Derecho Fiscal
Enviado por 04011992 • 10 de Octubre de 2013 • 1.707 Palabras (7 Páginas) • 279 Visitas
RESUMEN DEL 30/09/13
Obligacion tributaria en dos fase: oficiosa ( fac de fiscalizacion de la autoridad ; si ya la llevo y determino una irregularidad y bienn las fac de determinacion,conforme a bases ciertas ,presuntas, establecidas por la ley ( como ya lleve lavisita...vienen sus fac de sancion sobre algo cierto)
GARANTIAS
GARANTIA DE AUDIENCIA Art 14 Constitucional.
Garantia de audiencia se dice q es posterior, y aras de esta garantía, fac de cobro se lleva fac dePAE, pero en contribuyente tiene un plazo para q puede pagar o impugna ( paga o impugana)
FAC de comprobacion
Detecta q imcimpli
Determina credito
Fac de cobro
Garantia de audiencia tienen un plazo
Aun cuando impugne puede llevar PAE.
SUSPENSIÓN DEL PAE
Para un equilibro la ley establece los supuestos en los q se puede suspender el PAE;
1.- PAGO: Lo que llamamos bajo protesta e impugno, la ventaja es que no genero recargos ni actualizaciones y se suspende.
2.- NO PAGO: no pagar, pero tengo que Garantizar e impugnar,
Garantía: para que se suspenda x embargo, hipoteca, prenda art 141 CFF exa .
Dependerá de q medio de impugnación es asi , ej impubno unjuiciode nulidad, en el degarantia
MEDIOS DE IMPUGNACION
1.- Medio ORDINARIO ;
• RECURSO DE REVOCACIÓN, Es ante la misma autoridad q determino el crédito. - ---- No pago: tienes 5 mss. de gracia.
- No tiene que garantizar.
- Desventaja: si genera recargos y actualizaciones.
• Puedo No ejerce el recurso de revocación he irme directamente al tribunal de justicia fiscal y administrativa ( tienes q garantizar).
3.- PAGO DIFERIDO.-puedo solicitar el pago diferido, pero hay que garantizar.
Nota: si ya se me determino el crédito fiscal m puedo ir a amparo indirecto en contra de la resolución , pero también debo garantizar para que se suspenda el PAE .
PROCEDIMIENTO
Contribuyente: Se Inicia a instancia de parte.
Autoridad : Facultad de fiscalización.
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Declaración del hombre y del ciudadano 1789 nace el estado moderno revolución francesa, 4 de julio de 1776 independencia de los EUA.
DOGMA
El manual de carreño
Marianazavaleta@yahoo.com.mx
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MDIO DE DEFENSA JUICIO DE AMPARO ( primero se agotan otras instancias) principio de definitividad, pero tiene excepciones:
1.- Si se va amparo cuando se está en contra de la constitucionalidad
2.- En contra de la resolución cuando el tribunal dicta la resolución, procede el AMPARO DIRECTO( T.C ), se dice el acto reclamado , que se da derivado de la sentencia de la autoridad responsable, esto ante el tribunal.
Conceptos de violación
1o van a revisar si la ley es inconstitucional, y se revisa la legalidad.
AMPARO INDIRECTO: juez de directo e inconstitucionalidad de la ley señalo la ley y autoridad contra me. Voy son las autoridades desde
Auto-aplicativa
No necesita acto de Aplicación
Xq al momento q entran en vigor tu te ubicas en el supuesto normativo.
Apartir del momento que entra en vigor surte efectos, si eso dicen hoy , hoy mismo surte efectos.
Ley Hetero-aplicativa
Si necesita acto de aplicación; pero x el mismo contribuyente o bien por la autoridad.
Yo voy y pago o la autoridad me cobra.
Cuando, es el plazo de quince días para interponer el juicio de amparo; a partir de q la autoridad me notifica, la prescripción solo opera de créditos líquidos y exigibles (jurisprudencia) , esto sig q es el credito q te determina la autoridad/que me da firmeza de un crédito?: a partir de q me notifico la autoridad .
Depende si la autoridad me aplico la ley, los cómputos como se realizan ?: apartir de q surta efectos la notificación, que al día sig. q notifico.
Si yo me auto aplique, y yo pago, como se hace el computo? Al día siguiente que pague
COMPUTO DE PLAZO DE 15 días de aparo de ley auto aplicativas, día sig. al día q me notificaron.
Si la impugno como auto aplicativa,No hay notificación, surte efecto al dia siguiente que pague.
IMPORTANCIA.
PARA efectos de establecer el computo para la prescripcion( creditos liquidos y exi...)
En auto aplicación antes tuvo q operar la caducidad x la autoridad.
TAREA INVESTIGAR JURISPRUDENCIA
Acto de aplicacion
Apmaro directo e indirecto , diferencias,
Computo , plazo ley autoaplicativa
IRSE A EJECUTORIAS.
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Tesis 1923
LA CONSULTA
encuentra su fundamento en el principio de certeza jurídica.
" yo tengo obligacion de pagar pero tu edo tienes obligacion de establecer el la ley como voy a tributar" q emerge con la legalidad y con la certidumbre jur.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL. Art 131 fac 4 y art 8 ( d. De acudir a la autoridad fiscal como dere. De peticion para pedirle me aclare, di debo y si si cuanto.)
Art.8 ; De peticion , De manera respetuosa y x escrito
En la consulta encuentra su fundamento jur. En el art 34 y art. 18del CFF .
Para formular la consulta que es una petición con los sig. requisitos donde la petición es sobre:
1.- ,una situación real y concreta.
2.- en lo individual.
1.- autoridad tengo una empresa con tal num de trabajadoresy no rebaso el no. De acuerdo a la ley para pagar impues, , y yo autoridad considero q no soy sujeto del impuesto,
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