El Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas (R.A.C.)
Enviado por jesus.yisus • 23 de Mayo de 2013 • Trabajo • 961 Palabras (4 Páginas) • 508 Visitas
El Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas (R.A.C.) define, en su artículo 1, el concepto de auditoría de cuentas como la actividad realizada por persona cualificada e independiente, consistente en analizar, mediante la utilización de las técnicas de revisión y verificación idóneas, la información económico-financiera deducida de los documentos contables examinados y que tiene como objeto la emisión de un informe dirigido a poner de manifiesto su opinión responsable sobre la fiabilidad de la citada información, a fin de que se pueda conocer y valorar dicha información por terceros.
En razón de los documentos contables objeto de examen, la actividad de auditoría de cuentas se referirá necesariamente a una de las modalidades siguientes:
a) Auditoría de cuentas anuales
b) Trabajos de revisión y verificación de otros estados o documentos contables
sujetos a la Ley de Auditoría de Cuentas, al Reglamento de Auditoría de Cuentas y alas normas técnicas de auditoría.
La auditoría de cuentas anuales consistirá en verificar y dictaminar si dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa o entidad auditada, así como el resultado de sus operaciones y los recursos obtenidos y aplicados en el período examinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás
legislación que le sea aplicable; si la entidad o empresa auditada viniera obligada a emitir un informe de gestión, los auditores de cuentas extenderán su examen a la verificación de la concordancia de los datos contenidos en el mismo con los de las cuentas anuales.
Composición de las Cuentas Anuales Dado que el objeto central de este manual o texto es la auditoría de cuentas anuales, se hace necesario recordar que documentos contables forman esas cuentas anuales. Las Cuentas Anuales de una empresa están compuestas por el Balance, la cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria. (Ver modelos en el Plan General de Contabilidad).
La memoria completa, amplía y comenta la información contenida en el balance y en la cuenta de resultados. Gran parte de su contenido consiste en explicaciones más detalladas de la información que se encuentra en los estados precedentes ( balance y cuenta de resultados ). Esa información adicional se refiere tanto a los saldos de cierre del ejercicio como a los movimientos que explican el paso de su saldo inicial a su saldo final.
A continuación se señala algunos puntos a incluir en la memoria a nivel informativo:
- explicación de la no aplicación de un principio contable que impidiera alcanzar la imagen fiel. En este caso, deben explicarse las razones, que han de ser excepcionales, las cuales han motivado esta decisión, así como sus consecuencias en el patrimonio, la situación financiera y los resultados.
- número de acciones y su valor nominal, distinguiendo las clases de acciones y sus correspondientes derechos.
También ha de informarse, en su caso, de la parte de capital que es poseída por otra sociedad, directa o indirectamente, si es igual o superior al 10%.
- derechos incorporados a obligaciones
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