Demanda Laboral
Enviado por andrexlopez • 30 de Noviembre de 2012 • 2.076 Palabras (9 Páginas) • 383 Visitas
EXPEDIENTE LABORAL:
LUIS CARLOS PIÑA GONZALEZ.
VS
ACEROS INOXIDABLES PATITO S.A. DE C.V. Y OTROS.
JUICIO ORDINARIO LABORAL.
H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
P R E S E N T E.
C. LUIS CARLOS PIÑA GONZALEZ, mexicano, mayor de edad, con domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en calle nieto numero 241colonia centro de esta ciudad; autorizando en los términos del artículo 692, Fracción I de la Ley Federal del trabajo al LIC. FERNANDO ALONSO GARCES MONTES, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que vengo por medio del presente escrito a demandar por la Vía Ordinaria Laboral, por el pago de mis Prestaciones e indemnizaciones POR DESPIDO INJUSTIFICADO, A LA PERSONA MORAL DENOMINADA ACEROS INOXIDABLES PATITO S.A. DE C.V., A LA PERSONA FISICA ANDRES LOPEZ TERAN, ASI COMO A QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO UBICADA EN CALLE VENUSTIANO CARRANZA NUMERO 110 DE LA COLONIA ZONA CENTRO DE ESTA CIUDAD DE AGUASCALIENTES, SEÑALANDO QUE TODOS LOS DEMANDADOS PUEDEN SER EMPLAZADOS EN EL DOMICILIO SEÑALADO ANTERIORMENTE; a quienes demando por el pago y cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones a que tengo derecho consistente en:
CAPÍTULO DE PRESTACIONES
a) El pago de la cantidad de $ 25,803.9 (veinticinco mil setecientos trece pesos 90/100 M.N.) por concepto de la Indemnización Constitucional, ya que fui despedido el día 21 de Noviembre de 2012.
b) El pago de la cantidad de $ 19,598.01(Diecinueve mil quinientos noventa y ocho pesos 01/100 M.N.) por concepto de la Prima Legal de Antigüedad que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo que comprende mi periodo de trabajo del 15 de Enero de 1999 al 21 de Noviembre de 2012.
c) El pago de la cantidad de $4714.77 (Cuatro mil setecientos catorce pesos 77/100 M.N.) por concepto de vacaciones proporcionales del último año de Labores del periodo comprendido del 15 de enero al 21 de noviembre de 2012 con fundamento artículo 79 de la Ley Federal de Trabajo;
d) El pago de la cantidad de $ 942.95 (Novecientos cuarenta y dos pesos 95/100 M.N.) por concepto de la prima vacacional correspondiente de la prestación anterior, con fundamento en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo.
e) El pago de la cantidad $ 3825.25 (Tres mil ochocientos veinticinco pesos 25/100 M.N.) por concepto de Aguinaldo proporcional al año 2012, mismo que no me fue pagado por los ahora demandados y correspondiente al periodo comprendido del día 1 de Enero al 21 de Noviembre de 2012 con fundamento artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo;
f) El pago de la cantidad $ 90,188.28 (Noventa mil ciento ochenta y ocho pesos 28/100mn) por horas extraordinarias laboradas durante el último año lo anterior con fundamento en el articulo 65 y 67 de la ley federal del trabajo.
g) El pago de la cantidad que resulte por concepto de salarios caídos a razón de $ 286.71 (Doscientos ochenta y seis pesos 71/100 M.N.) que se vayan generando desde el día del despido y hasta el total cumplimiento del laudo que dicte esta Autoridad.
h) El pago de las cantidades que debió realizar los demandados o en caso de no haber realizado cada una de las cantidades correspondientes de las cuotas obrero patronales que debieron de pagar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, desde el inicio de mi relación de trabajo hasta la fecha que termino la relación de trabajo, mismas cantidades que deberán de cuantificarse en la ejecución de la sentencia en razón de un 2% de los salarios durante el tiempo que duro la relación de trabajo, toda vez que en múltiples ocasiones que solicite que me otorgaran el documento del alta a dicho instituto siempre se negaron.
i) Las cantidades que a mi favor debió pagar al INFONAVIT correspondientes desde a la fecha en que inicie la prestación de servicios para los demandados, hasta la fecha en que terminó la relación laboral, ya que en esa fecha los demandados se negaron hacerme la entrega de la cantidad por conceptos de la aportación a mi favor ante dicho instituto por lo que me reservo el derecho de denunciar ante las Autoridades correspondientes la violación que los demandados están cometiendo en mi perjuicio, en virtud de que los demandados se negaron a entregarme dicha documentación en la fecha en que termino la relación de trabajo. Por lo que solicito y por ser parte de la litis del presente juicio y en caso de que los demandados no acrediten haber realizados las cuotas al INFONAVIT para el fondo de la Vivienda de los Trabajadores se condene a la empresa en el laudo a pagar al trabajador el 5% sobre sus salarios que devengo a partir de la fecha en que ingrese para los demandados, hasta la fecha termino la relación de trabajo, lo anterior y con fundamento en la siguiente tesis:
Jurisprudencial: No. Registro: 245,570
Tesis aislada
Materia(s): Laboral, Séptima Época
Instancia: Sala Auxiliar
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
175-180 Séptima Parte
Tesis: Página: 483
Genealogía: Informe 1983, Segunda Parte, Sala Auxiliar, tesis
47, página 48.
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. OBLIGACIÓN DEL PATRÓN DE PAGAR AL TRABAJADOR EL IMPORTE DE LAS CUOTAS PARA EL FONDO QUE OMITIÓ APORTAR.
Si la empresa demandada no acreditó haber cubierto las cuotas al INFONAVIT para el fondo de la vivienda de los trabajadores, y tampoco demostró en el juicio laboral estar exenta de dicho pago, por haber probado ante la Comisión de Inconformidades y Evaluación del INFONAVIT que contractualmente otorgaba a los trabajadores mayores prestaciones en materia de habitación, resulta justificado el laudo que condenó a la empresa a pagar al trabajador el 5% sobre los salarios que devengó a partir de la fecha en que entró en vigor la Ley del INFONAVIT, hasta la de su separación del trabajo.
Amparo directo 826/81. Industrial Minera México, S.A. 17 de octubre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
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