Definición de la contabilidad pública
Enviado por mairindg • 15 de Abril de 2014 • Tutorial • 2.352 Palabras (10 Páginas) • 266 Visitas
DEFINICION
-La contabilidad gubernamental, constituye el conjunto de principios y procedimientos que permiten el registro sistemático de operaciones, situaciones y consecuencias financieras de la administración, para proveer el adecuado gobierno de las organizaciones.
La contabilidad gubernamental o contabilidad oficial, trata de las normas, convenios y métodos para registrar las operaciones y estados financieros de derecho público, que administran el fisco de la nación, los estados, los municipios y comprenden además, los demás organismos oficiales, inclusive los entes autónomos y las empresas en que tienen participación el estado. Todo esto con el fin de facilitar el adecuado control fiscal sobre los bienes de la nación y sobre las operaciones que con ellos se efectúan.
-La Contabilidad Gubernamental, También llamada Contabilidad Oficial, Contabilidad del Estado, Contabilidad Fiscal o Contabilidad de la Hacienda Pública, trata de las normas, convenciones y métodos para registrar la operaciones y estados financieros de las entidades de Derecho Público, que administran el Fisco de la Nación, los Estados, las Municipalidades y comprende también los demás organismos oficiales inclusive los entes autónomos y las empresas en que tiene participación el Estado
INSTRUMENTOS LEGALES
BASE LEGAL Y REGLAMENTARIA
Aun cuando las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la materia son extensas, las mismas guardan cierta homogeneidad y coherencia en su conjunto. La Contabilidad Gubernamental en Venezuela está reglamentada por disposiciones de carácter general, contempladas en la Constitución Nacional, en la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional, en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (L.O.C.G.R.) y su Reglamento, en las Normas Generales de contabilidad del Sector Público proscritas por la Contraloría General de la República y en el Reglamento sobre la Organización del Control Interno en la Administración Pública Nacional, dictado por Decreto del Ejecutivo Nacional y por normas específicas previstas en los subsistemas prescritos al efecto por la Contraloría General de la República.
En primera instancia y de manera muy resumida, se encuentra la Constitución Bolivariana de la Republica.
• Normas y Principios internacionales de Contabilidad.
• Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.
• Ley Orgánica de la Administración Central.
• Ley Orgánica de la Administración Pública.
• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
• Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
• Ley Orgánica de Régimen Presupuestario.
• Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público.
• Reglamento Nº de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario.
• Reglamento N° 2 Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema de Crédito Público.
• Reglamento Nº de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico sobre el Sistema de Tesorería.
• Reglamento Parcial Nº de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.
• Normas Generales de Contabilidad del Sector Público.
PLAN UNICO DE CUENTAS
Plan Único de cuentas de la OCEPRE y su aplicación en el Sistema de contabilidad del sector público.
El Plan Único de Cuentas posibilita el cumplimiento del registro por partida simple y por partida doble, de toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública. Asimismo, permite la identificación y registro de la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros puesto que interrelaciona y presenta la información presupuestaria y contable sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración financiera del Estado. Además, posibilita el tratamiento computarizado de los datos, lo cual permite el registro del impacto de la demanda del sector público, tanto del desarrollo productivo como los de distribución, acumulación y financiamiento, que se manifiestan en el Sistema de Cuentas Nacionales. Igualmente, separa las transacciones del Sector Público Financiero del Sector Público no Financiero para la confección de las estadísticas de las finanzas públicas permitiendo así establecer los resultados económicos, financieros y los operativos de las empresas públicas no financieras y hace posible el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto, logrando un seguimiento efectivo del plan anual operativo y el manejo de políticas fiscales y monetarias.
Todo esto muestra que existe una vinculación efectiva del Plan Operativo Anual con el Presupuesto, el flujo de información adecuado, permanente, en tiempo real; la disponibilidad de indicadores, lo que hace posible un proceso de toma de decisiones preventivas, que ataque operativamente (según los recursos reales disponibles en el momento) decisiones completas, objetivas y fundamentadas.
En resumen, el plan único de cuentas es un instrumento a través del cual se establece una clasificación flexible, ordenada y pormenorizada de las cuentas y las sub-cuentas, a los fines del registro contable de las transacciones que afecten o puedan llegar afectar la situación económico financiera del ente contable y mostrar el resultado de las mismas.
La OCEPRE es la Oficina Central de Presupuesto, creada como órgano rector de la actividad presupuestaria, la cual se encarga de la actividad presupuestaria de la nación. Este órgano se encarga de realizar el Plan Único de Cuentas, lo cual se puede decir que es un tabulador que integra todas las cuentas de los recursos de Venezuela de manera unificada a todos y cada uno de los entes que integran el sistema publico. Se caracterizan por obedecer una clasificación contable, gracias a esto la contabilización de las transacciones se maneja de manera mas explicita y sencilla permitiendo la comparación entre los diferentes entes y periodos. En virtud de todo esto es razonable deducir que el Sistema de Contabilidad Publica, se basa en las cuentas allí presentadas y en la clasificación de las mismas conservando siempre las normas y principios contables.
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO NICSP
Las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) están orientadas a estandarizar la preparación, presentación y tratamiento de la información financiera del sector público.
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