Cuestionario De Contratos Civiles
Enviado por ramrei1965 • 20 de Julio de 2012 • 700 Palabras (3 Páginas) • 1.572 Visitas
CUESTIONARIO DE CONTRATOS CIVILES.
1.- Mencione cuales son las causas de terminación del arrendamiento.
ARTÍCULO 2483. El arrendamiento puede terminar:
I. Por haberse cumplido el plazo fijado en el contrato o por la ley, o por estar satisfecho el objeto para que la cosa fue arrendada.
II. Por convenio expreso;
III. Por nulidad
IV. Por rescisión
V. Por confusión
VI. Por pérdida o destrucción total de la cosa arrenda, por caso fortuito o fuerza mayor.
VII. Por expropiación de la cosa arrendada hecha por causa de utilidad pública
VIII. Por evicción de la cosa dada en arrendamiento.
IX. Por venta judicial en términos del artículo 2495.
2.-Porque causas el arrendador puede pedir la rescisión del contrato de arrendamiento.
La rescisión surge por una circunstancia (pude ser por voluntad de las partes o de una circunstancia externa) que aparece después de celebrado el contrato y que da derecho a una de las partes a darlo por concluido.
El arrendador puede pedir la rescisión del contrato.
I. Impago de la renta.
II. Usar la cosa contra lo pactado o la naturaleza de la misma.
III. Subarrendamiento de la cosa (ya sea general o específico) sin autorización.
IV. Daños graves causados a la cosa arrendada.
V. Variar la forma de la cosa arrendada sin autorización.
3.-Por que causas el arrendatario puede pedir la rescisión del contrato de arrendamiento.
El arrendatario puede pedir la rescisión (artículos 2490 y 2492).
Por conservar la cosa el arrendador
Por la pérdida parcial o total de la cosa arrendada.
Por defectos o vicios ocultos de la cosa, anteriores y desconocidos.
Por oposición infundadas del arrendador al subarriendo (art. 2492 ).
CONFUSION.
Si se reúne la calidad de arrendador con la del arrendatario, ya sea porque éste adquiera por cualquier titulo los derechos de aquel como arrendador o que resulte ser propietario de la cosa de la que es arrendatario.
4.-Que pasa si el inmueble materia del arrendamiento fuere enajenado judicialmente?
Artículo 2495. Si el inmueble dado en arrendamiento fuere enajenado judicialmente, el contrato de arrendamiento subsistirá, a menos que aparezca que se celebró dentro de los sesenta días al secuestro del inmueble, en cuyo caso el arrendamiento podrá darse por concluido.
5.-Explique que es el subarrendamiento, su funcionamiento y limitaciones.
o El arrendatario no puede subarrendar ni ceder derechos.
o Para hacerlo requiere consentimiento del arrendador.
o La violación a esta obligación de no hacer acarrea la responsabilidad solidaria del arrendatario-subarrendador con el subarrendatario (art. 2480)
o En caso de subarriendo permitido
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