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DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  Ensayo  •  2.066 Palabras (9 Páginas)  •  1.081 Visitas

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DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES

Para empezar a hablar sobre los derechos Humanos de los Adultos mayores se tiene que abordar el concepto de adulto mayor:

Para la OMS (Organización Mundial de la Salud) “Las personas de 60 a 74 años de edad son consideradas de edad avanzada; de 75 a 90 años viejas o ancianas y las personas que sobrepasan los 90 años son consideradas como longevos o grandes viejos” Actualmente el término “tercera edad” fue remplazado por “persona de edad” o “adulto mayor”

Para la Ley de los derechos de las personas adultas mayores, las personas adultas mayores son, aquellas que tienen 60 años o más de edad

Los adultos mayores en nuestra cultura han ocupado un lugar especial en la transmisión de los valores y las tradiciones, representan una fuente de sabiduría, al ser poseedores de un conocimiento que la experiencia y los años otorgan.

En México existen leyes para la protección de los adultos mayores, que les otorgan derechos a una vida con calidad, un trato justo y digno, a una seguridad social, física, psicológica y emocional; a la salud y la alimentación, a una familia , a la educación y al trabajo, así como protección ante cualquier situación de explotación o maltrato.

El desplazamiento de los adultos mayores en el sistema productivo, las condiciones propias de la edad, los hace susceptibles de ser relegados y poco considerados, es por ello que es importante promover el respeto a los derechos de los adultos mayores, bajo una percepción sensible a sus condiciones de vida y posibilidades de participación en la sociedad con dignidad, reconocimiento y aprecio.

Los derechos Humanos de los adultos mayores son normas que protegen a la personas de edad mayor y las coloca en igualdad con relación a las personas que disfrutan de juventud o capacidad para realizar ciertas actividades físicas que con motivo de la edad estas pueden verse disminuidas

Existen diversos documentos internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el estado mexicano, que imponen a los gobiernos la obligación de generar espacios, programas, políticas que aseguren el respeto de los derechos humanos de los adultos mayores entre los que se encuentran:

• La declaración universal de los derechos humanos

• La convención Americana sobre derechos humanos

• El pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales

• El pacto internacional de Derechos civiles y políticos

Al igual que las demás personas, los adultos mayores tienen todos los derechos que se encuentran reconocidos tanto en nuestra constitución política y los ordenamientos jurídicos que de ella se derivan, como en el Derecho Internacional de los derechos humanos.

En especial a las personas adultas mayores tienen derecho a:

En especial, las personas adultas mayores tienen derecho a:

No discriminación y relaciones familiares:

• No ser discriminadas en razón de su edad, por lo que la observancia de sus

derechos se hará sin distinción alguna.

• Gozar de las oportunidades que faciliten el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad.

• Recibir el apoyo de las instituciones crea¬das para su atención en lo relativo al ejer¬cicio y respeto de sus derechos.

• Ser protegidas y defendidas contra toda forma de explotación y maltrato físico o mental; por lo tanto, su vida debe estar libre de violencia.

• Recibir la atención y la protección que re¬quieran por parte de la familia y de la So¬ciedad.

• Mantener las relaciones con su familia, en caso de estar separadas de ella, a menos que esa relación afecte la salud y los intereses de las personas adultas mayores.

• Vivir en lugares seguros, dignos y decoro¬sos, en los que puedan satisfacer sus nece¬sidades y requerimientos

• Expresar su opinión con libertad y parti¬cipar en el ámbito familiar y social, así como en todo procedimiento administrativo y judicial que afecte sus personas o su familia

• Ser tratadas con dignidad y respeto cuando sean detenidas por alguna causa justificada o sean víctimas de algún delito o infracción.

• Contar con asesoría jurídica gratuita y opor¬tuna, además de contar con un represen¬tante legal o de su confianza cuando lo consideren necesario, poniendo especial cuidado en la protección de su patrimonio personal y familiar.

• Realizar su testamento con toda libertad, sin que para ello intervenga persona alguna

Protección de su salud:

• Recibir información sobre las instituciones que prestan servicios para su atención in¬tegral.

• Recibir atención médica en cualquiera de las instituciones del Sistema Nacional de Salud (SS, IMSS, ISSSTE, ISSFAM, DIF) o de los Sistemas Estatales de Salud, aun sin ser derechohabientes de aquellas que así lo requieran. De ser así, se les fijará una cuota que pagarán de acuerdo con sus posibili¬dades económicas.

• Recibir orientación y capacitación respecto de su salud, nutrición e higiene, que favo¬rezcan su bienestar físico y mental y el cui¬dado personal.

• Recibir la seguridad social que les garanti¬ce el derecho a la protección de la salud, la asistencia médica y los servicios necesarios para su bienestar, así como el acceso a una Pensión, previo cumplimiento de los requi¬sitos que las leyes correspondientes señalen.

• Ser integradas a los programas de asistencia social cuando se encuentren en situaciones de riesgo o abandono.

Educación y trabajo:

• Contar con un trabajo mediante la obten¬ción de oportunidades igualitarias para su acceso, siempre que sus cualidades y capa¬cidades las califiquen para su desempeño.

• Recibir un ingreso propio mediante el desempeño de un trabajo remunerado o por las prestaciones que la seguridad social les otorgue cuando sean beneficiarias de ella.

• Recibir educación y capacitación en cual¬quiera de sus niveles para mejorar Su cali¬dad de vida e integrarse a una actividad productiva.

• Asociarse y reunirse libremente con la fi¬nalidad de defender sus intereses y Desa¬rrollar acciones en su beneficio.

21. Participar en actividades culturales, depor¬tivas y recreativas.

LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2002

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 25-04-2012

DE LOS DERECHOS

DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN

El artículo 5 de esta norma enuncia los derechos de las personas adultas mayores que tiene por objeto garantizar. El apartado I, dedicado a “la integridad, dignidad y preferencia”,

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