Derecho Fiscal
Enviado por dygahu • 15 de Octubre de 2013 • 595 Palabras (3 Páginas) • 226 Visitas
NOTIFICACIONES:
CONSTITUYE UNA RELACION JURIDICA PROCESAL CON EL EFECTO DE DAR A CONOCER POR PARTE DEL ESTADO AL PASIVO UN ACTO O RESOLUCION.
-FUNDAMENTACION Y MOTIVACION:
ARTICULO 16, NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPEPES O POSECIONES, SI NO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVA POR UNA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO.
Fundamentación: acto de autoridad por la cual la notificación debe basarse
Motivación: es el porqué cobra el estado para el efecto de obtener ingresos.
-Requisitos de las Notificaciones:
Por escrito
Expedida por una autoridad competente
Fundado y motivado
Causa legal del procedimiento (porque se lleva a cabo)
-Marco Jurídico:
Artículo 134: personal o correo certificado, correo ordinario, por estrados, por edictos
Notificación personal: Se hace a la persona del interesado o a su apoderado o representante; constándose en vivo la recepción de dicha notificación por la persona con quien se entienda la recepción de la misma.
*Certificación en el domicilio
*Constancia de su nombre, documento de identidad
*Relación con el administrado
Notificación por estrado: fijado a un sitio abierto al público de las oficinas de autoridad que efectué la notificación por 15 días consecutivos.
Notificación por edictos: cuando no se encuentra a la persona, se busca en la página web del sat o por el diario oficial; articulo 45 código contencioso administrativo
Hipoteca: otorgar un bien inmueble que corresponda al pago del crédito fiscal
Prenda: otorga un bien mueble que corresponda al pago del crédito fiscal
Garantía de interés fiscal: cuando no pagamos al fisco dejamos una prenda
Procedimientos NO penales: demanda, convencional, pruebas, alegatos y sentencia
Procedimiento penal: averiguación (art 21) termino constitucional (art 19) investigacion (art 20) conclusiones, audiencia de vista y sentencia
Sentencia: castigo que pone un juez por un delito
Relación jurídica fiscal: pasivo con activo
TRIBUNALES SIN PODER JUDICIAL RESUELVE CONTROVERSIAS:
“TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA, FISCAL Y ADMINISTRATIVO”
“AGRARIO, CONTENSIOSO Y ADMINISTRATIVO”
“JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE”
Procedimiento económico coactivo: cuando el pasivo no paga el crédito y se le requiere el pago, se da a personas físicas y morales.
ARTÍCULO 123: habla sobre el trabajo en materia laboral basado en los incisos:
A) para todos los trabajadores
B) Burócratas (los que trabajan en el gobierno)
Principios del derecho fiscal: captar, administrar, aplicar
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