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Demanda Juicio Especial Hipotecario


Enviado por   •  4 de Junio de 2013  •  3.622 Palabras (15 Páginas)  •  1.125 Visitas

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BANCO XXXXXXXXXX, S.A. GRUPO FINANCIERO XXXXXXXX, S.A. DE C.V.

VS

XXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXX.

Juicio Especial Hipotecario

Expediente número.- xxx/200x

Secretaría “A”

C. JUEZ XXXXXXX DE LO CIVIL.

XXXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, el anotado al membrete de este escrito, autorizando en los términos del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al C. Lic. Vicente Reffréger Saucedo y solamente para oír y recibir notificaciones y documentos a los C. Lic. Doris Alonso González, Vicente Reffréger Ramos, Edith Reffréger Ramos y Jorge Luis Gutiérrez Olvera, en forma indistinta, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio de este escrito, estando en tiempo y forma, vengo a dar contestación a la improcedente demanda instaurada en mi contra en la vía especial hipotecaria, por los señores XXXXXX y XXXXXX, quienes sin acreditarlo se dicen ser apoderados de la Institución bancaria denominada Banco XXXXX, Sociedad Anónima, integrante del Grupo Financiero XXXXXXXX, Sociedad Anónima de Capital Variable, lo que hago en los siguientes términos:

En primer lugar, de manera correlativa, paso a dar,

CONTESTACIÓN A LOS HECHOS DE LA DEMANDA:

I.- El correlativo es cierto.

II.- El correlativo es cierto.

III.- El correlativo es cierto.

IV.- El correlativo lo niego por los términos en que se encuentra redactado, ya que si bien es cierto que se celebró el convenio referido por la parte actora, el mismo contiene un reconocimiento de adeudo con garantía hipotecaria mediante plan Udis; Lo que en realidad consistió en un refinanciamiento que la parte actora realizó mediante movimientos contables de cargo y abono, a efecto de que el suscrito pudiera satisfacer el adeudo y los intereses derivados del préstamo hipotecario que por xxxxx pesos me había hecho la actora en los términos del documento descrito en el hecho primero de la demanda, por lo que el documento citado en el correlativo que se contesta es nulo y carece de eficacia para intentarse la vía hipotecaria en mi contra.

En efecto, en el contrato de apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, referido en el hecho primero de la demanda, se aprecia claramente que la operación se realizó por la cantidad de xxxxx pesos actuales; En el convenio cuya nulidad imploro desde este momento como excepción y a que se contrae el correlativo que se contesta, es perfectamente visible que el suscrito reconoce un adeudo por la cantidad de xxxxxxx pesos con xxxxxxxx centavos.

Por lo anterior, es incuestionable insisto, que el convenio referido en el hecho que se contesta consiste en un refinanciamiento que la parte actora realizó mediante movimientos contables de cargo y abono, a efecto de que el suscrito pudiera satisfacer el adeudo y los intereses derivados del préstamo hipotecario aludido en el hecho primero de la demanda, tomando del crédito adicional el importe necesario para que el suscrito, sin recibir ningún dinero, pagara los adeudos derivados del contrato original de apertura de crédito con garantía hipotecaria citado en el hecho I de la demanda, lo que constituye un préstamo para pago de pasivos, por lo que el crédito constante en el convenio de fecha xxxxxxxxxxxxx determinado en el hecho que se contesta, es nulo de pleno derecho.

Así ha quedado resuelto por los H. Tribunales Colegiados de Circuito, en los siguientes términos: (jurisprudencia…..)

Sin perjuicio de lo anterior, hago valer que en el convenio de referencia, se debieron satisfacer ciertas condiciones, a efecto de que proceda la exigibilidad del crédito en la vía especial hipotecaria, como son la indudable existencia del crédito, que éste sea cierto, líquido y exigible. Sobre el particular, del análisis del documento base de la acción referido, se desprende que en el mismo se encuentran cumplidos sólo alguno de los requisitos, siendo inconcuso que NO SE DETERMINÓ el importe del crédito hipotecario A PAGAR en CANTIDAD LÍQUIDA DE DINERO, sino solamente en UDIS, lo que trae como consecuencia, la improcedencia de la vía hipotecaria intentada en mi contra.

Lo afirmado en este hecho, lo acredito con los testimonios que la parte actora acompañó a su escrito inicial de demanda, tanto del contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria por la cantidad de xxxxxx pesos actuales visible en la escritura pública número xxxxxx, de fecha xxxxxxx, pasada ante la fe del señor licenciado xxxxxxxxx, Notario Público número xxxxxxx del Distrito Federal, como del convenio de fecha xxxxxxxxxxxxx constante en escritura pública número xxxxxxxxxxxxxx, pasada ante la fe del señor Licenciado xxxxxxxxxxx, Notario Público número xxxxxxxxxxxxx del Distrito Federal.

V.- El correlativo lo niego por los términos en que se encuentra redactado y, sin perjuicio de lo anteriormente hecho valer, es de precisar que la parte actora no deduce en su demanda ni acredita haber requerido al suscrito del pago del adeudo, ni la negativa del suscrito a efectuar el cumplimiento de mis obligaciones; Luego entonces, siendo éste un elemento para la procedencia de la acción intentada en mi contra, debe mi contraria acreditar tal requerimiento, y al no hacerlo, es incuestionable que el suscrito no ha incurrido en mora, por lo que resulta improcedente que se pretenda dar por anticipado el vencimiento del plazo para el pago del crédito.

VI.- El correlativo lo niego para los efectos legales conducentes. En efecto, la parte actora, al narrar el hecho que se contesta, afirma que el suscrito adeuda más de tres erogaciones y amortizaciones parciales mensuales pactadas, pero omite precisar los hechos en que funda su acción, ya que no señala cuales son esas erogaciones y amortizaciones parciales mensuales pactadas a que se refiere, ni a partir de que fecha supuestamente el demandado dejó de cumplir con sus obligaciones, de modo tal que el suscrito pueda preparar sus defensas y excepciones. Luego entonces, es inconcuso que la parte actora omite señalar los principios de exactitud por los cuales pretende dar por vencido anticipadamente el crédito en cuestión, por lo que la acción que ejerce en mi contra es improcedente.

VII.- El correlativo es irrelevante, ya que es una cuestión de competencia judicial a la cual no puedo referirme para fijación de litis sustantiva entre las partes.

VIII.- El correlativo lo niego para los efectos legales conducentes.

DERECHO DE LA ACTORA:

Niego la aplicabilidad de los preceptos legales

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