DEMANA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
Enviado por artette05 • 16 de Marzo de 2016 • Apuntes • 4.338 Palabras (18 Páginas) • 635 Visitas
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DEMANA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
Juan Lorenzo Polanco
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INTRODUCCION
Mediante el siguiente trabajo – seminario se muestra y desarrolla ampliamente uno de los temas asignados por el facilitador el cual es de gran interés e importancia. Este es: “La Demanda de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres”, a través de este vemos, La definición de divorcio, Los documentos indispensables para el divorcio por incompatibilidad de caracteres, Los efectos del divorcio, pasos y documentos requeridos para realizar el procedimiento de la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres. A continuación se muestra profundamente este interesante tema de La Demanda de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres.
DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES.
Definición de Divorcio
Antes de iniciar de lleno con lo que es la demanda de divorcio debemos de conocer un término que es esencial para el desarrollo de este trabajo y es: El Divorcio.
La palabra divorcio proviene del latín divortium, del verbo divertere, que significa separarse, irse cada uno por su lado. Este consiste en el acto de separar, desunir o romper el lazo jurídico del matrimonio entre los esposos, por intermedio de una decisión judicial, emanada de un tribunal competente.
El divorcio, es la ruptura o disolución del matrimonio por algunas de las causas que establece la ley 1306 bis; y pronunciado por el tribunal competente a solicitud de uno de los esposos o de ambos.
Divorcio Por Incompatibilidad de Caracteres
Esta causa de divorcio debe ser justificado “Por hechos cuya magnitud como causa de infelicidad de los cónyuges y de perturbación social suficientes para motivar el divorcio, será apreciada por los jueces”, a diferencia del divorcio por mutuo consentimiento que no debe ser justificado.
Dicha prueba se realizará a través de la audición de testigos, aunque figura en los actos del divorcio, ha ido omitiéndose por algunos jueces al considerarla irrelevante.
El divorcio por incompatibilidad de caracteres, es admitido por el tribunal cuando se pruebe la existencia de hechos que causen la infelicidad conyugal. Sin embargo, para la Ley no basta la infelicidad de los esposos sino que exige también que las desavenencias causen perturbación social.
La prueba por excelencia para verificar la ocurrencia de los hechos es el testimonio de personas allegadas a la pareja. Sin embargo, si se aplica de manera exegética los textos legales que rigen la materia, se podría dificultar bastante la culminación del proceso de divorcio. Pero como estas situaciones de hecho son apreciadas soberanamente por los jueces que conocen el divorcio.
A diferencia del divorcio por mutuo consentimiento, para determinar la admisibilidad del divorcio por incompatibilidad de caracteres no se toma en cuenta la edad de los esposos, tampoco el tiempo de matrimonio.
El tribunal competente para conocer la demanda en divorcio es la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del lugar del domicilio del cónyuge demandado.
Documentos Indispensables para el Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres.
- El acta de matrimonio debidamente legalizada
- Las actas de nacimiento de los hijos, si los hay.
- Los documentos justificativos de propiedad, si los hubiere.
- Las documentaciones propias de cada caso en particular y sobre todo levantar la mencionada Acta de Convenciones y Estipulaciones ante un Notario Público.
Efectos del divorcio
Según la ley 1306 Bis. Los Efectos del Divorcio son los Siguientes:
- Los esposos divorciados que vuelvan a casarse no podrán adoptar otro régimen matrimonial del que la regia anteriormente. (art.34).
- El esposo que haya obtenido el divorcio conservara las ventajas que le haya otorgado el otro esposo aunque las hayan estipulado recíprocas y que esta reciprocidad que tenga lugar. ( art.37)
- La mujer divorciada no podrá volver a casarse sino 10 meses después que el divorcio haya llegado definitivo, a menos que su nuevo marido sea el mismo del que se haya divorciado.
( este art. 35 no se aplica ya en la actualidad por que ha sido derogado por la Sentencia del Tribunal Constitucional la cual le permite a la mujer divorciada casarse nuevamente sin tener que esperar 10 meses; Sentencia TC/0070/15.
Pasos y los Documento Requeridos para Realizar el Procedimiento de la Demanda de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres son los Siguientes:
- El cónyuge demandante debe otorgar poder o mandato expreso al abogado que gestionaría el divorcio. Este poder debe registrarse en la Oficina de Registro Civil que funciona en las Alcaldías Municipales.
- Se requiere el acta de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos menores, si los hubiere. Dichas actas deben también ser registradas en el Registro Civil.
- Se debe solicitar en la Secretaria del Tribunal competente, la fijación de una instancia firmada, la cual debe depositarse conjuntamente con los impuestos correspondientes.
- Una vez obtenida la fecha de la audiencia, se procede a emplazar, mediante acto de alguacil, al cónyuge demandado, indicándole la hora, día, mes y año en que deberá comparecer al tribunal. Debe indicarse en dicho emplazamiento la dirección exacta del tribunal, además de los nombres completos y demás generales de los testigos que se harán oír en la audiencia. Este emplazamiento debe realizar por lo menos ocho días francos antes de la audiencia. El acto debe registrarse en el Registro Civil.
- Se redactan las conclusiones de divorcio que se leerán el día de la audiencia, solicitando (en caso de que existan hijos menores de edad) la guarda de los menores a cargo de uno de los cónyuges, lo cual en ningún caso se puede omitir. El escrito de conclusiones se deposita, antes de la audiencia, en Secretaria del Tribunal, conjuntamente con los demás documentos.
- Una vez emitida la sentencia, se procede a la notificación de la misma al cónyuge demandando, advirtiéndole que, en caso de considerarlo pertinente, cuenta con el plazo de dos meses para interponer el recurso de apelación.
- Transcurrido el plazo de los dos meses contados a partir de la notificación de la sentencia, se procede a solicitar al tribunal que emitió la sentencia y a la Corte de Apelación correspondiente, una certificación de no apelación de la sentencia.
- Luego se procede a emplazar el cónyuge demandado para que comparezca en la hora, día, mes y año indicados en el acto, por ante el oficial del Estado Civil que transcribirá la sentencia de divorcio. Debe indicarse la dirección exacta de la oficialía en que se pronunciara el divorcio. A demás debe registrarse el acto en el Registro Civil.
- El día del establecido se procederá ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, con el original de la sentencia, el emplazamiento, las certificaciones de no apelación y copia del acta de matrimonio, para que se proceda a la transcripción y pronunciamiento de divorcio en el registro correspondiente y para que expida el acta de divorcio correspondiente. Hasta tanto no se formalice este trámite, se considera que los esposos continúan casados.
- Luego del pronunciamiento se procede a publicar en un periódico de circulación nacional el dispositivo de la sentencia del divorcio.
- Y, por último, se deposita en la Secretaria del Tribunal que conoció el divorcio, el ejemplar de dicha publicación
AL MAGISTRADO JUEZ PRESIDENTE DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA.-
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