Contabilidad
Enviado por alemi20 • 9 de Diciembre de 2014 • 669 Palabras (3 Páginas) • 663 Visitas
REGIMEN DE ADMINISTRACION
1. ¿Cuál es el régimen de administración de una sociedad civil?
La administración de la sociedad se rige, salvo disposición diferente del pacto social, por las siguientes normas:
1. La administración encargada a uno o varios socios como condición del pacto social sólo puede ser revocada por causa justificada;
2. La administración conferida a uno o más socios sin tal condición puede ser revocada en cualquier momento;
3. El socio administrador debe ceñirse a los términos en que le ha sido conferida la administración. Se entiende que no le es permitido contraer a nombre de la sociedad obligaciones distintas o ajenas a las conducentes al objeto social. Debe rendir cuenta de su administración en los períodos señalados, y a falta de estipulación, trimestralmente; y,
4. Las reglas de los incisos 1 y 2 anteriores son aplicables a los gerentes o administradores, aun cuando no tuviesen la calidad de socios.
2. ¿Qué libros contables lleva una sociedad civil?, Indíquelos y sustente
Las sociedades civiles llevarán las actas y registros contables que establece la ley para las sociedades mercantiles (artículo 302º de la NLGS). La obligación de llevar los mismos registros contables de una sociedad mercantil está normado a través del artículo 65º de la ley del impuesto a la renta (D. S. 054-99-EF).
- LIBRO DE ACTAS:
El artículo 97 del Reglamento del Registro Mercantil establece que las actas que se transcriban al Libro de Actas de la sociedad deben contener los datos que se expresan a continuación para que los acuerdos adoptados por el órgano social sean inscribibles en el citado Registro:
1.- Fecha y lugar del territorio nacional o del extranjero en que se haya celebrado la reunión. 2.- Fecha y modo en que se hubiera efectuado la convocatoria, salvo que se trate de Juntas Universales. Si son sociedades anónimas, deberá indicarse el Boletín Oficial del Registro Mercantil y el diario o diarios donde haya sido publicada la convocatoria. 3.- Texto íntegro de la convocatoria, y si se trata de Junta Universal, los puntos aceptados como orden del día. 4.- El número de socios o miembros del órgano colegiado de administración que asisten personalmente y los que asisten por medio de representante, y si se trata de una Junta General, el porcentaje de capital social que unos y otros representan. Si se trata de una Junta Universal, deberá indicarse a continuación del lugar, fecha y orden del día, el nombre de los asistentes, que deberá ir seguido de la firma de los mismos. 5.- Un resumen de los asuntos debatidos y de las intervenciones cuya constancia en el acta se haya solicitado por alguno de los presentes. 6.- Los acuerdos adoptados. 7.- El resultado de las votaciones, expresando las mayorías con las que se hubiese adoptado cada acuerdo si se trata de Juntas Generales, o el número de miembros que han votado
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