DERECHO SUCESORIAL
Enviado por RozGUADALUPE • 25 de Noviembre de 2014 • 3.980 Palabras (16 Páginas) • 260 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD DEL ESTADO FALCÓN
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICA Y POLÍTICAS
CATEDRA: DERECHO ROMANO
INTEGRANTES:
Héctor, Hernández C.I:20.253.588
Engralys, Castillo C.I:14.227.707
Eliana, Ventura C.I: 14.479.313
Hender, Luzardo C.I: 9.723.654
Punto Fijo, Mayo de 2011
INDICE
Pág.
Introducción……………………………………………………………………. 03
Desarrollo:
Sucesión………………………………………………………………………... 04
Aceptación de la herencia…………………………………………………….... 04
Clases de herederos…………………………………………………………….. 04
Requisitos para aceptar o repudiar la herencia………………………………… 05
Formas de hacer la adición y la repudiación…………………………………… 06
Efectos de la adquisición de la herencia……………..……….………………… 06
Derechos y beneficios del heredero…………………………………………….. 07
El legado………………………………………………………………………... 07
El fideicomiso……………………………………………………….………….. 10
El codicilo………………………………………………………………………. 11
Sucesión ab intestato……………………………………………………………. 12
Adjudicación de la sucesión legítima…………………………………………… 12
Influencia del orden de suceder justinianeo sobre el orden de suceder establecido en el Código civil venezolano…………………...……………………………… 15
Conclusión……………………………………………………………………… 17
Bibliografía………………………………………...…………………………… 18
INTRODUCCION
El presente trabajo de investigación está dirigida a el tema de la institución de heredero, la cual constituyen la parte esencial de un testamento, sus formas, requisitos y aceptación podemos decir q la institución se fundamenta n primer lugar que el instituido su capas, y debía cumplir ciertas condiciones especiales que fueron modificado con el tiempo
En el derecho clásico la institución de heredero debía hacerse en términos solemnes, de otras maneras era nula y debía ser colocadas a la cabeza del testamento. El derecho cual no establecían ningún plazo para que el heredero manifestara si aceptaba o no la heredara.
Dentro de los requisitos para aceptar o repudiar la herencia podemos citar, que es preciso que la sucesión les sea deferida, es decir, el heredero a la sucesión este abierto a favor del heredero. La delación, o sea, el llamado a la herencia, tiene lugar a la muerte del testador si la institución es pura y simple; si es condicional, tiene lugar cuando se cumple la condición.
El legado es una disposición mortis causa, contenida en el testamento o en codicilo confirmado, que es parte del testamento, sobre bienes concretos impuesto al heredero.
DERECHO SUCESORAL
SUCESION
El término “sucesión” puede referirse bien al cambio de titular de un derecho subjetivo, es decir, la sustitución de una persona por otra en una determinada relación jurídica o bien al cambio de titular en el conjunto de las relaciones jurídicas de una persona, lo cual puede producirse como consecuencia del fallecimiento de esta o por un acto entre vivos.
En el primer caso se trata de la sucesión a título particular y en el segundo de la sucesión a titulo universal
ACEPTACION DE LA HERENCIA
La adquisición de la herencia por parte del heredero instituido podía realizarse de dos maneras: ipso iure, o sea, de pleno derecho, si se trata de herederos necesarios; o mediante la adición o aceptación de la herencia si se trata de heredero voluntarios.
Es por ello que antes de hablar acerca de los requisitos para aceptar o repudiar la herencia, es preciso referirse a las clases de herederos desde el punto de vista de la aceptación de la herencia
CLASES DE HEREDEROS
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE ACEPTACION DE LA HERENCIA
A este respecto, había dos clases de herederos: los necesarios y los voluntarios
Heredero necesarios: El heredero necesario adquiere la herencia quiera o no quiera, por la sola razón de estar vivo y ser capaz cuando la herencia le es deferida
Los herederos necesarios se subdividen en heredero necesarios y herederos suyos y necesarios
a) Heredero necesario: se llama heredero necesario al esclavo instituido heredero y manumitido por su dueño en el testamento
b) Heredero suyos y necesarios: son las personas sometidas sin intermediario a la potestad o manus del testador y que, por lo tanto, se hacen sui iuris a su muerte
Heredero voluntario: Son todas las personas no comprendidas en las clases anteriores y son voluntarios porque adquieren la herencia únicamente si la aceptan. Se les conoce también como “extraños” porque no están sometidos a la potestad del testador
REQUISITOS PARA ACEPTAR O REPUDIAR LA HERENCIA
Para que los herederos voluntarios puedan hacer adición o repudiación de la herencia, son necesarias las condiciones siguientes:
a) Es preciso que la sucesión le sea deferida, es decir, que el derecho a la sucesión este abierto a favor del heredero. La delación, o sea, el llamado a la herencia, tiene lugar a la muerte del testador si la institución es pura y simple; si es condicional, tiene lugar cuando se cumpla la condición
b) Que el heredero este informado de la delación
c) El heredero debe tener la testamentifactio en el momento de la delación, vale decir, de la apertura de la sucesión y conservarla hasta la adición
d) El heredero debe tener capacidad para obligarse porque la adición lleva consigo la obligación de pagar las deudas de la herencia
e) El instituido alieni iuris es esclavo, no puede hacer adición sin el consentimiento del paterfamilias o dueño
f) El loco y el pupilo infante no pueden aceptar ni repudiar la herencia. El impúber requiere de la auctoritas del tutor y el loco solo puede hacerlo en un intervalo
...