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El modelo económico implementado en Colombia a partir de la Constitución de 1991..


Enviado por   •  23 de Marzo de 2017  •  Ensayo  •  2.237 Palabras (9 Páginas)  •  454 Visitas

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El modelo económico implementado en Colombia a partir de la Constitución de

1991.

Preparado por:

Claudia Aned Gonzalez

José Cristino Hinojosa

Raimy de J. Ibarra Lopezsierra

Nestor Ortiz P

Finanzas Públicas, ESAP, G2

Se habla de modelo económico para criticar todo en economía pero, al parecer, es

un concepto todavía por esclarecer. En este documento trataremos de precisar

primero el concepto, analizando sus términos y luego dándoles aplicación

económica. De modo general, modelo es una representación de la realidad, en la

que se relacionan variables, este concepto adaptado a la economía indica que

modelo económico es la forma como se organiza, dinamiza y construye la

actividad económica. En nuestro contexto constitucional, siendo el gobierno en

cabeza del Estado quien dirige la actividad económica, es a este organismo de

administración, al que le corresponde armonizar la economía logrando la

interacción de los diferentes agentes económicos, sociales y políticos, en busca de

aplicar un modelo económico que permita alcanzar los objetivos de desarrollo

económico y social que necesita el país.

El modelo económico colombiano es mixto, porque se permite la libertad

económica, empresarial y del mercado, al tiempo que el Estado puede intervenir,

unas veces como actor económico o empresario y otras como regulador de la

economía, ya sea para proteger ciertos sectores o simplemente para aprovechar y

orientar el desarrollo de los negocios.

Antes de la Constitución de 1991, el modelo colombiano se basaba en un

corporativismo autoritario y centralista, una alta protección arancelaria, una

tributación baja, un gasto social pequeño y un banco central que racionaba el

crédito y que admitía una inflación moderada pero persistente. La concepción de

economía posterior a 1991, se baso en mayor gasto público social, la privatización

de algunas empresas del Estado, una descentralización relativa, mayor libertad

económica y un banco central comprometido a reducir la inflación (Kalmanovitz,

2001). Desde el gobierno de Barco Vargas, el país inicio la reducción de la

protección económica ajustando los aranceles que cayeron del 48 al 12%.

La constitución de 1886, estaba mediada por las relaciones del estado con la

iglesia y, por el autoritarismo, desde el preámbulo de la constitución de 1991, se

define como nueva soberanía la del pueblo, se marcan importantes límites al

ejercicio del gobierno, sobre todo haciendo más clara y profunda la división de

poder, entre las ramas del poder público. Es decir, el país inicia esta nueva etapa

en medio del sistema de pesos y contrapesos del sistema democrático, el

gobierno ya no decide solo, y con la capacidad participativa de los ciudadanos en

las grandes decisiones de país, se ingresa, necesariamente en un nuevo modelo

que tiene grandes implicaciones y ramificaciones económicas.

El objetivo de este documento es describir los cambios sustanciales del modelo

económico posterior a la constitución de 1991. La importancia de aportar en esta

caracterización económica, radica en podamos entender, que este nuevo modelo

ofrece grandes posibilidades de empoderamiento a los ciudadanos en el ejercicio

y construcción de sus posibilidades económicas y democráticas.

Mientras que hay personas que se han dedicado a criticar la Constitución

del 91, por exagerado “intervencionismo” y “garantismo”, otros la recriminan

por “neoliberal y “privatizadora”. Los constituyentes consideraron que no

existía rivalidad entre mercado e intervencionismo y más bien se podía crear

complemento. Es decir, la profundización de los mercados es dinamizadora, pero

requiere instituciones fuertes, intervencionismo justo y eficiente. En complemento,

se considera que el Estado tiene una función equitativa inevitable: la de

garantizar el acceso de todos los ciudadanos a un empleo digno, tener una

educación, velar por la salud, la protección social y tener servicios públicos.

Sin duda, para muchos el más importante artículo es el 333, que determina que la

actividad económica y la iniciativa privada son libres, al tiempo que reconoce que

la libre competencia económica es un derecho de todos, aunque a ambos

derechos les impone fronteras para impedir que se transformen en libertad

abusiva y competencia destructiva; al primero, que debe estar dentro de los límites

del bien común, y al segundo, que es un derecho que supone responsabilidades.

Esta limitación va acompañada, a su vez, de una noción que antes se entendía

restringida a la propiedad territorial: la empresa, como base del desarrollo, tiene

una función social que implica obligaciones. Concepción que en el artículo 58 se

promulga para toda propiedad; allí se garantizan la propiedad privada y los demás

derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, pero se reitera que la

propiedad es una función social que implica obligaciones, adicionándole una

responsabilidad que hoy es indispensable para lograr un crecimiento económico

sostenible: le es inherente una función ecológica.

El artículo 334 no sólo mantiene el principio de que la dirección general de la

economía estará a cargo del Estado‚ e identifica las esferas o actividades en que

es más apropiada esta dirección, sino que precisa mejor su objetivo fundamental:

racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de

vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los

beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano, y, en especial,

para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas,

en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y

servicios básicos. Aunque parece una perogrullada decirlo, hay que tener en

cuenta que esta dirección no se efectúa sólo a través del ejecutivo sino de las tres

ramas del poder público y de otros órganos autónomos e independientes. Pero

sin duda, es el ejecutivo el de mayor responsabilidad, con la formulación de la

política económica y de los planes de desarrollo.

De otro lado, para lograr una mejor distribución de las cargas fiscales, el artículo

363 determina que

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