaciones cumplir las siguientes funciones:
1. Diseñar, proponer y ejecutar las políticas institucionales de investigación.
2. Definir y desarrollar las líneas de investigación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
3. Incentivar la realización de investigaciones que apunten a la solución de la problemática que afronta la administración pública en sus distintos órdenes y niveles.
4. Divulgar el resultado de las investigaciones que se realicen y propiciar su aplicación como instrumento de desarrollo de los programas académicos.
5. Supervisar el desarrollo de las actividades que son de su competencia y presentar los informes que le correspondan o le sean solicitados.
6. Adelantar las actividades necesarias para la vinculación activa de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
7. Adelantar las gestiones necesarias que permitan consolidar convenios con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales para el cumplimiento de los objetivos misionales.
8. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
• ACADEMICA
La ESAP en su Proyecto Académico Institucional-PUE, contempla de manera específica en sus propósitos, objetivos y metas la función investigativa, definiéndola como una capacidad y una practica científico-reflexiva en donde profesores y estudiantes animados por el interés de la reflexión sobre lo público y la administración pública, producen conocimiento científico-tecnológico para alimentar los currículos de formación, apoyar la formación de jóvenes investigadores, conocer la problemática de la administración publica para formular y aplicar propuestas de solución y ser reconocidos en la comunidad académica de referencia .
Acuerdo 014 de 2004 – Por el cual se expide el Régimen Académico de la ESAP
El régimen académico es la norma básica interna que, en desarrollo de la legislación sobre educación superior, de las normas estatutarias y del Proyecto Universitario de la ESAP – PUE – regula la gestión académica de la Institución.
Este régimen permite la articulación de las funciones de docencia, investigación y proyección social mediante las cuales la ESAP cumple su misión institucional.
La investigación se encuentra dentro del régimen académico como una variable transversal, presente como elemento integrador de la gestión y la actividad académica.
Plantea objetivos y otras directrices para el desarrollo de la actividad investigativa y como uno de los aportes más significativos para el área investigativa, crea el Consejo de Investigaciones, al cual le otorga las funciones correspondientes.
• POLITICA INSTITUCIONAL DE INVESTIGACION
La Política de Investigación de la ESAP fue adoptada el 17 de Septiembre de 2004 mediante el Acuerdo 04.
La Escuela adopto una política institucional de investigación, la cual tiene como propósito establecer los principios fundamentales, criterios generales y lineamientos estratégicos que permitan a corto, mediano y largo plazo, gestionar y movilizar la actividad investigativa de acuerdo con la realidad institucional de la ESAP y responder al compromiso misional de producir de manera sistemática saber, conocimientos y herramientas tecnológicas propias de la administración pública que aporten a la solución de los problemáticas propias de este campo a nivel local, regional y nacional.
De igual forma la ESAP contempla en su Plan de Desarrollo Institucional 2004-2007 el desarrollo de la capacidad investigativa a través de tres grandes estrategias:
• Consolidación de la investigación como factor de articulación de las funciones misionales.
• Implementación y mantenimiento del banco de datos de recursos de investigación en el ámbito de la Administración Pública, que contenga información sistematizada de investigadores, pares académicos, proyectos de investigación, instituciones y organismos especializados, que realicen investigaciones afines y que apoyen el financiamiento de proyectos de investigación.
• Desarrollo de estudios y difusión en el campo de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
El propósito de esta política es promover, consolidar e institucionalizar la capacidad investigativa de la ESAP a nivel nacional, orientada a la producción de conocimiento axiológico, científico y tecnológico y a la adaptación de tecnología administrativa, para la comprensión,
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