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Contabilidad


Enviado por   •  26 de Febrero de 2015  •  981 Palabras (4 Páginas)  •  134 Visitas

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Introducción

Preámbulo

IN1

La información contenida en los estados financieros y en sus notas proviene de opera-ciones ocurridas a la fecha de cierre; sin embargo, en ocasiones se encuentra sujeta a la ocurrencia de hechos posteriores que confirman o modifican su contenido.

IN2

Por otro lado, en el lapso comprendido entre la fecha de los estados financieros y la fecha en que son autorizados para su emisión a terceros, es factible conocer transacciones, transformaciones internas y otros eventos que podrían cambiar las decisiones de los usuarios, y por los cuales sería necesario reconocer sus efectos o revelarlos suficiente y adecuadamente.

IN3

Para normar el tratamiento de los hechos posteriores, en junio de 1995 se emitió el Boletín B-13, Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros. El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) emitió en diciembre de 2004 la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 10, Hechos ocurridos después de la fecha del balance general, que sustituyó a la NIC-10 del mismo nombre, que había sido revisada en 1999.

Razones para emitir la NIF B-13

IN4

El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF), siguiendo su política de convergencia con las normas emitidas por el IASB, decidió modificar el Boletín B-13, Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros, para converger con la NIC-10 e incorporar los conceptos establecidos por la serie NIF A, Marco Conceptual.

Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

IN5

La NIF B-13, Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros requiere que los siguientes hechos, que ocurren en el periodo entre la fecha de los estados financieros y la de su emisión, no se incorporen a los estados financieros, sino que sólo se revelen en las notas y se reconozcan en el periodo en que realmente se lleven a cabo:

reestructuraciones de activos y pasivos, ii. renuncias por los acreedores a ejercer su derecho de hacer exigibles los adeudos en los casos de situaciones de incumplimiento por la entidad con compromisos de contratos de deuda.

IN6

Conforme a la NIF A -7, Presentación y revelación, la NIF B-13 requiere que la entidad económica1revele la fecha en que fue autorizada la emisión de sus estados financieros y quién la autorizó.

Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF

IN7

La NIF B-13 se fundamenta en el Marco Conceptual comprendido en la serie NIF-A, específicamente en la NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros, y la NIF A-7.

IN8

En cuanto a la NIF A-4, la NIF B-13 coadyuva al cumplimiento de la primera, ya que, al requerir el reconocimiento y/o revelación de los efectos de hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros, se contribuye a que se presente a los usuarios de esos estados, información más confiable que es útil para la toma de decisiones, cumpliendo con la característica de información suficiente.

IN9

Respecto a la NIF A-7, la NIF B-13 coadyuva a su cumplimiento, específicamente en cuanto a que la primera establece que "En caso de que existan

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