DEMANDA LABORAL
Enviado por johannna123 • 25 de Febrero de 2013 • 1.400 Palabras (6 Páginas) • 1.432 Visitas
Señor
Juez Laboral Circuito de Bogotá D.C (Reparto)
E.S.D.
LEIDY JOHANNA ACOSTA HERNANDEZ, mayor y vecina de esta ciudad, miembro del Consultorio Jurídico de la Universidad Cooperativa, identificada como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando en mi condición de apoderada De la señora ANA ELIZABETH BUITRAGO DIAZ persona igualmente mayor y vecino de esta ciudad, conforme al poder que adjunto, respetuosamente me permito impetrar ante su despacho demanda ordinaria laboral de menor cuantía contra la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A con domicilio principal en esta ciudad, representada legalmente por la señora MARIA TERESA ESCOBAR LORA persona mayor y vecina de esta ciudad, o por quien haga sus veces al momento de la notificación de la presente demanda, para que mediante el trámite legal correspondiente y mediante sentencia se confieran las condenas que indicare en la parte petitoria, teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
PRIMERO: Con fecha 19 Octubre de 2010 entre mi poderdante, la señora ANA ELIZABETH BUITRAGO DIAZ y la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A, con domicilio en esta ciudad y representada por la señora MARIA TERESA ESCOBAR LORA, se suscribió un contrato de trabajo a través Del cual se vinculaba a la señora ANA ELIZABETH BUITRAGO para desempeñar el oficio de ASESOR DE VENTAS en las instalaciones de la entidad demandada.
SEGUNDO: Como salario se pacto la suma de $525.000 pesos, pagaderos mensualmente, cantidad que se mantuvo con variaciones durante los últimos tres meses.
TERCERO: La labor encomendada fue ejecutada por mi representada de manera personal, atendiendo las instrucciones Del empleador y cumpliendo con el horario de trabajo señalado por éste, sin que se llegara a presentar queja alguna o llamado de atención contra mi poderdante.
CUARTO: la relación contractual se mantuvo por un término de 3 meses hasta que con fecha 17 Enero de 2011 la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A decidió dar por terminado de manera unilateral, aduciendo el Art.28 de la Key 789 de 2002 sin justa causa, el contrato de trabajo referido.
QUINTO: aún no siendo causa justa lo invocado por la empresa, la misma deuda a mi poderdante, parte de sus prestaciones y demás derechos adquiridos, sin que hasta el momento hayan sido cancelados.
SEXTO: La señora ANA ELIZABETH BUITRAGO DIAZ me ha concedido poder especial para entablar demanda ordinaria laboral contra la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A a fin de lograr el reconocimiento y pago de las sumas adeudadas a mi mandante como producto de la relación laboral toda vez que las canceladas 21 enero de 2001 no corresponden a la realidad.
PETICIONES
Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor juez, que previo el reconocimiento de mi personería para actuar como apoderada de la parte demandante. Y cumplidos los trámites del proceso ordinario laboral de menor cuantía, se declare:
PRIMERO: Que entre la empresa ZAUR SK LTDA, con Nit. 900.334.195-6, ubicado en Carrera 40 C No.1-56 en Bogotá y el Señor JORGE ELI QUINTERO DURAN, quien es mayor de edad, identificado con la C.C. No. 13.481.744 de Cúcuta, domiciliado y residente en Bogotá, existió relación laboral la primera en calidad de empleadora y este ultimo como trabajador, existiendo una subordinación, laborando ininterrumpidamente como Guarda de Seguridad.
SEGUNDO: Que entre la empresa ZAUR SK LTDA como empleadora y mi poderdante, Señor JORGE ELI QUINTERO DURAN existió un contrato de trabajo de carácter verbal, el cual termino por renuncia Voluntaria.
TERCERO: Que como consecuencia de lo anterior la empresa ZAUR SK LTDA, demandada, deben pagar a mi poderdante, por concepto de CESANTÍAS correspondiente al tiempo laborado, Un (1) año, Cuatro (3) meses; Total Días laborados Cuatrocientos treinta y ocho dias (438) días: Teniendo como salario base devengado de $700.000. oo pesos m/cte;
CUARTO: La demandada debe cancelar a mi poderdante por concepto de no pago DE INTERESES DE LAS CESANTÍAS al trabajador en el término de ley, en un porcentaje del 24% por mora en el pago de los intereses de las cesantías acumuladas.
QUINTO: Que la demandada debe pagar a mi poderdante por concepto MORA EN EL PAGO DE LAS CESANTIAS, un día de salario por cada día que pase en la mora de las cesantías.
SEXTO: La demandada, deben pagar a mi defendido, por concepto de VACACIONES correspondientes al tiempo laborado.
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