ENSAYO "LA PRUEBA PERICIAL AL AMPARO DE UN NUEVO MODELO DE JUSTICIA PREDOMINANTEMENTE ACUSATORIO"
Enviado por rileyyagami • 6 de Septiembre de 2011 • 1.758 Palabras (8 Páginas) • 2.937 Visitas
ENSAYO “LA PRUEBA PERICIAL AL AMPARO DE UN NUEVO MODELO DE JUSTICIA PREDOMINANTEMENTE ACUSATORIO”
ALFREDO DAGDUG KALIFE
M AESTRIA DERECHO PROCESAL PENAL ACUSATORIO
MATERIA: CRIMINALISTICA Y PREPARACION DEL PERITO
“LA PRUEBA PERICIAL AL AMPARO DE UN NUEVO MODELO DE JUSTICIA PREDOMINANTEMENTE ACUSATORIO”
El libro en su primer en su primer parte cita la reforma del 18 de junio del 2008, donde acepta que la implementación del sistema acusatorio en México estableció un nuevo sistema de justicia penal, haciendo énfasis en la materia probatoria, haciendo énfasis en la pericial, ya que analizando las reformas se concluye que se ha convertido en 1 herramienta que es causa de retraso o que se vende al mejor postor, por lo que al entrar en vigor estas reformas se garantiza la certidumbre jurídica, la eficiencia y seguridad jurídica y el derecho a la defensa de las personas. Realiza una diferencia de características en el sistema acusatorio y el sistema inquisitivo, argumentando que el procedimiento penal tendrá como base medular la obtención, practica y valoración de las pruebas, ya que cita “los principios rectores del proceso, indefectiblemente, son rectores de la prueba1”, por otra parte menciona la prueba sistema legal llamado también de sana critica, misma que es básica para nuestro sistema penal acusatorio, en el cual existirá una autoridad distinta en cada etapa procedimental siendo el órgano acusador diverso al juzgador, rigiendo los principios informadores del proceso (inmediación, contradicción, igualdad, concentración, oralidad y publicidad), el principió de inocencia, este nuevo proceso penal acusatorio tendrá los matices del acusatorio en parte por la necesidad y oportunidad, oficialidad y disposición, será juzgado por jueces profesionales, en sistema biinstancial o multiinstancial, y en conjunto unificaron la bases para unificar el sistema de justicia criminal estructurado al desarrollo probatorio, ya que la etapa de investigación única y exclusivamente se deberán realizar diligencias de investigación para obtener fuentes de prueba excepto las pruebas anticipadas en la fase de juicio se deberán practicar todos los medios de prueba que se pretenda tengan valor probatorio, por lo que las pruebas adquirirán valor probatorio al ser introducidas en el juicio oral.
Observando el matiz prioritario de la prueba, sin dar una definición de prueba pericial pero si explicando que es el análisis expertil en una ciencia, técnica, practica, arte u oficio sobre personas, hechos o cosas. La Naturaleza jurídica de la pericia en tres corrientes: la 1.- conceptualiza como un autentico medio de prueba; 2.- como instrumento auxiliar del juez. 3.- en el sentido de constituirla tanto como medio de prueba como auxiliar de juez. La prueba tiene un papel. Por ende la prueba en tanto es una actividad que logra el convencimiento psicológico del juez de haber encontrado la verdad sobre hechos controvertidos, fungiendo también como instrumento auxiliar del juez y partes. Los roles variaran el MP dirigirá la investigación y requerirá de la obtención de prueba, en tanto la defensa y/o inculpado podrá recurrir obtención de fuentes de pruebas, en la atapa previa al juicio oral y la practica de medios de prueba en la etapa del juicio oral, la victima podrá realizar lo mismo, al deducir que la pericial es como cualquier prueba que abarca búsqueda, obtención, practica y valoración, también los doctrinarios contemplan a la pericial como una fuente/medio de prueba, como un instrumento legal, y auxiliadora a intereses previos al proceso y para normar criterio del investigador ya que siempre que existan elementos probatorios el perito estará del lado de la objetividad e imparcialidad. Por ende la naturaleza de la pericia tiene diversas finalidades dependiente de la etapa procedimental en la que se encuentra, ya lo mencionamos atrás pero ahondaremos un poco mas en los objetivos como el de lograr una cabal investigación, normar un criterio del investigador por parte de los sujetos, la de corroborar y acreditar afirmaciones de las partes, lograr convencimiento e inclinación en la sentencia para el juez y logara acercarse a la verdad, también existiendo diferentes sujetos como; el experto auxiliar del investigador dentro de la investigación, el experto auxiliar de victima, defensa, inculpado, durante las etapas previas al juicio, el experto auxiliar del juez durante el juicio, el experto auxiliar de partes durante el contradictorio. Concluye con la definición de la pericia: es una fuente o medio de prueba, emitida por un perito o consultor medico (colegiado, unitario, persona jurídica o física), que sirve como auxilio de los sujetos que intervienen dentro de la investigación (investigador, victima, defensa y/o inculpado) para la obtención de fuentes de prueba, así como auxiliar de las partes y del juzgador dentro del proceso, en la practica probatoria, consistente en que una vez que el experto sea puesto en contacto con el objeto de estudio, realice un análisis, emita un dictamen y se someta a un interrogatorio (al amparo de principios reformadores del proceso), con la finalidad de que dicha probanza se constituya como elementó de convicción dirigido al órgano jurisdiccional para lograr su convencimiento psicológico de haber encontrado la verdad y por ende, estar en posición de emitir una resolución que solucione una controversia. Conceptualizando al perito latu sencu como aquel
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