El Amparo Constitucional
Enviado por jimmybedoya • 21 de Octubre de 2012 • 6.600 Palabras (27 Páginas) • 447 Visitas
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
EL AMPARO CONSTITUCIONAL
Integrantes:
Libia Achkar C.I: 20.188.911
Carlos Álvarez C.I: 21.727.005
Jimmy Bedoya C.I: 20.921.351
María Chávez C.I: 19.827.019
Miguel Fonseca C.I: 21.295.634
Krisvany Rojas C.I: 19.712.719
Sección: M-622
Profesora: Abog. Eumaira Castillo
Materia: Derecho Constitucional
Barquisimeto, Septiembre de 2012
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
EL AMPARO CONSTITUCIONAL
Barquisimeto, Septiembre de 2012
INTRODUCCIÓN
La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999 en su exposición de motivos, proclama la garantía procesal efectiva de los Derechos Humanos, así como la tutela judicial efectiva, consagrada como una de las implicaciones del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, que a su vez implica la protección de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución; entendiéndose por Derechos Humanos el conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas por el ordenamiento jurídico a nivel nacional e internacional y la tutela judicial efectiva implicando “un debido proceso” y “un derecho a la defensa”.
El artículo 7 de la CRBV, declara expresamente que su texto es la “norma suprema y el fundamento de todo ordenamiento jurídico”. Precisamente para garantizar esa supremacía y lograr que la Constitución tenga plena efectividad, en esta ley se regula todo un sistema de justicia constitucional, mediante todos sus jueces que tienen como competencia asegurar la integridad de la Constitución, todo dispuesto en el artículo 334 de nuestra Carta Magna.
En este mismo orden de ideas se establece que el Amparo Constitucional es un derecho que tienen todas las personas de acudir a los tribunales para ser amparadas y protegidas cuando sientan que sus derechos, garantías constitucionales o cualquier derecho susceptible de protección, han sido violados o existe el peligro cierto de violación, a objeto de que se restablezca la situación jurídica infringida.
La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sancionada en fecha 27 de septiembre de 1988, mediante Gaceta Oficial No. 34.060, conjuntamente con la nueva Constitución de 1999, regulan la materia de Amparo Constitucional, desde entonces esta ha tenido importantes transformaciones.
El procedimiento de amparo procede contra normas, actos administrativos de efectos generales y de efectos particulares, contra sentencias, resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales, contra actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones de las autoridades o particulares.
Por otra parte la naturaleza jurídica del Amparo Constitucional según el Autor Ibañez, se constituye como una acción y no como un recurso; por cuanto un particular demanda ante cualquier Órgano Judicial, Tribunales o Ministerio Público, la aplicación de la ley o la declaración de la restitución de un derecho vulnerado sobre un caso determinado. Aunado a esto la precitada ley (CRBV) estipula en su artículo 22 “La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no deben entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuran expresamente entre ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”.
Por consiguiente el amparo constitucional es de suma importancia ya que es primordial la seguridad y garantía de los derechos de los ciudadanos, siendo esta una figura jurídica que resguarda los derechos de las personas.
EL AMPARO CONSTITUCIONAL
Concepto:
El término amparo tiene diversas significaciones. En efecto se le ha definido como sinónimo de abrigo, apoyo, auxilio, ayuda, protección, refugio, socorro y también defensa.
Ahora en el ámbito jurídico, el amparo constitucional, es un derecho establecido expresamente en la Carta Magna, no obstante, esta idea no siempre ha sido aceptada pacíficamente, pues algunos autores parecen limitar esta institución a un simple procedimiento, mientras que otros piensan que más bien se trata de una garantía constitucional.
“El amparo es una garantía procesal de protección de derechos, la cual ha sido desarrollada por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, bajo distintas modalidades. No obstante, tal garantía no agota su existencia en esta ley, por cuanto el legislador puede establecer otros mecanismos procesales de amparo distintos a los establecidos en dicho instrumento (como por ejemplo, la Constitución). Castillo y Castro.
Emilio Calvo Baca expresa “Es la garantía o medio a través del cual se protegen los derechos fundamentales que la constitución reconoce a las personas. Esta acción está destinada a restablecer a través de un procedimiento breve los derechos lesionados o amenazados de violación, siendo un instrumento para garantizar el pacífico disfrute de los derechos y garantías inherentes a la persona. En este sentido, la solicitud de amparo constitucional debe ajustarse a los requerimientos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, normativa que en su Título II expresa cuando no será admitida la misma, y dentro de las causales establecidas al efecto del Art. 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Título II. De la Admisibilidad
Artículo 6.- No se admitirá la acción de amparo:
1) Cuando hayan cesado la violación o amenaza de algún derecho o garantía constitucionales, que hubiesen podido causarla;
2) Cuando la amenaza contra el derecho o la garantía constitucionales, no sea inmediata, posible y realizable por el imputado;
3) Cuando la violación del derecho o la garantía constitucionales, constituya una evidente situación irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida.
Se entenderá que son irreparables los actos
...