El Proceso De Cristo
Enviado por xiimsrockjaas • 15 de Enero de 2015 • 830 Palabras (4 Páginas) • 223 Visitas
EL PROCESO DE CRISTO SE DESENVOLVIÓ EN 2 JUICIOS O RELIGIOSO O JUDÍO ANTE PONCIO PILATO GOBERNADOR DE JUDEA.
EXISTÍA LA LEY ROMANA Y LA LEY JUDÍA
CRISTO NACIÓ EN EL AÑO 748 EN PALESTINA DE LA FUNDACIÓN DE ROMA BAJO EL GOBIERNO DE OCTAVIO AGUSTO.
JUDEA GOZÓ DE AUTONOMÍA FRENTE A ROMA.CONSERVÓ SU ORGANIZACIÓN POLÍTICO¬¬¬-RELIGIOSO.SUS LEYES, SUS COSTUMBRES Y LA JURISDICCIÓN DE SUS TRIBUNALES ERAN AUTONOMOS PERO NO INDEPENDIENTES.CONCERNÍA A SU RÉGIMEN SIN INTERVENCIÓN DEL PODER ROMANO.EL CUAL SÓLO EJERCÍA CASOS DE LAS SENTENCIAS DE MUERTE QUE PRONUNCIABAN SUS JUECES INDIVIDUALES O COLEGIADOS, PUES DEBERÍAN SER HOMOLOGADOS POR EL PROCURADOR.
EN CUANTO A LOS DELITOS”DEL ORDEN COMÚN” SU CONOCIMIENTO INCUMBÍA A LOS ORGANOS JUDICIALES VERNÁCULOS.
ÚNICAMENTE EN LOS “DELICTA PÚBLICA”QUE AFECTABAN AL ESTADO ROMANO TENÍA INGERENCIA DICHO PROCURADOR O GOBERNADOR PROVINCIAL.
JESÚS FUE ACUSADO POR “DELITOS RELIGIOSOS” Y “DERECHOS POLÍTICOS” SE DEDUCE QUE EL PROCESO DE BIFURCA EN 2 JUICIOS AÚTONOMOS QUE SE DESARROLLAN ANTE EL SANHEDRÍN Y EL PROCURADOR O GOBERNADOR PONCIO PILATO.
CRISTO NO FUE REVOLUCIONARIO POLÍTICO FUE UN RENOVADOR ESPIRITUAL DE LA HUMANIDAD Y UN REDENTOR DE LOS PECADOS DE LOS HOMBRES COMO ENVIADO DE DIOS.TAMPOCO PRETNDIÓ ABOLIR LA “THORA” O LEY JUDÍA.
NICUDEMUS FUE EL ABOGADO DE CRISTO.
FUE ACUSADO DE BLASFEMÍA
¿EL HOMBRE NO LLAMA ACASO JUSTAMENTE PADRE AL QUE LO HIZO DE LA NADA? SI ESTO NO ASÍ ¿QUE BLASFEMÍA HAY EN LLAMARSE HIJO DE DIOS CUANDO EL CRIADOR ES NUESTRO PADRE? EN QUE PUES HA BLASFEMADO JESÚS CUANDO CAIFAS AL PREGUNTARLE Y CONJURARLE PARA QUE LE DIJERA SI ERA EL HIJO DE DIOS EL ALTÍSIMO.
SE VIOLARON MUCHOS PRINCIPIOS DE LA PUBLICACIÓN SE VERIFICÓ EN LA CASA DE CAIFAS Y NO EN EL RECINTO OFICIAL GAZITH.
VIOLACIÓN PRINCIPIO DE DIURNIDAD.
VIOLACÓN AL PRINCIPIO DE LIBERTAD DEFENSIVA NO SE PRESENTARON TESTIGOS.
VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PRESENTAR PRUBAS DE DESCARGO.
REO CONVICTO DE BLASFEMÍA Y CONFESO DE PREDICARSE HIJO DE DIOS.
EN EL DERECHO ROMANO NO SE CONTEMPLABA LA CRUCIFIXIÓN COMO PENA DE MUERTE, SI NO LA LAPIDACIÓN.
SE APLICÓ A JESÚS UNA PENA NO PREVISTA EN LA LEY JUDÍA.LA CRUCIFIXIÓN ERA UNA SANCIÓN QUE SE PREVIÓ EN EL DERECHO ROMANO PARA CASTIGAR LOS DELITOS MÁS GRAVES.TALES COMO LA PIRATERÍA, LA SEDICIÓN Y LA REBELIÓN, EN LOS QUE EL ESTADO ERA PARTE OFENDIDA.
DICHA PENA NO SE APLICABA A LOS CIUDADANOS ROMANOS Y MUCHO MENOS RESPECTO A ¨DELITOS RELIGIOSOS¨
SE COMETIERON 2 GRANDES FALTAS, CONDERAR A CRISTO A MUERTE EN LA CRUZ SIN TENER COMPETENCIA PARA DECRETARLA CONFORME AL DERECHO HEBREO. LA BLASFÉMIA NO EXISTIA EN EL DERECHO ROMANO. POR ELLO,
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