DENUNCIA DE HECHOS DE ALIMENTOS
Enviado por gorch_23 • 30 de Mayo de 2017 • Informe • 1.790 Palabras (8 Páginas) • 356 Visitas
DENUNCIA DE HECHOS.
C. AGENTE DEL MINISTERIO EN TURNO
EN IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO.
P R E S E N T E:
Beatriz Lara Campos, por mi propio derecho y en representación de mi menor hijo, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y comunicados el ubicado los estrados de esta H. Agencia del Ministerio Publico citado al rubro, autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre, así como toda clase de documentos y valores aún los de carácter personal a los señores abogados, MAURO CUAPIO OLIVERA, JORGE ALBERTO RAMIREZ PALACIOS, E IRAN LIMON ESPINOZA, con cedula profesional 3545381, expedidas por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, conjunta o indistintamente, autorizando para recibir dichas notificaciones inclusive las personales, así como para recibir, exhibir y recoger toda clase de documentos y valores aún los de carácter personal de manera indistinta. Ante usted respetuosamente comparezco a fin de:
E X P O N E R.
Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, 4, 8, y 21 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, así como el tratado internacional denominado “CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO” legislación aplicable tal como lo dispone el artículo 133 Constitucional, convirtiéndose en ley suprema de toda la Unión; y que nuestro país, en su carácter de Estado parte, se encuentra obligado, según se desprende del precepto invocado en su parte relativa. Siendo aplicables en especial sus artículos 1, 2, 3, 6 y 24; ante usted, respetuosamente vengo por mi propio derecho y en representación de mi hijo de nombre JESUS JORDAN MENDOZA LARA, a Presentar Formal Denuncia de Hechos, en contra del C. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA quien tiene su domicilio el ubicado en: Calle Chimalma, Manzana 7, Lote 16, Casa 29, Colonia Los Héroes Ozumbilla, Municipio de Tecámac. Lo anterior a efecto de que se realicen las investigaciones de rigor y estilo y en su caso se determine si de los hechos narrados se desprende la existencia de delito alguno cometido en agravio de la suscrita y de mi menor hijo, al tenor de la siguiente relación de:
H E C H O S
1.- Con fecha 05 DE FEBRERO DEL AÑO 1994 me uní en Matrimonio con el Sr. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA de dicho matrimonio procreamos dos hijos que llevan por nombre ANA BETARIZ Y JESUS JORDAN AMBOS DE APELLIDOS MENDOZA LARA, quienes nacieron con fecha 11 de julio de 1994 y 22 de marzo del 2002 quien actualmente cuentan con la edad de 15 años de edad, Como acredito con las copia certificada del Acta de nacimiento correspondiente.
2.- Por diversas causas, que no son de mérito en la presente, con fecha ,la suscrita y mi entonces marido el C. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA, promovimos Juicio de Divorcio Necesario, mismo que se radicó en el Juzgado segundo familiar del Distrito Judicial de Chalco con Residencia en Ixtapaluca, Estado de México, actualmente Juzgado Sexto de lo Civil del Distrito Judicial de Chalco con Residencia en Ixtapaluca, Estado de México, con el número de expediente 640/2011 Seguidos los trámites de ley en dicho asunto, con fecha 05 de septiembre del año 2011, se dictó Sentencia Definitiva en el procedimiento señalado, misma que disolvió el vínculo matrimonial existente entre la suscrita y el C. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA, fallo pronunciado por el Juez antes citado. Como se acredita plenamente con las copias certificadas correspondientes.
3.- De dicha Sentencia Definitiva, la cual tiene fuerza probatoria plena, se desprende que el padre de los menores, el C. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA, se obligó en términos literales a que: “El Sr. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA pague a la Señora BEATRIZ LARA CAMPOS, como pensión alimenticia para sus menores hijos ANA BETARIZ Y JESUS JORDAN AMBOS DE APELLIDOS MENDOZA LARA la cantidad del 50% del sueldo neto que obtiene el C.RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA de manera quincenal, como empleado de la empresa PROFECIONALES HODANTE S.A DE C.V los cuales serán depositados en la cuenta numero 12022174111, durante el procedimiento como después de ejecutoriado el Divorcio Necesario esto se hace constatar con las copias certificadas del instrumento público señalado las cuales anexo al presente escrito.
4.- El caso que a pesar de múltiples gestiones judiciales y extrajudiciales realizadas, El C. RAUL JORDAN MENDOZA MEDINA siempre ha incumplido con sus obligaciones alimentarias y nunca se encuentra al corriente, no obstante que así fue obligado sentencialmente. Llegando incluso a intimidarme pues, dice que me va a quitar al niño, que si no puedo con mi obligación que se lo dé o que él se lo va a llevar, lo que considero injusto y violatorio de la sentencia judicial pronunciada. Pues como se desprende de dicho documento público, se decretó que la guarda y custodia nuestro menor hijo, quedaría confiada a la suscrita
5.- Como referí es el caso, que a la fecha a pesar de deudas anteriores, también sigue transcurriendo el tiempo, sin que el Sr. Haga frente a la obligación que tiene, a la que se sujetó ante el juez que conoció el asunto, dejándome toda la responsabilidad a mí. Es muy importante señalar que no me alcanza el sueldo actualmente gano ya que trabajo en los tianguis vendiendo ropa usada para resolver todas las necesidades que tienen mis menores hijos, por lo que materialmente me es imposible solventar todos los gastos, por ello es que me he endeudado por lo cual me veo en la necesidad de acudir con mis familiares para que me ayuden, dado que vivo sola con mis hijos en Calle Huracán, Manzana 19, Lote 05, Casa “A”, Colonia Unidad Habitacional Cuatro Vientos San Jerónimo, Ixtapaluca, Estado de México; pues no me he unido ni en matrimonio ni en concubinato a persona alguna
...