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Derecho Civil Segunda Tarea Uapa


Enviado por   •  6 de Junio de 2013  •  357 Palabras (2 Páginas)  •  1.737 Visitas

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El Nombre: es como se denomina, en Derecho, al nombre atribuido a la persona física, considerado uno de los Derechos fundamentales del hombre, desde su nacimento,1 y que integra el individuo durante toda a su existencia y, a sí mismo después de su muerte, continua identificándolo. Está compuesto de nombre, apellido y, en casos excepcionales, del apodo. Es un atributo de la personalidad.

El nombre en las personas naturales:

El nombre propio o Nombre de pila:

Es el que colocan los padres cuando van a registrar al hijo en la oficina del Registro civil, sirviendo para distinguirlo jurídicamente de los restantes hijos de los mismos padres (individualización). Se le denominó como nombre de pila ya que antiguamente era el nombre que se atribuía en el momento de realizar el sacramento católico del bautismo, en la pila bautismal.

El Nombre patronímico o apellido:

Es el nombre de la familia que distingue a la persona del resto de los integrantes de la sociedad, con diversos formatos según las culturas, el nombre de la persona es el que se impone al nacido en la inscripción de nacimiento. La elección del nombre de pila se deja al libre arbitrio de los padres o de aquellas personas con potestad para imponerlo (Ej. Abuelos), aunque algunas culturas establecen reglas especiales que predeterminan el nombre de la persona.

El nombre en las personas jurídicas:

El nombre en las personas jurídicas queda definido en el acta o escritura de constitución de la misma, así en las sociedades civiles y comerciales el nombre se llama razón social y en las sociedades anónimas denominación de giro.

Funciones del nombre:

El nombre del individuo tiene las funciones de particularización o individualización, por la cual apenas solo aquella persona pueda ser reconocida con aquel nombre; y de identificación, donde el nombre tiene una atribución social que permite identificar, por un nombre, el individuo que posee.

Artículo 19.-Derecho al nombre: Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos.

Funciones del nombre:

El nombre del individuo tiene como función de individualizar a la persona, por la cual solo aquella persona pueda ser reconocida con su nombre dentro del medio o lugar que encuentre.

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