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El Consentimiento Y Su Manifestacion


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  1.419 Palabras (6 Páginas)  •  668 Visitas

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EL CONSENTIMIENTO Y SU MANIFESTACIÓN.

El consentimiento es el fundamental y más delicado de los elementos de un contrato cualquiera sea su tipo, naturaleza o forma de perfeccionarse. El consentimiento es la manifestación de voluntad deliberada, consciente y libre que expresa el acuerdo de un sujeto de derecho respecto de un acto externo propio o ajeno.

Es el elemento volitivo, el querer interno, la voluntad que, manifestada bajo el consentimiento, produce efectos en derecho. La perfección del contrato exige que el consentimiento sea prestado libremente por todas las partes intervinientes. La voluntad se exterioriza por la concurrencia sucesiva de la oferta y de la aceptación, en relación a la cosa y la causa que han de constituir el contrato.

Era nulo el consentimiento viciado, por haber sido prestado por error, con violencia o intimidación, o dolo.

El consentimiento es toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada del interesado. Esta definición admite la prestación del consentimiento de forma tácita, siempre y cuando exista una manifestación de voluntad real por parte del interesado.

LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Y SUS LIMITACIONES.

En materia de contratos, la suprema ley es la voluntad de las partes, es la que elige la regla jurídica por la cual se van a regir él o los vínculos que se crean. La autonomía de la voluntad puede definirse diciendo que “es la libre facultad de los particulares para celebrar el contrato que les plazca y determinar sus efectos, contenido y duración”, en virtud del principio los particulares son libres para celebrar los contratos que más convengan a sus intereses, sean o no previstos por la ley; por ejemplo convirtiendo en bilateral un contrato unilateral .Por eso las leyes que rigen los contratos son supletorias de la voluntad de los contratantes, aplicándose sólo en el caso de silencio de los contratantes.”

El principio de autonomía de la voluntad no es una libertad ilimitada, tiene restricciones, a saber:

 No pueden los particulares alterar las cosas de la esencia de los contratos, pues si así se hace este no produce efecto alguno o degenera en otro diferente. No pueden los contratantes, invocando la autonomía de la voluntad, pactar una compraventa sin precio.

 Las limitaciones impuestas por las leyes de orden público o la defensa de las buenas costumbres. Es nulo absolutamente el contrato que adolezca de ilicitud de objeto o causa.

El elemento de la autonomía de la voluntad impera en las fuentes voluntarias de las obligaciones: el contrato y la declaración unilateral de voluntad. Si se analiza con detalle los elementos de existencia y validez de los contratos, en un momento todos podrían reducirse a la voluntad. La causa, por ejemplo, no puede considerarse como algo independiente del consentimiento; tomada como finalidad que se persigue contratar. Teniendo un lugar tan importante la voluntad como la base de contratos o actos jurídicos, es natural que ésta pueda crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas. En esto es lo que traduce el principio de la autonomía de la voluntad, que también se puede expresar diciendo que en derecho privado se puede hacer todo lo que la ley no prohíbe expresamente.

La autonomía de la voluntad como principio deriva del carácter individualista del Derecho, y a su vez de la noción de derecho subjetivo como un poder de la voluntad.

El principio de la autonomía de la voluntad tiene un papel preponderante y aplicado se traduce en estas consecuencias:

 En su virtud, las partes son libres de contratar y, por lo tanto, la negativa de un contratante a no celebrar el contrato no puede traerle ninguna consecuencia jurídica.

 Las partes, al contratar, son libres de discutir las condiciones del contrato, sin más límites que el orden público y las buenas costumbres.

 En presencia de una cláusula oscura de un contrato, si se trata de interpretarlo, hay que recurrir a la intención de los contratantes.

 Las partes tienen la libertad para expresar su voluntad en la forma en que deseen, ya sea expresa o tácita; aún el propio silencio puede constituir una manifestación de voluntad.

 El contrato una vez celebrado, sólo podría dejarse sin efecto por el acuerdo de los contratantes y por causas legales, que se establecen en forma excepcional.

LA VOLUNTAD REAL Y LA VOLUNTAD DECLARADA.

Los contratos necesitan ser interpretados para establecer

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