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El Derecho romano


Enviado por   •  17 de Julio de 2012  •  Ensayo  •  625 Palabras (3 Páginas)  •  503 Visitas

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FASE APUD IUDICEM

En el Derecho romano, la fase o etapa procesal apud iudicem tiene su inicio con el término de la litis contestatio, cuando la intervención delmagistrado ha concluido y el asunto pasa a manos del juez. Esta segunda fase se acaba con la sentencia, aunque cuando esta resulta ser condenatoria, debe procederse después a su ejecución.

Una vez que se ha celebrado lalitis contestatio concluye el proceso, in iure ante el magistrado y se inicia el proceso apud iudicem, ante el juez y colegio de jueces.

El juez recibe la fórmula y jura conducirse conforme a Derecho.

En la época clásica el juez en lo particular, no un funcionario público, de tal suerte que podía desconocer el Derecho, por lo que se asesoraba de juristas (adssesores). Quien es nombrado juez sentencia dolosamente o descuida su deber se da contra él una actio in factum asumiendo el papel de el demandado, de ahí la expresión indez qui litem suma fecit(juez que hace suyo el litigio).

Si el litigio le parece confuso, puede “jurar que no será claro para él” y el pretor nombrará un nuevo juez.

El procedimiento apud iudicem se caracteriza por la inmediación: significa que las partes se comunican directamente entre sí y con el juez, así mismo el juez preside personalmente, dirige el debate y recibe pruebas sin intermediarios, y oralidad, las partes deben de acudir, de lo contrario su ausencia les perjudica. Si el actor quien no asiste, el demandado será absuelto y si es éste el que no aparece se le condenará como contumaz.

Es la etapa apud iudicem cuando intervienen los abogados, cuyo límite para pronunciar sus discursos (pretorationes) estaba fijado por la paciencia de el juez; a continuación se procedía a la recepción de pruebas, (probationes).

1.- La prueba

El iudex tiene libertad para valorar las pruebas, deberá sentenciar con base en las pruebas aportadas por las partes sin poder pedir otras adicionales.

En época clásica no existieron reglas fijas por lo que se refiere a la carga de la prueba; la costumbre era que el demandante debía probar el fundamento de la intentio y el demandado el de su exeptio.

Las pruebas pueden ser de diferente clase, las más importantes son las siguientes:

Declaraciones de las partes

Prueba testifical. Los testigos (testes) son presentados por las partes y son interrogados ante el juez por las partes mismas o sus representantes.

No pueden actuar como testigos: El liberto contra su patrón o el hijo de éste, en el condenado a juicio público sin haber sido rehabilitado, el gladiador, etc.

El falso testigo era exiliado.

Prueba documental. Otra prueba que podía aportar las partes era la exhibición de documentos, instrumentos, aunque en general tenía más aceptación a testificar.

Se aceptan las opciones de peritos, comadronas o agrimensores

Revocatio

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