El Secreto Del Notario
Enviado por fanylovee • 13 de Septiembre de 2013 • 761 Palabras (4 Páginas) • 299 Visitas
antes señalamos. Con lo sostenido en el punto b) no estamos de acuerdo,
pues el que llama el autor instrumento público del Estado, puede contener
relaciones privadas, como ocurre con los actos del estado civil (matrimonio,
adopción, etcétera) y manifestaciones de voluntad individual
(reconocimiento de hijos naturales) , a menos que se quiera excluir del
Derecho Privado a las relaciones familiares. En cuanto a lo que se afirma
en el punto c), es exacto también por regla general, salvo los casos de
excepción en que el documento notarial puede ser autorizado por Cónsules,
Jueces y algunas veces por el Director del Archivo de Notarías. No
es exacto que Ja competencia material "sea esencialmente distinta- entre
el documento notarial y el público, pues hay actos para los que esa competencia
es concurrente, como el citado de reconocimiento de hijos naturales.
Tampoco es exacto lo sostenido en el punto d) en el sentido de que
la facultad de autenticar provenga de la Ley para el notario y del nombramiento
para el funcionario público, pues ya hemos dicho antes que
la Ley es en todo caso la que establece la facultad en forma abstracta y
el nombramiento el que la hace concreta, lo mismo para el primero que
para el segundo. Y menos aún puede admitirse en nuestro derecho que
haya notarios sin nombramiento.
5) El notario es autor y responsable de su obra y el funcionario no lo es.'
Evidentemente esto último no es verdad. El funcionario es tan responsable
como el notario. Que el Estado tenga responsabilidad —subsidiaria
en nuestro derecho, como antes mostramos— por los hechos
del primero, no quiere decir que éste no sea también responsable de
ellos.
6) La función notarial ha sido munida de publicidad (uno de los elementos que
configuran el "valor" de mi definición) para responder a una necesidad jurídica
y social de proteger las relaciones privadas, proveyéndolas de seguridad, valor y
permanencia. Es la única nota distintiva con las funciones privadas de los particulares.
Esta nota es la única que la hace asemejarse a las funciones públicas.42
Aquí parece más bien que Martínez Segovia argumenta contra sí
mismo en su pretendido intento de ubicar la función notarial entre
las funciones privadas.
Este autor sostiene por otra parte y creemos que con razón, que la
distinción entre "dos tipos de funciones públicas: a) funciones públicas
del Estado; b) funciones públicas que no son del Estado... es inconsistente".
43
" Ibid., p. 170.
ibid., p. 170.
Ibid., p. 167.
SECRETO PROFESIONAL DEL ABOGADO Y DEL NOTARIO 315
Con esto se opone a la
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